EL ACOMPAÑAMIENTO PASTORAL A LAS PAREJAS EN SITUACIÓN IRREGULAR
La exigencia de fidelidad y de estabilidad que la razón humana descubre en el matrimonio aparece a la luz de la fe con mayor claridad. La iglesia, iluminada por el Espíritu Santo, descubre en las enseñanzas de Jesús que en el designio original de Dios el matrimonio es indisoluble: “Lo que Dios ha unido no lo separe el hombre” (Mc 10, 9).
“Llegada la plenitud de los tiempos” (Ga 4, 4), el matrimonio de los cristianos es por voluntad de Cristo, el Sacramento que actualiza y manifiesta la unión inefable, el amor fidelísimo y la entrega irrevocable de Jesucristo Esposo a su esposa la Iglesia (cf. Ef 5, 22 y ss)
El matrimonio cristiano simboliza esta entrega total y permanente de Cristo a los hombres, iniciada en la Encarnación del Hijo de Dios y consumada en su Cruz y Resurrección. La unión conyugal de los cristianos es, por tanto, indisoluble y exige la fidelidad mutua no sólo por razón del bien de ambos cónyuges, de los hijos y de toda la sociedad humana, sino principalmente por la condición sacramental del matrimonio cristiano.
En la celebración de este sacramento, Cristo se hace presente y actúa por su Espíritu en el varón y en la mujer, los une con el vínculo del amor conyugal y, a lo largo de su vida, los renueva interiormente cada día en su amor mutuo, si le son fieles. Esta renovación tiene su fuente principal cuando ambos cónyuges participan de manera consciente, activa y provechosa en la Eucaristía, donde Cristo actualiza sacramentalmente su entrega y amor por su esposa la Iglesia. Hay que recordar que es precisamente la Pascua de Cristo que, por la fuerza del Espíritu Santo y las palabras de la Institución, actualizada en la Eucaristía, la que fundamenta y fecunda el sacramento del matrimonio.
“El matrimonio tiene sus propios bienes y fines. Éstos no sólo afectan a los propios cónyuges, sino también a los hijos. De aquí que la estabilidad ya exigida por el singular amor conyugal, venga de nuevo urgida por la fundamental significación del matrimonio para la sociedad y por los valores y fines que le son propios. El matrimonio implica, por su misma naturaleza, deberes y derechos de los cónyuges entre sí y en relación con los hijos y con la sociedad, que no pueden quedar subordinados a la versatilidad del corazón humano” (nota doctrinal de la CEE, 1977).
II- La Situación Irregular: Razón del Término
“En su solicitud por tutelar la familia en toda su dimensión, no sólo la religiosa, el Sínodo no ha dejado de considerar atentamente algunas situaciones irregulares, desde el punto de vista religioso y con frecuencia también civil, que —con las actuales y rápidas transformaciones culturales— se van difundiendo por desgracia también entre los católicos con no leve daño de la misma institución familiar y de la sociedad, de la que ella es la célula fundamental”. FC 79.
Las situaciones de irregularidad se generan por la no adecuación del comportamiento a tres grandes criterios normativos entre cristianos:
Entonces conocemos como situaciones irregulares: los matrimonios a prueba; las uniones libres de hecho, los casados únicamente por el vínculo civil; los separados y divorciados no casados de nuevo; y los divorciados casados de nuevo. FC 80-84.
Cada uno de los tipos de situaciones irregulares está definido por elementos concretos y por ello, cada uno debe recibir un tratamiento específico según la atención pastoral que sugiere la Iglesia. La auténtica comunión eclesial exige una clara unidad en los criterios fundamentales para que nuestra pastoral sea creíble y afectiva. Específicamente comentamos cuatro de las situaciones irregulares nombradas en la Familiaris Consortio: uniones libres (FC 81), católicos unidos con matrimonio únicamente civil (FC 82), separados y divorciados no casados de nuevo (Familiaris Consortio 83), y los divorciados civilmente y vueltos a casar (FC 84). Seguiremos la reflexión teológica pastoral de estas situaciones iniciando con los divorciados civilmente y vueltos a casar.
1- Divorciados civilmente y casados de nuevo (Familiaris Consortio 84)
La Exhortación Apostólica Familiaris Consortio (1981) declara que la Iglesia en su ejercicio pastoral debe acercarse también y con especial cuidado a aquellas familias que se hallan en situaciones irregulares para acompañarles a fin de que se puedan acercar “al modelo de familia, que ha querido el Creador "desde el principio" y que Cristo ha renovado con su gracia redentora. (FC 65). El mismo documento define concretamente cuáles son esas situaciones irregulares y entre estas menciona a los divorciados vueltos a casar y señala que “la Iglesia instituida para conducir a la salvación a todos los hombres, sobre todo a los bautizados, no puede abandonar a sí mismos a quienes -unidos ya con el vínculo matrimonial sacramental- han intentado pasar a nuevas nupcias. Por lo tanto procurará infatigablemente poner a su disposición los medios de salvación. FC 84
Es la Familiaris Consortio el documento del Magisterio de la Iglesia que empieza a marcar líneas concretas y aclaras acerca de la atención que la Iglesia, comenzando por sus pastores, debe brindar a quienes se encuentran en esta dolorosa situación: “…exhorto vivamente a los pastores y a toda la comunidad de los fieles para que ayuden a los divorciados, procurando con solícita caridad que no se consideren separados de la Iglesia, pudiendo y aun debiendo, en cuanto bautizados, participar en su vida. Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la Misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar a los hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios. La Iglesia rece por ellos, los anime, se presente como madre misericordiosa y así los sostenga en la fe y en la esperanza.” La Iglesia está firmemente convencida de que también quienes se han alejado del mandato del Señor y viven en tal situación, pueden obtener de Dios la gracia de la conversión y de la salvación, si perseveran en la oración, en la penitencia y en la caridad. FC 84
Después de la Familiaris Consortio encontramos en los anales del Magisterio de la Iglesia Católica una serie de documentos que reafirman su vigente doctrina y normativa sobre los divorciados vueltos a casar en cuanto a su imposibilidad de acercarse al sacramento de la Reconciliación y a la Comunión Sacramental de la Eucaristía. Pero notamos a la vez una apertura a la toma de conciencia de una pastoral urgente que atienda efectivamente a los hijos de la Iglesia que sufren por no poder recibir el Cuerpo y la Sangre de Cristo. Así encontramos en el documento final de la IV Conferencia General del Episcopado Latinoamericano, realizada en Santo Domingo en el año 1992 la siguiente aportación: Se debe “buscar, siguiendo el ejemplo del Buen Pastor, caminos y formas para lograr una pastoral orientada a las parejas en situación irregular, especialmente las divorciadas y vueltos a casar civilmente. (SD 224). También en el Catecismo de la Iglesia Católica, publicado por Juan Pablo II en 1992, considera que “ respecto a los cristianos que viven en esta situación (divorciados vueltos a casar) y que con frecuencia conservan la fe y desean educar cristianamente a sus hijos, los sacerdotes y toda la comunidad deben dar prueba de una atenta solicitud, a fin de que aquellos no se consideren como separados de la Iglesia, de cuya vida pueden y deben participar en cuanto bautizados: Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar sus hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios (CIC 1651)
En el Año de la familia (1994) el mismo Papa Juan Pablo II escribió una carta dedicada a la familia donde también recuerda el cuidado que la Iglesia debe a los divorciados vueltos a casar: “Que esta oración (la de la Iglesia) llegue también a… las que se encuentran en situaciones que la Familiaris Consortio califica como «irregulares»9. ¡Que todas puedan sentirse abrazadas por el amor y la solicitud de los hermanos y hermanas!
Que la oración, en el Año de la familia, constituya ante todo un testimonio alentador por parte de las familias que, en la comunión doméstica, realizan su vocación de vida humana y cristiana. ¡Son tantas en cada nación, diócesis y parroquia! Se puede pensar razonablemente que esas familias constituyen «la norma», aun teniendo en cuenta las no pocas «situaciones irregulares». Y la experiencia demuestra cuán importante es el papel de una familia coherente con las normas morales, para que el hombre, que nace y se forma en ella, emprenda sin incertidumbres el camino del bien, inscrito siempre en su corazón.” (CF 5)
En el año 1997, se dirigió a los participantes de la XIII Asamblea Plenaria del Consejo Pontificio para la Familia, donde se discutió el tema de la pastoral para divorciados. El Papa señala que “«La pastoral de los divorciados vueltos a casar »— está hoy en el centro de la atención y de las preocupaciones de la Iglesia y de los pastores dedicados a la cura de almas, quienes no dejan de prodigar su solicitud pastoral a cuantos sufren por situaciones de dificultad en su familia.
La Iglesia no puede permanecer indiferente ante este doloroso problema, que afecta a tantos hijos suyos. Ya en la exhortación apostólica Familiaris Consortio (n. 84) reconocía que… «el problema debe afrontarse con atención improrrogable»… Estos hombres y mujeres deben saber que la Iglesia los ama, no está alejada de ellos y sufre por su situación. Los divorciados vueltos a casar son y siguen siendo miembros suyos, porque han recibido el bautismo y conservan la fe cristiana. Ciertamente, una nueva unión después del divorcio… no debe impedir el compromiso de la oración ni el testimonio activo de la caridad.
… Los divorciados vueltos a casar no pueden ser admitidos a la comunión eucarística, «dado que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía». Y esto, en virtud de la misma autoridad del Señor, Pastor de los pastores, que busca siempre a sus ovejas. Esto también vale para el sacramento de la penitencia, pues la condición de vida de los divorciados vueltos a casar, que siguen casados, está en contradicción con su significado doble y unitario de conversión y reconciliación.
Sin embargo, no faltan caminos pastorales oportunos para salir al encuentro de estas personas. La Iglesia ve sus sufrimientos y las graves dificultades que atraviesan, y en su caridad materna se preocupa tanto por ellos como por los hijos de su anterior matrimonio: privados del derecho original a la presencia de ambos padres, son las primeras víctimas de estas situaciones dolorosas.
Los pastores, especialmente los párrocos, deben acompañar y sostener de corazón a estos hombres y mujeres, ayudándoles a comprender que, aunque hayan roto el vínculo matrimonial, no deben perder la esperanza en la gracia de Dios, que vela sobre su camino. Los pastores están llamados a hacer sentir la caridad de Cristo y la materna cercanía de la Iglesia; los acogen con amor, exhortándolos a confiar en la misericordia de Dios y sugiriéndoles, con prudencia y respeto, caminos concretos de conversión y de participación en la vida de la comunidad eclesial… El Señor, movido por la misericordia, sale al encuentro de todos los necesitados, con la exigencia de la verdad y con el aceite de la caridad.
Cuando una pareja en situación irregular vuelve a la práctica cristiana es necesario acogerla con caridad y benevolencia, ayudándola a aclarar el estado concreto de su condición, a través de un trabajo pastoral iluminado e iluminador. Esta pastoral de acogida fraterna y evangélica es de gran importancia para los que habían perdido el contacto con la Iglesia, pues es el primer paso necesario para insertarlos en la práctica cristiana. Es preciso acercarlos a la escucha de la palabra de Dios y a la oración, implicarlos en las obras de caridad que la comunidad cristiana realiza en favor de los pobres y los necesitados, y estimular el espíritu de arrepentimiento con obras de penitencia, que preparen su corazón para acoger la gracia de Dios.
Un capítulo muy importante es el de la formación humana y cristiana de los hijos de la nueva unión. Hacerlos partícipes de todo el contenido de la sabiduría del Evangelio, según la enseñanza de la Iglesia, es una obra que prepara admirablemente el corazón de los padres para recibir la fuerza y la claridad necesarias a fin de superar las dificultades reales que encuentran en su camino y volver a tener la plena transparencia del misterio de Cristo, que el matrimonio cristiano significa y realiza. Una tarea especial, difícil pero necesaria, corresponde también a los otros miembros que, de modo más o menos cercano, forman parte de la familia. Ellos, con una cercanía que no puede confundirse con la condescendencia, han de ayudar a sus seres queridos, y de manera particular a los hijos, que por su joven edad sufren más los efectos de la situación de sus padres.
Queridos hermanos y hermanas, la recomendación que brota hoy de mi corazón es la de tener confianza en todos los que viven situaciones tan dramáticas y dolorosas. No hay que dejar de «esperar contra toda esperanza» (Rm 4, 18) que también los que se encuentran en una situación no conforme con la voluntad del Señor puedan obtener de Dios la salvación, si saben perseverar en la oración, en la penitencia y en el amor verdadero.” (Cf. Discurso del Papa Juan Pablo II a los participantes de la Asamblea Plenaria del Consejo Pontificio para la Familia, nn. 1- 4. 24 de Enero de 1997)
Con ocasión del veinteavo aniversario de la Familiaris Consortio, Juan Pablo II, en un mensaje recuerda que “no hay que dejar de ofrecer el apoyo necesario a las familias que atraviesan situaciones difíciles, las cuales requieren mayor asistencia pastoral, como, por ejemplo, los divorciados vueltos a casar. (22 de noviembre del 2001)
El Papa Benedicto XVI también ha asumido una actitud de acogida y acompañamiento hacia los divorciados vueltos a casar y expresa por ellos un profundo dolor y preocupación. En un diálogo con los sacerdotes de la diócesis de Aosta, el 25 de Julio del 2005, el Papa expresó: “Sabemos todos que éste es un problema particularmente doloroso para las personas que viven en situaciones en las que son excluidas de la comunión eucarística y naturalmente para los sacerdotes que quieren ayudar a estas personas a amar a la Iglesia, a querer a Cristo. Esto plantea un problema.
Ninguno de nosotros tiene una receta, en parte porque las situaciones son siempre diferentes… en cualquier caso me parecen muy importantes dos aspectos. El primero: aunque no puedan recibir la comunión sacramental no están excluidos del amor de la Iglesia y del amor de Cristo. Una Eucaristía sin la comunión sacramental inmediata ciertamente no es completa, falta algo esencial. Sin embargo también es verdad que participar en la Eucaristía sin comunión eucarística no es igual a nada, implica estar siempre implicados en el misterio de la Cruz y de la resurrección de Cristo. Siempre es participación en el gran sacramento en su dimensión espiritual y pneumática; también en su dimensión eclesial, aunque no estrictamente sacramental. Y puesto que es el Sacramento de la Pasión de Cristo, el Cristo doliente abraza de modo particular a estas personas y se comunica con ellas de otro modo, pueden sentirse así abrazadas por el Señor crucificado que cae a tierra y muere y sufre por ellos, con ellos.
Hace falta, pues, dar a entender que aunque desafortunadamente falta una dimensión fundamental, no están excluidos del gran misterio de la Eucaristía, del amor de Cristo aquí presente. Esto me parece importante, como es importante que el párroco y la comunidad parroquial hagan experimentar a estas personas que, por una parte, tenemos que respetar el carácter indivisible del sacramento y, por otra parte, que queremos a estas personas que también sufren por nosotros… Por una parte, pues, están el bien de la comunidad y el bien del sacramento que tenemos que respetar y por la otra el sufrimiento de las personas a las que tenemos que ayudar.
El segundo punto que tenemos que enseñar y también hacer creíble para nuestra misma vida es que el sufrimiento, forma parte necesariamente de nuestra vida en muchas formas. Y éste es un sufrimiento noble, diría yo. De nuevo hace falta hacer entender que el placer no lo es todo.
El cristianismo nos da alegría, como el amor da alegría. Pero el amor también es siempre renuncia a sí mismo. El mismo Dios nos ha dado la fórmula de qué es amor: quien se pierde a sí mismo se encuentra; quien asegura su vida se pierde.
Siempre es un éxodo y por lo tanto también un sufrimiento. El gozo verdadero es una cosa diferente del placer, la alegría crece, madura siempre con el sufrimiento en comunión con la Cruz de Cristo. Sólo aquí nace el gozo verdadero de la fe, de la que tampoco están excluidos si aprenden a aceptar su sufrimiento en comunión con el de Cristo.”
En su primera Exhortación Apostólica “Sacramentum Caritatis, promulgada el 22 de febrero del 2007, el Sumo Pontífice recuerda a los divorciados vueltos a casar diciendo que “está más que justificada la atención pastoral que el Sínodo ha dedicado a las situaciones dolorosas en que se encuentran no pocos fieles que, después de haber celebrado el sacramento del Matrimonio, se han divorciado y contraído nuevas nupcias. Se trata de un problema pastoral difícil y complejo… que afecta de manera creciente incluso a los ambientes católicos. Los Pastores, por amor a la verdad, están obligados a discernir bien las diversas situaciones, para ayudar espiritualmente de modo adecuado a los fieles implicados. El Sínodo de los Obispos ha confirmado la praxis de la Iglesia, fundada en la Sagrada Escritura (cf. Mc 10,2-12), de no admitir a los sacramentos a los divorciados casados de nuevo, porque su estado y su condición de vida contradicen objetivamente esa unión de amor entre Cristo y la Iglesia que se significa y se actualiza en la Eucaristía. Sin embargo, los divorciados vueltos a casar, a pesar de su situación, siguen perteneciendo a la Iglesia, que los sigue con especial atención, con el deseo de que, dentro de lo posible, cultiven un estilo de vida cristiano mediante la participación en la santa Misa, aunque sin comulgar, la escucha de la Palabra de Dios, la Adoración eucarística, la oración, la participación en la vida comunitaria, el diálogo con un sacerdote de confianza o un director espiritual, la entrega a obras de caridad, de penitencia, y la tarea de educar a los hijos.
Donde existan dudas legítimas sobre la validez del Matrimonio sacramental contraído, se debe hacer todo lo necesario para averiguar su fundamento. Es preciso también asegurar, con pleno respeto del derecho canónico, que haya tribunales eclesiásticos en el territorio, su carácter pastoral, así como su correcta y pronta actuación. En cada diócesis ha de haber un número suficiente de personas preparadas para el adecuado funcionamiento de los tribunales eclesiásticos. Recuerdo que « es una obligación grave hacer que la actividad institucional de la Iglesia en los tribunales sea cada vez más cercana a los fieles. (Cf. SC 29)
El 24 de Julio del 2007 el Papa Benedicto XVI se encontró con los párrocos y sacerdotes de las diócesis de Belluno- Feltre y Treviso. Allí un sacerdote preguntó al Santo Padre:
“Cada vez aumentan más los casos de personas divorciadas que se vuelven a casar, conviviendo, y nos piden a los sacerdotes una ayuda para su vida espiritual. Estas personas con frecuencia sufren por no poder acceder a los sacramentos. Es necesario afrontar esas situaciones, compartiendo los sufrimientos que implican. Santo Padre, ¿con qué actitudes humanas, espirituales y pastorales podemos conjugar la misericordia y la verdad?... “
Entre otras palabras, el Papa respondió: “sí, se trata de un problema doloroso, y ciertamente no existe una receta sencilla para resolverlo. Todos sufrimos por este problema, pues todos tenemos cerca a personas que se encuentran en esa situación (divorciados vueltos a casar) y sabemos que para ellos es un dolor y un sufrimiento, porque quieren estar en plena comunión con la Iglesia… La presencia permanente de la Iglesia ayuda a estas personas a soportar… el sufrimiento de encontrarse en un vínculo nuevo, que no es el sacramental y que por tanto no permite la comunión plena en los sacramentos de la Iglesia. Aquí se trata de enseñar y aprender que… el sufrimiento puede ser algo muy positivo, pues nos ayuda a madurar, a ser lo que debemos ser, a estar más cerca del Señor, que sufrió por nosotros y sufre con nosotros. Así pues, también en esta segunda situación es de suma importancia la presencia del sacerdote, de las familias, de los Movimientos, la comunión personal y comunitaria, la ayuda del amor al prójimo, un amor muy específico. Sólo este amor profundo de la Iglesia, que se realiza con un acompañamiento múltiple, puede ayudar a estas personas a sentirse amadas por Cristo, miembros de la Iglesia, incluso en una situación difícil, y a vivir la fe.”
Orientaciones Ético-Pastorales (a modo de conclusiones)
Estos criterios son los que sirven de marco y de guía a las posibles acciones pastorales:
a) La pastoral con los DVC forma parte de la misión misma de la Iglesia, como sacramento de salvación para todos.
b) Por tanto, frente a una realidad cada día más notable, se trata de una urgencia para la Iglesia misma.
c) Es una exigencia eclesial, a la que no puede renunciar ya que las parejas de divorciados vueltos casar siguen siendo miembros de la Iglesia. A pesar de su situación no han renunciado a su bautismo ni a su fe.
d) El amor pastoral de la Iglesia hacia estas parejas tiene que hacerse sentir, hacerse visible, no sólo en los anuncios y los discursos, sino en acciones concretas. Es decir, los divorciados vueltos a casar tienen que “sentir este amor de la Iglesia”. No es suficiente que “sepan” que la Iglesia los ama. Tienen que sentirlo. Un amor que no se experimenta no es verdadero amor.
De aquí surgen las siguientes orientaciones:
1. La Iglesia no puede permanecer indiferente a estas situaciones dolorosas. Por tanto pastores, por amor a la verdad, están obligados a distinguir bien entre las diferentes situaciones para poder brindar con prudencia el debido acompañamiento.
2. Los pastores y a toda la comunidad deben ayudar a los divorciados casados de nuevo para que no se consideren separados de la Iglesia, para esto hay que animarlos a que participen de su vida.
3. Mantener una actitud una de acogida de respecto a estos matrimonios, sin olvidarnos de los matrimonios sacramentales.
4. Litúrgicamente pueden:
· Participar en la santa Misa, aunque sin comulgar
· Hacer la comunión espiritual
· Escucha la Palabra de Dios
· Hacer Adoración eucarística
· Perseverar en la oración
5. Deben incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad a favor de la justicia.
6. Educar a los hijos en la fe cristiana y los sacramentos.
7. Cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar la gracia de Dios.
8. Deben abstenerse del sacramento de la confesión y de la Comunión Eucarística, no por castigo sino por razones teológico - jurídicas que surgen de la misma naturaleza del matrimonio.
9. Se puede administrar la Unción de los enfermos para casos especiales (peligro de muerte).
10. Deben abstenerse también de ser padrinos de bautismo, confirma y matrimonio C.874 § 1.3, C. 893 § 1.
11. Es importante ayudarles a comprender la distinción entre comunión eclesial, comunión sacramental y comunión espiritual.
12. Deben ser invitados y admitidos a las diferentes actividades litúrgicas que se realizan en la parroquia dentro del Templo y fuera de él.
13. Pueden participar en algunos movimientos apostólicos y de recibir consejería espiritual. No deben ejercer funciones directas respecto a los sacramentos que no pueden recibir.
14. Podrían ser admitidos a esos sacramentos cuando:
· Si se divorcian o se separan y permanecen así fieles al primer matrimonio.
· Si enviudan y arrepentidos buscan los sacramentos.
· Si en peligro de muerte, arrepentidos buscan el sacramento de la confesión.
· Si por serios motivos (Fama personal, crianza de los hijos, edad o enfermedad y otros) no pueden cumplir la obligación de la separación o divorcio civil, pero se comprometen ante el confesor de “abstenerse de los actos propios de los esposos”.
16. Recordarles la doctrina de la Iglesia, que sin dejar de ser fiel al Evangelio, no les niega a este tipo de matrimonios la gracia de la salvación y la conversión si se esfuerzan por llevar una vida digna y cristiana.
17. Para que puedan llevar esa vida digna y cristiana es importante pastoralmente la búsqueda de nuevos caminos, nuevas reflexiones, nuevas posibilidades, a través de un proceso de evangelización, desde su situación particular, que les mantenga cerca de la Iglesia
18. Ese proceso evangelizador inicia con la invitación a vivir la verdad de su bautismo, sobre todo como elemento de comunión eclesial.
IV- Las otras Situaciones Irregulares y Orientaciones Pastorales
1– “Uniones libres de hecho” (Familiaris Consortio 81)
“Se trata de uniones sin algún vínculo institucional públicamente reconocido, ni civil ni religioso. Este fenómeno, cada vez más frecuente, ha de llamar la atención de los pastores de almas, ya que en el mismo puede haber elementos varios, actuando sobre los cuales será quizá posible limitar sus consecuencias. En efecto, algunos se consideran como obligados por difíciles situaciones -económicas, culturales y religiosas- en cuanto que, contrayendo matrimonio regular, quedarían expuestos a daños, a la pérdida de ventajas económicas, a discriminaciones, etc. En otros, por el contrario, se encuentra una actitud de desprecio, contestación o rechazo de la sociedad, de la institución familiar, de la organización socio-política o de la mera búsqueda del placer. Otros, finalmente, son empujados por la extrema ignorancia y pobreza, a veces por condicionamientos debidos a situaciones de verdadera injusticia, o también por una cierta inmadurez psicológica que les hace sentir la incertidumbre o el temor de atarse con un vínculo estable y definitivo. En algunos países las costumbres tradicionales prevén el matrimonio verdadero y propio solamente después de un periodo de cohabitación y después del nacimiento del primer hijo.
Cada uno de estos elementos pone a la Iglesia serios problemas pastorales, por las graves consecuencias religiosas y morales que de ellos derivan (pérdida del sentido religioso del matrimonio visto a la luz de la Alianza de Dios con su pueblo, privación de la gracia del sacramento, grave escándalo), así como también por las consecuencias sociales (destrucción del concepto de familia, atenuación del sentido de fidelidad incluso hacia la sociedad, posibles traumas psicológicos en los hijos y afirmación del egoísmo). Los pastores y la comunidad eclesial se preocuparán por conocer tales situaciones y sus causas concretas, caso por caso; se acercarán a los que conviven, con discreción y respeto; se empeñarán en una acción de iluminación paciente, de corrección caritativa y de testimonio familiar cristiano que pueda allanarles el camino hacia la regularización de su situación. Pero, sobre todo, adelántense enseñándoles a cultivar el sentido de la fidelidad en la educación moral y religiosa de los jóvenes; instruyéndoles sobre las condiciones y estructuras que favorecen tal fidelidad, sin la cual no se da verdadera libertad; ayudándoles a madurar espiritualmente y haciéndoles comprender la rica realidad humana y sobrenatural del matrimonio-sacramento.
El pueblo de Dios se esfuerce también ante las autoridades públicas para que, -resistiendo a las tendencias disgregadoras de la misma sociedad y nocivas para la dignidad, seguridad y bienestar de los ciudadanos-, procuren que la opinión pública no sea llevada a menospreciar la importancia institucional del matrimonio y de la familia. Y dado que en muchas regiones, a causa de la extrema pobreza derivada de unas estructuras socio-económicas injustas o inadecuadas, los jóvenes no están en condiciones de casarse como conviene, la sociedad y las autoridades públicas favorezcan el matrimonio legítimo a través de una serie de intervenciones sociales y políticas, garantizando el salario familiar, emanando disposiciones para una vivienda apta a la vida familiar y creando posibilidades adecuadas de trabajo y de vida.”
El fenómeno de la privatización del matrimonio, es decir considerarlo como una convivencia que afecta solo a dos personas y en el que ni sociedad ni religión debe inmiscuirse, ha conducido a la proliferación de las denominadas “uniones de hecho” sin ningún vinculo ni civil, ni religioso.
Es un reto a nivel social, no sólo porque se le considera un modo lícito de convivir, sino porque además se reclama su equiparación en derechos al matrimonio.
También son muy diversos los motivos que ha llevado a tomar esa decisión de formar una “unión de hecho ” sin contraer matrimonio: falta de formación, falta de fe, ruptura con la familia, desconfianza en el futuro, limitaciones económicas, una mal entendida libertad que rechaza todo vinculo jurídico, etc. En todo caso se trata de una situación irregular que no permite su acceso a los sacramentos mientras no exista una voluntad de cambiar de vida, porque faltan las disposiciones necesarias para recibir la gracia del Señor.
Siendo también causa de la unión de hecho una ignorancia acerca de la dignidad matrimonial se hace necesario anunciar el evangelio del matrimonio que ayude a encontrar, que lleva a la santidad de la familia
Dado lo inestable de su situación, los mismos acontecimientos de la vida pueden hacerles considerar su postura, sobre todo cuando aparecen los hijos. Si existe un rescoldo de fe es un buen momento para proponerles la buena noticia del matrimonio cristiano y guiarles hacia su celebración. Es habitual encontrar parejas en que uno de los dos, con empecinada actitud no permite que el otro normalice tal situación, para ellos tenemos una palabra de consuelo y aliento a perseverar en la búsqueda de una adecuada solución.
· Vivimos en una sociedad muy caracterizada por el individualismo subjetivista, por la permisividad y la sobre tolerancia. La Iglesia piensa que esto aumenta este tipo de uniones, aún entre los católicos bautizados.
· Jurídicamente las Uniones libres en general no están reconocidas por el derecho eclesiástico. Sin embargo, en el derecho civil costarricense, a nivel de la promoción de la igualdad real de la mujer de 1992, se le ha dado a esas uniones algún reconocimiento que respalda alas mujeres en unión libre.
· Situaciones complejas a nivel económico o a nivel cultural.
· Razones religiosas, ideológicas.
· Razones de desprecio, o de rechazo, contestatarias de frente a lo constitucional.
· Por mero placer despersonalizante.
· Por ignorancia socio-cultural y religiosa, pobreza intelectual y material. Inmadurez psico-social.
1. Los pastores y la comunidad cristiana deben esforzarse por establecer un diálogo para discernir cuál es la situación jurídica civil que les impide casarse. Toda persona en unión libre está llamada a la conversión.
2. Se debe desarrollare una “pastoral de proximidad y acercamiento” para hacerles sentir la presencia de la Iglesia “a pesar de su situación”.
3. Una vez dada la acogida se hace necesaria una “pastoral de discreción y respeto” tanto a su realidad como a sus personas. Manteniendo con ellos un diálogo que lleva con paciencia un proceso de evangelización que los orienta hacia la vida sacramental del matrimonio.
4. Procurar como Iglesia que los Gobiernos no legislen en contra de la institución del matrimonio.
5. Luchar contra las condiciones de injusticia y pobreza que impiden a los jóvenes formalizar su unión como pareja.
6. Es claro que los padres de familia deben ser claros en manifestar su juicio y su malestar frente a tales decisiones. E incluso hacerles ver que “convivir como pareja” expresa una incoherencia con su fe, con su bautismo, con la Iglesia y con toda la formación que han recibido.
7. Pero deberán respetar tales decisiones, por más que no las compartan. Al fin, son ellos los que deciden tanto su futuro como su actitud de creyentes.
8. Ciertamente que estas situaciones crean desequilibrios familiares. Sin embargo, no debieran romper los lazos de familia. Los padres de familia tampoco pueden caer en el indiferentismo. Ni en el rechazo que los haga olvidar a su propia suerte. Son precisamente ellos quienes más necesitados están de nuestra comprensión, amistad y cariño.
9. La respuesta de Jesús pudiera ser un buen criterio de pastoral: “no son los sanos sino los enfermos quienes necesitan de médico”. (Cf. Mt 9, 12 - 13)
10. En la pastoral de estas situaciones es importante aprovechar ciertos momentos fuertes de la vida: el bautismo de los hijos, la Primera Comunión, etc. Todos sabemos que hay ciertos momentos en los que nuestra sensibilidad, incluso religiosa, aflora aún sin darnos cuenta. La atención delicada en esos momentos, el diálogo sincero y fraterno, la acogida que les hace sentir como miembros de la comunidad, pudiera ayudar para llevarles a una reflexión mucho más sincera sobre su situación y a facilitarles el retorno a la experiencia de su fe.
11. Para la Iglesia Católica las uniones libres entre bautizados católicos no se aceptan porque hay pérdida del sentido religioso del matrimonio como expresión de la alianza estable que Dios vive con su pueblo. Alianza que es fiel, exclusiva e indisoluble. Posibles trauma o preocupaciones tanto personales como sociales en papás o hijos.
12. El número de católicos bautizados es creciente en la Iglesia. De frente a ello el Magisterio pide recatequizar sobre el sacramento del matrimonio, compromiso cristiano coherencia entre fe y vida, que ayude a tomar conciencia sobre la importancia social y sacramental de la institución de la familia. FC. 76.
13. Litúrgicamente los que están en unión libre no se deben rechazar. Ellos deben participar de la vida litúrgica de la Iglesia aunque sea de modo imperfecto. Pastoralmente los puede ayudar el hacer una distinción entre comunión sacramental y comunión eclesial.
14. ¿Cuándo pueden confesarse y comulgar?
· Si se separan
· Si enviudan
· Si aspiran al sacramento del matrimonio
· Si tienen graves dificultades para separarse, absteniéndose, bajo promesa al confesar, de la vida íntima. Es recomendable cuando se hace esa promesa, aconsejar a la pareja que comulguen en otra parroquia o filial donde no les conozcan, esto para evitar disgustos públicos.
15. En casos donde hay unión libre pero todos les tiene por casados, y cuando civil y eclesiásticamente son solteros, puede celebrárseles el matrimonio privadamente mientras no haya impedimentos: c 1130-1133.
16. Sus hijos pueden y deben ser bautizados y recibir los otros sacramentos.
17. Pueden participar en ministerios musicales y de animación y ocupar cualquier lugar en el templo.
2- Católicos unidos con matrimonio únicamente civil (Familiaris Consortio 82)
“Es cada vez más frecuente el caso de católicos que, por motivos ideológicos y prácticos, prefieren contraer sólo matrimonio civil, rechazando o, por lo menos, difiriendo el religioso. Su situación no puede equipararse sin más a la de los que conviven sin vínculo alguno, ya que hay en ellos al menos un cierto compromiso a un estado de vida concreto y quizá estable, aunque a veces no es extraña a esta situación la perspectiva de un eventual divorcio. Buscando el reconocimiento público del vínculo por parte del Estado, tales parejas demuestran una disposición a asumir, junto con las ventajas, también las obligaciones. A pesar de todo, tampoco esta situación es aceptable para la Iglesia. La acción pastoral tratará de hacer comprender la necesidad de coherencia entre la elección de vida y la fe que se profesa, e intentará hacer lo posible para convencer a estas personas a regular su propia situación a la luz de los principios cristianos. Aun tratándoles con gran caridad e interesándoles en la vida de las respectivas comunidades, los pastores de la Iglesia no podrán admitirles al uso de los sacramentos.”
Se trata de aquellos bautizados que, no teniendo impedimento alguno, deciden casarse por lo civil y prescinden del sacramento.
La extensión de una mentalidad secularizada de la relación matrimonial entre el hombre y la mujer y el indiferentismo religioso lleva a no pocos bautizados a plantearse su unión solo a nivel civil, al margen de toda celebración religiosa. Es una situación que supone la aceptación de una estabilidad en su relación por lo que “no puede equiparse sin más a los que conviven sin vínculo alguno”. Aunque algunas veces procede de la voluntad de dejar abierta la posibilidad a un futuro divorcio.
No obstante el valor de la unión de orden natural del hombre y la mujer, el matrimonio civil no permite la presencia de Cristo en su unión y su vocación bautismal, por lo que mientras persistan en esta situación, no se les puede admitir a la recepción de los sacramentos. Si esta situación no es por un rechazo a la fe sino por otras consideraciones, pertenece a la prudente discreción de los pastores orientar, guiar e insertar la correspondiente actividad pastoral de quienes se encuentran en esta situación.
Muchas veces puede deberse a ignorancia o a un temor de contraer un compromiso definitivo La adecuada acción pastoral comenzara por identificar los motivos que les han llevado a casarse sólo por lo civil. Si se ha producido un primer acercamiento puede ser signo de una fe incipiente que hay que fomentar. Un primer paso orientará a un mayor conocimiento y profundización en la vida cristiana, para hacerles descubrir la necesidad de la celebración del matrimonio sacramental. Para ello es de una gran eficacia su integración en la vida de las respectivas comunidades.
En el caso de que los unidos sólo con el matrimonio civil se separen y solicitaran casarse canónicamente con una tercera persona, es necesario proceder con cautela. Hay que hacer conciencia sobre ellos de la responsabilidad que tienen de atender a las obligaciones adquiridas con cuantos se hallan implicados en la situación (la anterior esposa, los hijos tenidos en el matrimonio, etc.); y constatar sus disposiciones y aptitudes ante la solicitud del matrimonio canónico. Se ha de de evitar cualquier apariencia de que la jerarquía “premia” la infidelidad, permitiéndoles una nueva unión.
· La secularización o secularismo que ha llevado al indiferentismo religioso a los mismos católicos bautizados.
· Falta de testimonio de algunos matrimonios.
· Mayores exigencias de tipo pastoral, jurídico y administrativo de la Iglesia.
· El matrimonio civil goza de un buen respaldo moral.
· Discrepancias de tipo religioso e ideológico.
· Razones de tipo práctico personal (“Por si las cosas no salen bien”).
· Falta de una buena evangelización y dentro de ella una buena catequesis acerca de la familia y de la razón de ser del sacramento del matrimonio.
1. La pastoral de estas situaciones tiene como finalidad
Ø “hacer comprender la necesidad de coherencia entre la elección de vida y la fe que se profesa”
Ø “e intentará hacer lo posible para hacer convencer a estas personas a regular su propia situación a la luz de los principios cristianos”.
2. Dada la pluralidad de situaciones, lo primero que se requiere es conocer bien cada una de las situaciones de quienes se han casado sólo por lo civil.
3. En los casos de parejas que viven en esa condición por una cultura tradicional un tanto marginada de la presencia de la Iglesia y su deficiente evangelización y catequización, lo primero que necesitaríamos no es precisamente forzar el sacramento sino evangelizarlos, ayudarlos a pasar de la simple religiosidad natural a una experiencia de fe.
4. Si se trata de bautizados que se han enfriado en la fe, o la han perdido, o al menos ya no la sienten, la tarea pastoral será de evangelización y catequización. Y esta evangelización ha de llevarse a cabo con mucha delicadeza, prudencia y respeto de los mismos esposos; se requerirá aquí la “pastoral del acercamiento”, de la “presencia”, sobre todo de la comunidad, a través de aquellos que por los vínculos de la amistad, están más cercanos a ellos. Además aquí es preciso aprovechar “ciertos momentos o situaciones familiares particulares”, por ejemplo, cuando piden el bautismo para los hijos.
5. Si el problema radica en la nueva mentalidad “anti-eclesial”, “anti-institucional”, las cosas suelen ser un tanto más complicadas. Aquí es conveniente aprovechar todas las oportunidades para encuentros de amistad, brindar ciertos servicios, que de alguna manera vayan derritiendo el hielo que los bloquea.
6. En todo caso, la misma prudencia exige una “pastoral de progresividad y sin prisas”. Lo más importante no es sacramentalizar su unión civil, sino despertar en ellos la fe y su sentido de Iglesia. El sacramento tiene que ser una consecuencia de evangelización que lleva al encuentro personal con Jesús.
7. A pesar de la situación irregular que a nivel sacramental presenta el matrimonio civil, no podemos dejar de aceptar su licitud jurídica.
8. En FC.82 y P. 595. 608 encontramos que:
· Le iglesia nos pide mantener un contacto respetuoso y caritativo.
· Tenemos que individualizar cada situación.
· Recalcar con objetividad y caridad la importancia de la coherencia entre la fe que se profesa y la elección de vida que se hace.
· Hay que interesarlos por los trabajos y la vida general de la vida parroquial.
· Pueden ser atendidos en dirección espiritual.
· Ayudarles a hacer la distinción entre comunión eclesial y comunión eucarística.
9. Litúrgicamente no pueden ser admitidos a los sacramentos de la eucaristía y la confesión, por tres razones básicas:
Ø Porque en ellos, como católicos, hay una ausencia del sentido católico cristiano del matrimonio como alianza fiel, indisoluble y exclusiva a semejanza de CRISTO con su iglesia. E F 5,21-22.
Ø Hay una privación voluntaria (a veces involuntaria) de la gracia del sacramento matrimonial que como creyentes deben vivir.
Ø Por cuestiones de tipo jurídico canónico, de carácter disciplinar hacia el interior mismo de la Iglesia.
10. ¿En qué casos pueden ser admitidos a los sacramentos de la eucaristía y la confesión?
ü Si formalizan su unión civil sacramentalmente
ü Si se separan o se divorcian.
ü Si enviudan.
ü Si en peligro de muerte, arrepentidos buscan esos sacramentos C.976.
ü Si por serios motivos: fama personal; educación y salud física, psíquica y académica de los hijos, no pueden cumplir con la separación o divorcio pero asumen la obligación de vivir en plena continencia.
11. La unción de los enfermos en situaciones especiales de edad y/o salud que los mantiene permanentemente en continencia, si ellos lo piden, se les debe de administrar.
12. Sus hijos pueden y deben ser bautizados y recibir los otros sacramentos.
13. Se les puede administrar la unción de los enfermos en situaciones especiales de edad y/o salud, si ellos lo piden.
14. Pueden participar de la dirección espiritual o consejería. Y pueden participar en ciertos
15. grupos de apostolado. En algunos casos no es prudente que sean los coordinados para evitar el escándalo. No deben ser padrinos de bautismo, confirma y matrimonio. C. 874 § 1.3., ni Ministros Extraordinarios de la Comunión.
3- Separados y Divorciados no casados de nuevo fieles al vínculo. (Familiaris Consortio 83)
La soledad y otras dificultades son a veces patrimonio del cónyuge separado, especialmente si es inocente. En este caso la comunidad eclesial debe particularmente sostenerlo, procurarle estima, solidaridad, comprensión y ayuda concreta, de manera que le sea posible conservar la fidelidad, incluso en la difícil situación en la que se encuentra; ayudarle a cultivar la exigencia del perdón, propio del amor cristiano y la disponibilidad a reanudar eventualmente la vida conyugal anterior.
Parecido es el caso del cónyuge que ha tenido que sufrir el divorcio, pero que —conociendo bien la indisolubilidad del vínculo matrimonial válido— no se deja implicar en una nueva unión, empeñándose en cambio en el cumplimiento prioritario de sus deberes familiares y de las responsabilidades de la vida cristiana. En tal caso su ejemplo de fidelidad y de coherencia cristiana asume un particular valor de testimonio frente al mundo y a la Iglesia, haciendo todavía más necesaria, por parte de ésta, una acción continua de amor y de ayuda, sin que exista obstáculo alguno para la admisión a los sacramentos.”
Se trata de aquellos fieles casados válidamente que habiéndose separado o divorciado se mantienen fieles al vínculo sacramental.
El matrimonio como comunión de personas exige por sí mismo, en justicia, la vida en común. “Existen sin embargo, situaciones en que la convivencia matrimonial se hace prácticamente imposible por razones muy diversas”. En tales casos la Iglesia admite la separación física de los esposos y el fin de la cohabitación. Los esposos no cesan de ser marido y mujer delante de Dios, ni pueden contraer otra unión. En esta situación difícil, la mejor solución será, si es posible, la reconciliación mediante la revitalización del amor compartido y ahora herido. La comunidad cristiana esta llamada a ayudar a estas personas a vivir cristianamente su situación en la fidelidad al vínculo de su matrimonio que permanece indisoluble.
En este caso, especialmente si se trata del cónyuge que no es el causante de la separación “la comunidad eclesial debe particularmente sostenerlo, procurarle estima, solidaridad, comprensión y ayuda concreta, de manera que le sea posible conservar la fidelidad a la indisolubilidad del vínculo matrimonial, incluso en la difícil situación en que se encuentra”, y así siga de testimonio empeñándose en el cumplimiento de sus deberes familiares. Hay que cuidar en especial de “ayudarle a cultivar la exigencia del perdón propio del amor cristiano y la disponibilidad a reanudar eventual mente la vida conyugal anterior”. Es extremadamente importante que no se sientan solos en su decisión. A la vez -es claro-nada hay que impida su participación en la vida de la Iglesia y en la admisión a los sacramentos; es mas, la Eucaristía será para ellos una fuente excelsa de fidelidad y fortaleza.
Si el divorcio civil representa la única manera posible de asegurar ciertos derechos legitimas, el cuidado de los hijos o la defensa del matrimonio, puede ser tolerado sin constituir falta moral. Con todo, tan solo se ha de acceder a él voluntariamente por motivos muy graves, evitando el escándalo y con la firme convicción de que equivale a una separación. No es, en modo alguno la ruptura del vinculo matrimonial
Con el que se ha visto obligado, sin culpa de su parte, a sufrir las consecuencias del divorcio civil, el cuidado pastoral seguirá un camino similar al que se ha de tener con los separados no casados de nuevo. La comunidad cristiana ha de sostenerlos y ayudarlos en el ejemplo de fidelidad y coherencia cristiana que, en su caso, tiene un valor particular de testimonio frente al mundo y a la Iglesia. No existe por este motivo, obstáculo alguno para que puedan ser recibidos a los sacramentos.
También al cónyuge causante del divorcio – lo mismo se ha de hacer con lo que es responsable de la separación – se le ha de tratar con mayor comprensión y misericordia. Pero para ser recibido a los sacramentos ha de dar muestras de verdadero arrepentimiento. Esto implica reparar, en lo posible, la situación irregular que se ha provocado. Debe ser consciente de que, a pesar de haber obtenido el divorcio civil, su matrimonio sacramental siendo valido y que, en consecuencia, la situación de separación en que se encuentra tan sólo es moralmente lícita si existen motivos que hacen inviable la reanudación de convivencia conyugal y hacia ese objetivo, siempre con la máxima prudencia y respeto, deberá orientarse preferentemente la acción pastoral.
· Incompatibilidad de caracteres, intelecto o religión.
· Adulterio.
· Desavenencias económicas.
· Terceras personas.
· Desarmonía sexo-genital (agresiones).
· Problemas de salud.
· Causas de tipo penal, etc.
EL ACOMPAÑAMIENTO PASTORAL A LAS PAREJAS EN SITUACIÓN IRREGULAR
La exigencia de fidelidad y de estabilidad que la razón humana descubre en el matrimonio aparece a la luz de la fe con mayor claridad. La iglesia, iluminada por el Espíritu Santo, descubre en las enseñanzas de Jesús que en el designio original de Dios el matrimonio es indisoluble: “Lo que Dios ha unido no lo separe el hombre” (Mc 10, 9).
“Llegada la plenitud de los tiempos” (Ga 4, 4), el matrimonio de los cristianos es por voluntad de Cristo, el Sacramento que actualiza y manifiesta la unión inefable, el amor fidelísimo y la entrega irrevocable de Jesucristo Esposo a su esposa la Iglesia (cf. Ef 5, 22 y ss)
El matrimonio cristiano simboliza esta entrega total y permanente de Cristo a los hombres, iniciada en la Encarnación del Hijo de Dios y consumada en su Cruz y Resurrección. La unión conyugal de los cristianos es, por tanto, indisoluble y exige la fidelidad mutua no sólo por razón del bien de ambos cónyuges, de los hijos y de toda la sociedad humana, sino principalmente por la condición sacramental del matrimonio cristiano.
En la celebración de este sacramento, Cristo se hace presente y actúa por su Espíritu en el varón y en la mujer, los une con el vínculo del amor conyugal y, a lo largo de su vida, los renueva interiormente cada día en su amor mutuo, si le son fieles. Esta renovación tiene su fuente principal cuando ambos cónyuges participan de manera consciente, activa y provechosa en la Eucaristía, donde Cristo actualiza sacramentalmente su entrega y amor por su esposa la Iglesia. Hay que recordar que es precisamente la Pascua de Cristo que, por la fuerza del Espíritu Santo y las palabras de la Institución, actualizada en la Eucaristía, la que fundamenta y fecunda el sacramento del matrimonio.
“El matrimonio tiene sus propios bienes y fines. Éstos no sólo afectan a los propios cónyuges, sino también a los hijos. De aquí que la estabilidad ya exigida por el singular amor conyugal, venga de nuevo urgida por la fundamental significación del matrimonio para la sociedad y por los valores y fines que le son propios. El matrimonio implica, por su misma naturaleza, deberes y derechos de los cónyuges entre sí y en relación con los hijos y con la sociedad, que no pueden quedar subordinados a la versatilidad del corazón humano” (nota doctrinal de la CEE, 1977).
II- La Situación Irregular: Razón del Término
“En su solicitud por tutelar la familia en toda su dimensión, no sólo la religiosa, el Sínodo no ha dejado de considerar atentamente algunas situaciones irregulares, desde el punto de vista religioso y con frecuencia también civil, que —con las actuales y rápidas transformaciones culturales— se van difundiendo por desgracia también entre los católicos con no leve daño de la misma institución familiar y de la sociedad, de la que ella es la célula fundamental”. FC 79.
Las situaciones de irregularidad se generan por la no adecuación del comportamiento a tres grandes criterios normativos entre cristianos:
Entonces conocemos como situaciones irregulares: los matrimonios a prueba; las uniones libres de hecho, los casados únicamente por el vínculo civil; los separados y divorciados no casados de nuevo; y los divorciados casados de nuevo. FC 80-84.
Cada uno de los tipos de situaciones irregulares está definido por elementos concretos y por ello, cada uno debe recibir un tratamiento específico según la atención pastoral que sugiere la Iglesia. La auténtica comunión eclesial exige una clara unidad en los criterios fundamentales para que nuestra pastoral sea creíble y afectiva. Específicamente comentamos cuatro de las situaciones irregulares nombradas en la Familiaris Consortio: uniones libres (FC 81), católicos unidos con matrimonio únicamente civil (FC 82), separados y divorciados no casados de nuevo (Familiaris Consortio 83), y los divorciados civilmente y vueltos a casar (FC 84). Seguiremos la reflexión teológica pastoral de estas situaciones iniciando con los divorciados civilmente y vueltos a casar.
1- Divorciados civilmente y casados de nuevo (Familiaris Consortio 84)
La Exhortación Apostólica Familiaris Consortio (1981) declara que la Iglesia en su ejercicio pastoral debe acercarse también y con especial cuidado a aquellas familias que se hallan en situaciones irregulares para acompañarles a fin de que se puedan acercar “al modelo de familia, que ha querido el Creador "desde el principio" y que Cristo ha renovado con su gracia redentora. (FC 65). El mismo documento define concretamente cuáles son esas situaciones irregulares y entre estas menciona a los divorciados vueltos a casar y señala que “la Iglesia instituida para conducir a la salvación a todos los hombres, sobre todo a los bautizados, no puede abandonar a sí mismos a quienes -unidos ya con el vínculo matrimonial sacramental- han intentado pasar a nuevas nupcias. Por lo tanto procurará infatigablemente poner a su disposición los medios de salvación. FC 84
Es la Familiaris Consortio el documento del Magisterio de la Iglesia que empieza a marcar líneas concretas y aclaras acerca de la atención que la Iglesia, comenzando por sus pastores, debe brindar a quienes se encuentran en esta dolorosa situación: “…exhorto vivamente a los pastores y a toda la comunidad de los fieles para que ayuden a los divorciados, procurando con solícita caridad que no se consideren separados de la Iglesia, pudiendo y aun debiendo, en cuanto bautizados, participar en su vida. Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la Misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar a los hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios. La Iglesia rece por ellos, los anime, se presente como madre misericordiosa y así los sostenga en la fe y en la esperanza.” La Iglesia está firmemente convencida de que también quienes se han alejado del mandato del Señor y viven en tal situación, pueden obtener de Dios la gracia de la conversión y de la salvación, si perseveran en la oración, en la penitencia y en la caridad. FC 84
Después de la Familiaris Consortio encontramos en los anales del Magisterio de la Iglesia Católica una serie de documentos que reafirman su vigente doctrina y normativa sobre los divorciados vueltos a casar en cuanto a su imposibilidad de acercarse al sacramento de la Reconciliación y a la Comunión Sacramental de la Eucaristía. Pero notamos a la vez una apertura a la toma de conciencia de una pastoral urgente que atienda efectivamente a los hijos de la Iglesia que sufren por no poder recibir el Cuerpo y la Sangre de Cristo. Así encontramos en el documento final de la IV Conferencia General del Episcopado Latinoamericano, realizada en Santo Domingo en el año 1992 la siguiente aportación: Se debe “buscar, siguiendo el ejemplo del Buen Pastor, caminos y formas para lograr una pastoral orientada a las parejas en situación irregular, especialmente las divorciadas y vueltos a casar civilmente. (SD 224). También en el Catecismo de la Iglesia Católica, publicado por Juan Pablo II en 1992, considera que “ respecto a los cristianos que viven en esta situación (divorciados vueltos a casar) y que con frecuencia conservan la fe y desean educar cristianamente a sus hijos, los sacerdotes y toda la comunidad deben dar prueba de una atenta solicitud, a fin de que aquellos no se consideren como separados de la Iglesia, de cuya vida pueden y deben participar en cuanto bautizados: Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar sus hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios (CIC 1651)
En el Año de la familia (1994) el mismo Papa Juan Pablo II escribió una carta dedicada a la familia donde también recuerda el cuidado que la Iglesia debe a los divorciados vueltos a casar: “Que esta oración (la de la Iglesia) llegue también a… las que se encuentran en situaciones que la Familiaris Consortio califica como «irregulares»9. ¡Que todas puedan sentirse abrazadas por el amor y la solicitud de los hermanos y hermanas!
Que la oración, en el Año de la familia, constituya ante todo un testimonio alentador por parte de las familias que, en la comunión doméstica, realizan su vocación de vida humana y cristiana. ¡Son tantas en cada nación, diócesis y parroquia! Se puede pensar razonablemente que esas familias constituyen «la norma», aun teniendo en cuenta las no pocas «situaciones irregulares». Y la experiencia demuestra cuán importante es el papel de una familia coherente con las normas morales, para que el hombre, que nace y se forma en ella, emprenda sin incertidumbres el camino del bien, inscrito siempre en su corazón.” (CF 5)
En el año 1997, se dirigió a los participantes de la XIII Asamblea Plenaria del Consejo Pontificio para la Familia, donde se discutió el tema de la pastoral para divorciados. El Papa señala que “«La pastoral de los divorciados vueltos a casar »— está hoy en el centro de la atención y de las preocupaciones de la Iglesia y de los pastores dedicados a la cura de almas, quienes no dejan de prodigar su solicitud pastoral a cuantos sufren por situaciones de dificultad en su familia.
La Iglesia no puede permanecer indiferente ante este doloroso problema, que afecta a tantos hijos suyos. Ya en la exhortación apostólica Familiaris Consortio (n. 84) reconocía que… «el problema debe afrontarse con atención improrrogable»… Estos hombres y mujeres deben saber que la Iglesia los ama, no está alejada de ellos y sufre por su situación. Los divorciados vueltos a casar son y siguen siendo miembros suyos, porque han recibido el bautismo y conservan la fe cristiana. Ciertamente, una nueva unión después del divorcio… no debe impedir el compromiso de la oración ni el testimonio activo de la caridad.
… Los divorciados vueltos a casar no pueden ser admitidos a la comunión eucarística, «dado que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía». Y esto, en virtud de la misma autoridad del Señor, Pastor de los pastores, que busca siempre a sus ovejas. Esto también vale para el sacramento de la penitencia, pues la condición de vida de los divorciados vueltos a casar, que siguen casados, está en contradicción con su significado doble y unitario de conversión y reconciliación.
Sin embargo, no faltan caminos pastorales oportunos para salir al encuentro de estas personas. La Iglesia ve sus sufrimientos y las graves dificultades que atraviesan, y en su caridad materna se preocupa tanto por ellos como por los hijos de su anterior matrimonio: privados del derecho original a la presencia de ambos padres, son las primeras víctimas de estas situaciones dolorosas.
Los pastores, especialmente los párrocos, deben acompañar y sostener de corazón a estos hombres y mujeres, ayudándoles a comprender que, aunque hayan roto el vínculo matrimonial, no deben perder la esperanza en la gracia de Dios, que vela sobre su camino. Los pastores están llamados a hacer sentir la caridad de Cristo y la materna cercanía de la Iglesia; los acogen con amor, exhortándolos a confiar en la misericordia de Dios y sugiriéndoles, con prudencia y respeto, caminos concretos de conversión y de participación en la vida de la comunidad eclesial… El Señor, movido por la misericordia, sale al encuentro de todos los necesitados, con la exigencia de la verdad y con el aceite de la caridad.
Cuando una pareja en situación irregular vuelve a la práctica cristiana es necesario acogerla con caridad y benevolencia, ayudándola a aclarar el estado concreto de su condición, a través de un trabajo pastoral iluminado e iluminador. Esta pastoral de acogida fraterna y evangélica es de gran importancia para los que habían perdido el contacto con la Iglesia, pues es el primer paso necesario para insertarlos en la práctica cristiana. Es preciso acercarlos a la escucha de la palabra de Dios y a la oración, implicarlos en las obras de caridad que la comunidad cristiana realiza en favor de los pobres y los necesitados, y estimular el espíritu de arrepentimiento con obras de penitencia, que preparen su corazón para acoger la gracia de Dios.
Un capítulo muy importante es el de la formación humana y cristiana de los hijos de la nueva unión. Hacerlos partícipes de todo el contenido de la sabiduría del Evangelio, según la enseñanza de la Iglesia, es una obra que prepara admirablemente el corazón de los padres para recibir la fuerza y la claridad necesarias a fin de superar las dificultades reales que encuentran en su camino y volver a tener la plena transparencia del misterio de Cristo, que el matrimonio cristiano significa y realiza. Una tarea especial, difícil pero necesaria, corresponde también a los otros miembros que, de modo más o menos cercano, forman parte de la familia. Ellos, con una cercanía que no puede confundirse con la condescendencia, han de ayudar a sus seres queridos, y de manera particular a los hijos, que por su joven edad sufren más los efectos de la situación de sus padres.
Queridos hermanos y hermanas, la recomendación que brota hoy de mi corazón es la de tener confianza en todos los que viven situaciones tan dramáticas y dolorosas. No hay que dejar de «esperar contra toda esperanza» (Rm 4, 18) que también los que se encuentran en una situación no conforme con la voluntad del Señor puedan obtener de Dios la salvación, si saben perseverar en la oración, en la penitencia y en el amor verdadero.” (Cf. Discurso del Papa Juan Pablo II a los participantes de la Asamblea Plenaria del Consejo Pontificio para la Familia, nn. 1- 4. 24 de Enero de 1997)
Con ocasión del veinteavo aniversario de la Familiaris Consortio, Juan Pablo II, en un mensaje recuerda que “no hay que dejar de ofrecer el apoyo necesario a las familias que atraviesan situaciones difíciles, las cuales requieren mayor asistencia pastoral, como, por ejemplo, los divorciados vueltos a casar. (22 de noviembre del 2001)
El Papa Benedicto XVI también ha asumido una actitud de acogida y acompañamiento hacia los divorciados vueltos a casar y expresa por ellos un profundo dolor y preocupación. En un diálogo con los sacerdotes de la diócesis de Aosta, el 25 de Julio del 2005, el Papa expresó: “Sabemos todos que éste es un problema particularmente doloroso para las personas que viven en situaciones en las que son excluidas de la comunión eucarística y naturalmente para los sacerdotes que quieren ayudar a estas personas a amar a la Iglesia, a querer a Cristo. Esto plantea un problema.
Ninguno de nosotros tiene una receta, en parte porque las situaciones son siempre diferentes… en cualquier caso me parecen muy importantes dos aspectos. El primero: aunque no puedan recibir la comunión sacramental no están excluidos del amor de la Iglesia y del amor de Cristo. Una Eucaristía sin la comunión sacramental inmediata ciertamente no es completa, falta algo esencial. Sin embargo también es verdad que participar en la Eucaristía sin comunión eucarística no es igual a nada, implica estar siempre implicados en el misterio de la Cruz y de la resurrección de Cristo. Siempre es participación en el gran sacramento en su dimensión espiritual y pneumática; también en su dimensión eclesial, aunque no estrictamente sacramental. Y puesto que es el Sacramento de la Pasión de Cristo, el Cristo doliente abraza de modo particular a estas personas y se comunica con ellas de otro modo, pueden sentirse así abrazadas por el Señor crucificado que cae a tierra y muere y sufre por ellos, con ellos.
Hace falta, pues, dar a entender que aunque desafortunadamente falta una dimensión fundamental, no están excluidos del gran misterio de la Eucaristía, del amor de Cristo aquí presente. Esto me parece importante, como es importante que el párroco y la comunidad parroquial hagan experimentar a estas personas que, por una parte, tenemos que respetar el carácter indivisible del sacramento y, por otra parte, que queremos a estas personas que también sufren por nosotros… Por una parte, pues, están el bien de la comunidad y el bien del sacramento que tenemos que respetar y por la otra el sufrimiento de las personas a las que tenemos que ayudar.
El segundo punto que tenemos que enseñar y también hacer creíble para nuestra misma vida es que el sufrimiento, forma parte necesariamente de nuestra vida en muchas formas. Y éste es un sufrimiento noble, diría yo. De nuevo hace falta hacer entender que el placer no lo es todo.
El cristianismo nos da alegría, como el amor da alegría. Pero el amor también es siempre renuncia a sí mismo. El mismo Dios nos ha dado la fórmula de qué es amor: quien se pierde a sí mismo se encuentra; quien asegura su vida se pierde.
Siempre es un éxodo y por lo tanto también un sufrimiento. El gozo verdadero es una cosa diferente del placer, la alegría crece, madura siempre con el sufrimiento en comunión con la Cruz de Cristo. Sólo aquí nace el gozo verdadero de la fe, de la que tampoco están excluidos si aprenden a aceptar su sufrimiento en comunión con el de Cristo.”
En su primera Exhortación Apostólica “Sacramentum Caritatis, promulgada el 22 de febrero del 2007, el Sumo Pontífice recuerda a los divorciados vueltos a casar diciendo que “está más que justificada la atención pastoral que el Sínodo ha dedicado a las situaciones dolorosas en que se encuentran no pocos fieles que, después de haber celebrado el sacramento del Matrimonio, se han divorciado y contraído nuevas nupcias. Se trata de un problema pastoral difícil y complejo… que afecta de manera creciente incluso a los ambientes católicos. Los Pastores, por amor a la verdad, están obligados a discernir bien las diversas situaciones, para ayudar espiritualmente de modo adecuado a los fieles implicados. El Sínodo de los Obispos ha confirmado la praxis de la Iglesia, fundada en la Sagrada Escritura (cf. Mc 10,2-12), de no admitir a los sacramentos a los divorciados casados de nuevo, porque su estado y su condición de vida contradicen objetivamente esa unión de amor entre Cristo y la Iglesia que se significa y se actualiza en la Eucaristía. Sin embargo, los divorciados vueltos a casar, a pesar de su situación, siguen perteneciendo a la Iglesia, que los sigue con especial atención, con el deseo de que, dentro de lo posible, cultiven un estilo de vida cristiano mediante la participación en la santa Misa, aunque sin comulgar, la escucha de la Palabra de Dios, la Adoración eucarística, la oración, la participación en la vida comunitaria, el diálogo con un sacerdote de confianza o un director espiritual, la entrega a obras de caridad, de penitencia, y la tarea de educar a los hijos.
Donde existan dudas legítimas sobre la validez del Matrimonio sacramental contraído, se debe hacer todo lo necesario para averiguar su fundamento. Es preciso también asegurar, con pleno respeto del derecho canónico, que haya tribunales eclesiásticos en el territorio, su carácter pastoral, así como su correcta y pronta actuación. En cada diócesis ha de haber un número suficiente de personas preparadas para el adecuado funcionamiento de los tribunales eclesiásticos. Recuerdo que « es una obligación grave hacer que la actividad institucional de la Iglesia en los tribunales sea cada vez más cercana a los fieles. (Cf. SC 29)
El 24 de Julio del 2007 el Papa Benedicto XVI se encontró con los párrocos y sacerdotes de las diócesis de Belluno- Feltre y Treviso. Allí un sacerdote preguntó al Santo Padre:
“Cada vez aumentan más los casos de personas divorciadas que se vuelven a casar, conviviendo, y nos piden a los sacerdotes una ayuda para su vida espiritual. Estas personas con frecuencia sufren por no poder acceder a los sacramentos. Es necesario afrontar esas situaciones, compartiendo los sufrimientos que implican. Santo Padre, ¿con qué actitudes humanas, espirituales y pastorales podemos conjugar la misericordia y la verdad?... “
Entre otras palabras, el Papa respondió: “sí, se trata de un problema doloroso, y ciertamente no existe una receta sencilla para resolverlo. Todos sufrimos por este problema, pues todos tenemos cerca a personas que se encuentran en esa situación (divorciados vueltos a casar) y sabemos que para ellos es un dolor y un sufrimiento, porque quieren estar en plena comunión con la Iglesia… La presencia permanente de la Iglesia ayuda a estas personas a soportar… el sufrimiento de encontrarse en un vínculo nuevo, que no es el sacramental y que por tanto no permite la comunión plena en los sacramentos de la Iglesia. Aquí se trata de enseñar y aprender que… el sufrimiento puede ser algo muy positivo, pues nos ayuda a madurar, a ser lo que debemos ser, a estar más cerca del Señor, que sufrió por nosotros y sufre con nosotros. Así pues, también en esta segunda situación es de suma importancia la presencia del sacerdote, de las familias, de los Movimientos, la comunión personal y comunitaria, la ayuda del amor al prójimo, un amor muy específico. Sólo este amor profundo de la Iglesia, que se realiza con un acompañamiento múltiple, puede ayudar a estas personas a sentirse amadas por Cristo, miembros de la Iglesia, incluso en una situación difícil, y a vivir la fe.”
Orientaciones Ético-Pastorales (a modo de conclusiones)
Estos criterios son los que sirven de marco y de guía a las posibles acciones pastorales:
a) La pastoral con los DVC forma parte de la misión misma de la Iglesia, como sacramento de salvación para todos.
b) Por tanto, frente a una realidad cada día más notable, se trata de una urgencia para la Iglesia misma.
c) Es una exigencia eclesial, a la que no puede renunciar ya que las parejas de divorciados vueltos casar siguen siendo miembros de la Iglesia. A pesar de su situación no han renunciado a su bautismo ni a su fe.
d) El amor pastoral de la Iglesia hacia estas parejas tiene que hacerse sentir, hacerse visible, no sólo en los anuncios y los discursos, sino en acciones concretas. Es decir, los divorciados vueltos a casar tienen que “sentir este amor de la Iglesia”. No es suficiente que “sepan” que la Iglesia los ama. Tienen que sentirlo. Un amor que no se experimenta no es verdadero amor.
De aquí surgen las siguientes orientaciones:
1. La Iglesia no puede permanecer indiferente a estas situaciones dolorosas. Por tanto pastores, por amor a la verdad, están obligados a distinguir bien entre las diferentes situaciones para poder brindar con prudencia el debido acompañamiento.
2. Los pastores y a toda la comunidad deben ayudar a los divorciados casados de nuevo para que no se consideren separados de la Iglesia, para esto hay que animarlos a que participen de su vida.
3. Mantener una actitud una de acogida de respecto a estos matrimonios, sin olvidarnos de los matrimonios sacramentales.
4. Litúrgicamente pueden:
· Participar en la santa Misa, aunque sin comulgar
· Hacer la comunión espiritual
· Escucha la Palabra de Dios
· Hacer Adoración eucarística
· Perseverar en la oración
5. Deben incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad a favor de la justicia.
6. Educar a los hijos en la fe cristiana y los sacramentos.
7. Cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar la gracia de Dios.
8. Deben abstenerse del sacramento de la confesión y de la Comunión Eucarística, no por castigo sino por razones teológico - jurídicas que surgen de la misma naturaleza del matrimonio.
9. Se puede administrar la Unción de los enfermos para casos especiales (peligro de muerte).
10. Deben abstenerse también de ser padrinos de bautismo, confirma y matrimonio C.874 § 1.3, C. 893 § 1.
11. Es importante ayudarles a comprender la distinción entre comunión eclesial, comunión sacramental y comunión espiritual.
12. Deben ser invitados y admitidos a las diferentes actividades litúrgicas que se realizan en la parroquia dentro del Templo y fuera de él.
13. Pueden participar en algunos movimientos apostólicos y de recibir consejería espiritual. No deben ejercer funciones directas respecto a los sacramentos que no pueden recibir.
14. Podrían ser admitidos a esos sacramentos cuando:
· Si se divorcian o se separan y permanecen así fieles al primer matrimonio.
· Si enviudan y arrepentidos buscan los sacramentos.
· Si en peligro de muerte, arrepentidos buscan el sacramento de la confesión.
· Si por serios motivos (Fama personal, crianza de los hijos, edad o enfermedad y otros) no pueden cumplir la obligación de la separación o divorcio civil, pero se comprometen ante el confesor de “abstenerse de los actos propios de los esposos”.
16. Recordarles la doctrina de la Iglesia, que sin dejar de ser fiel al Evangelio, no les niega a este tipo de matrimonios la gracia de la salvación y la conversión si se esfuerzan por llevar una vida digna y cristiana.
17. Para que puedan llevar esa vida digna y cristiana es importante pastoralmente la búsqueda de nuevos caminos, nuevas reflexiones, nuevas posibilidades, a través de un proceso de evangelización, desde su situación particular, que les mantenga cerca de la Iglesia
18. Ese proceso evangelizador inicia con la invitación a vivir la verdad de su bautismo, sobre todo como elemento de comunión eclesial.
IV- Las otras Situaciones Irregulares y Orientaciones Pastorales
1– “Uniones libres de hecho” (Familiaris Consortio 81)
“Se trata de uniones sin algún vínculo institucional públicamente reconocido, ni civil ni religioso. Este fenómeno, cada vez más frecuente, ha de llamar la atención de los pastores de almas, ya que en el mismo puede haber elementos varios, actuando sobre los cuales será quizá posible limitar sus consecuencias. En efecto, algunos se consideran como obligados por difíciles situaciones -económicas, culturales y religiosas- en cuanto que, contrayendo matrimonio regular, quedarían expuestos a daños, a la pérdida de ventajas económicas, a discriminaciones, etc. En otros, por el contrario, se encuentra una actitud de desprecio, contestación o rechazo de la sociedad, de la institución familiar, de la organización socio-política o de la mera búsqueda del placer. Otros, finalmente, son empujados por la extrema ignorancia y pobreza, a veces por condicionamientos debidos a situaciones de verdadera injusticia, o también por una cierta inmadurez psicológica que les hace sentir la incertidumbre o el temor de atarse con un vínculo estable y definitivo. En algunos países las costumbres tradicionales prevén el matrimonio verdadero y propio solamente después de un periodo de cohabitación y después del nacimiento del primer hijo.
Cada uno de estos elementos pone a la Iglesia serios problemas pastorales, por las graves consecuencias religiosas y morales que de ellos derivan (pérdida del sentido religioso del matrimonio visto a la luz de la Alianza de Dios con su pueblo, privación de la gracia del sacramento, grave escándalo), así como también por las consecuencias sociales (destrucción del concepto de familia, atenuación del sentido de fidelidad incluso hacia la sociedad, posibles traumas psicológicos en los hijos y afirmación del egoísmo). Los pastores y la comunidad eclesial se preocuparán por conocer tales situaciones y sus causas concretas, caso por caso; se acercarán a los que conviven, con discreción y respeto; se empeñarán en una acción de iluminación paciente, de corrección caritativa y de testimonio familiar cristiano que pueda allanarles el camino hacia la regularización de su situación. Pero, sobre todo, adelántense enseñándoles a cultivar el sentido de la fidelidad en la educación moral y religiosa de los jóvenes; instruyéndoles sobre las condiciones y estructuras que favorecen tal fidelidad, sin la cual no se da verdadera libertad; ayudándoles a madurar espiritualmente y haciéndoles comprender la rica realidad humana y sobrenatural del matrimonio-sacramento.
El pueblo de Dios se esfuerce también ante las autoridades públicas para que, -resistiendo a las tendencias disgregadoras de la misma sociedad y nocivas para la dignidad, seguridad y bienestar de los ciudadanos-, procuren que la opinión pública no sea llevada a menospreciar la importancia institucional del matrimonio y de la familia. Y dado que en muchas regiones, a causa de la extrema pobreza derivada de unas estructuras socio-económicas injustas o inadecuadas, los jóvenes no están en condiciones de casarse como conviene, la sociedad y las autoridades públicas favorezcan el matrimonio legítimo a través de una serie de intervenciones sociales y políticas, garantizando el salario familiar, emanando disposiciones para una vivienda apta a la vida familiar y creando posibilidades adecuadas de trabajo y de vida.”
El fenómeno de la privatización del matrimonio, es decir considerarlo como una convivencia que afecta solo a dos personas y en el que ni sociedad ni religión debe inmiscuirse, ha conducido a la proliferación de las denominadas “uniones de hecho” sin ningún vinculo ni civil, ni religioso.
Es un reto a nivel social, no sólo porque se le considera un modo lícito de convivir, sino porque además se reclama su equiparación en derechos al matrimonio.
También son muy diversos los motivos que ha llevado a tomar esa decisión de formar una “unión de hecho ” sin contraer matrimonio: falta de formación, falta de fe, ruptura con la familia, desconfianza en el futuro, limitaciones económicas, una mal entendida libertad que rechaza todo vinculo jurídico, etc. En todo caso se trata de una situación irregular que no permite su acceso a los sacramentos mientras no exista una voluntad de cambiar de vida, porque faltan las disposiciones necesarias para recibir la gracia del Señor.
Siendo también causa de la unión de hecho una ignorancia acerca de la dignidad matrimonial se hace necesario anunciar el evangelio del matrimonio que ayude a encontrar, que lleva a la santidad de la familia
Dado lo inestable de su situación, los mismos acontecimientos de la vida pueden hacerles considerar su postura, sobre todo cuando aparecen los hijos. Si existe un rescoldo de fe es un buen momento para proponerles la buena noticia del matrimonio cristiano y guiarles hacia su celebración. Es habitual encontrar parejas en que uno de los dos, con empecinada actitud no permite que el otro normalice tal situación, para ellos tenemos una palabra de consuelo y aliento a perseverar en la búsqueda de una adecuada solución.
· Vivimos en una sociedad muy caracterizada por el individualismo subjetivista, por la permisividad y la sobre tolerancia. La Iglesia piensa que esto aumenta este tipo de uniones, aún entre los católicos bautizados.
· Jurídicamente las Uniones libres en general no están reconocidas por el derecho eclesiástico. Sin embargo, en el derecho civil costarricense, a nivel de la promoción de la igualdad real de la mujer de 1992, se le ha dado a esas uniones algún reconocimiento que respalda alas mujeres en unión libre.
· Situaciones complejas a nivel económico o a nivel cultural.
· Razones religiosas, ideológicas.
· Razones de desprecio, o de rechazo, contestatarias de frente a lo constitucional.
· Por mero placer despersonalizante.
· Por ignorancia socio-cultural y religiosa, pobreza intelectual y material. Inmadurez psico-social.
1. Los pastores y la comunidad cristiana deben esforzarse por establecer un diálogo para discernir cuál es la situación jurídica civil que les impide casarse. Toda persona en unión libre está llamada a la conversión.
2. Se debe desarrollare una “pastoral de proximidad y acercamiento” para hacerles sentir la presencia de la Iglesia “a pesar de su situación”.
3. Una vez dada la acogida se hace necesaria una “pastoral de discreción y respeto” tanto a su realidad como a sus personas. Manteniendo con ellos un diálogo que lleva con paciencia un proceso de evangelización que los orienta hacia la vida sacramental del matrimonio.
4. Procurar como Iglesia que los Gobiernos no legislen en contra de la institución del matrimonio.
5. Luchar contra las condiciones de injusticia y pobreza que impiden a los jóvenes formalizar su unión como pareja.
6. Es claro que los padres de familia deben ser claros en manifestar su juicio y su malestar frente a tales decisiones. E incluso hacerles ver que “convivir como pareja” expresa una incoherencia con su fe, con su bautismo, con la Iglesia y con toda la formación que han recibido.
7. Pero deberán respetar tales decisiones, por más que no las compartan. Al fin, son ellos los que deciden tanto su futuro como su actitud de creyentes.
8. Ciertamente que estas situaciones crean desequilibrios familiares. Sin embargo, no debieran romper los lazos de familia. Los padres de familia tampoco pueden caer en el indiferentismo. Ni en el rechazo que los haga olvidar a su propia suerte. Son precisamente ellos quienes más necesitados están de nuestra comprensión, amistad y cariño.
9. La respuesta de Jesús pudiera ser un buen criterio de pastoral: “no son los sanos sino los enfermos quienes necesitan de médico”. (Cf. Mt 9, 12 - 13)
10. En la pastoral de estas situaciones es importante aprovechar ciertos momentos fuertes de la vida: el bautismo de los hijos, la Primera Comunión, etc. Todos sabemos que hay ciertos momentos en los que nuestra sensibilidad, incluso religiosa, aflora aún sin darnos cuenta. La atención delicada en esos momentos, el diálogo sincero y fraterno, la acogida que les hace sentir como miembros de la comunidad, pudiera ayudar para llevarles a una reflexión mucho más sincera sobre su situación y a facilitarles el retorno a la experiencia de su fe.
11. Para la Iglesia Católica las uniones libres entre bautizados católicos no se aceptan porque hay pérdida del sentido religioso del matrimonio como expresión de la alianza estable que Dios vive con su pueblo. Alianza que es fiel, exclusiva e indisoluble. Posibles trauma o preocupaciones tanto personales como sociales en papás o hijos.
12. El número de católicos bautizados es creciente en la Iglesia. De frente a ello el Magisterio pide recatequizar sobre el sacramento del matrimonio, compromiso cristiano coherencia entre fe y vida, que ayude a tomar conciencia sobre la importancia social y sacramental de la institución de la familia. FC. 76.
13. Litúrgicamente los que están en unión libre no se deben rechazar. Ellos deben participar de la vida litúrgica de la Iglesia aunque sea de modo imperfecto. Pastoralmente los puede ayudar el hacer una distinción entre comunión sacramental y comunión eclesial.
14. ¿Cuándo pueden confesarse y comulgar?
· Si se separan
· Si enviudan
· Si aspiran al sacramento del matrimonio
· Si tienen graves dificultades para separarse, absteniéndose, bajo promesa al confesar, de la vida íntima. Es recomendable cuando se hace esa promesa, aconsejar a la pareja que comulguen en otra parroquia o filial donde no les conozcan, esto para evitar disgustos públicos.
15. En casos donde hay unión libre pero todos les tiene por casados, y cuando civil y eclesiásticamente son solteros, puede celebrárseles el matrimonio privadamente mientras no haya impedimentos: c 1130-1133.
16. Sus hijos pueden y deben ser bautizados y recibir los otros sacramentos.
17. Pueden participar en ministerios musicales y de animación y ocupar cualquier lugar en el templo.
2- Católicos unidos con matrimonio únicamente civil (Familiaris Consortio 82)
“Es cada vez más frecuente el caso de católicos que, por motivos ideológicos y prácticos, prefieren contraer sólo matrimonio civil, rechazando o, por lo menos, difiriendo el religioso. Su situación no puede equipararse sin más a la de los que conviven sin vínculo alguno, ya que hay en ellos al menos un cierto compromiso a un estado de vida concreto y quizá estable, aunque a veces no es extraña a esta situación la perspectiva de un eventual divorcio. Buscando el reconocimiento público del vínculo por parte del Estado, tales parejas demuestran una disposición a asumir, junto con las ventajas, también las obligaciones. A pesar de todo, tampoco esta situación es aceptable para la Iglesia. La acción pastoral tratará de hacer comprender la necesidad de coherencia entre la elección de vida y la fe que se profesa, e intentará hacer lo posible para convencer a estas personas a regular su propia situación a la luz de los principios cristianos. Aun tratándoles con gran caridad e interesándoles en la vida de las respectivas comunidades, los pastores de la Iglesia no podrán admitirles al uso de los sacramentos.”
Se trata de aquellos bautizados que, no teniendo impedimento alguno, deciden casarse por lo civil y prescinden del sacramento.
La extensión de una mentalidad secularizada de la relación matrimonial entre el hombre y la mujer y el indiferentismo religioso lleva a no pocos bautizados a plantearse su unión solo a nivel civil, al margen de toda celebración religiosa. Es una situación que supone la aceptación de una estabilidad en su relación por lo que “no puede equiparse sin más a los que conviven sin vínculo alguno”. Aunque algunas veces procede de la voluntad de dejar abierta la posibilidad a un futuro divorcio.
No obstante el valor de la unión de orden natural del hombre y la mujer, el matrimonio civil no permite la presencia de Cristo en su unión y su vocación bautismal, por lo que mientras persistan en esta situación, no se les puede admitir a la recepción de los sacramentos. Si esta situación no es por un rechazo a la fe sino por otras consideraciones, pertenece a la prudente discreción de los pastores orientar, guiar e insertar la correspondiente actividad pastoral de quienes se encuentran en esta situación.
Muchas veces puede deberse a ignorancia o a un temor de contraer un compromiso definitivo La adecuada acción pastoral comenzara por identificar los motivos que les han llevado a casarse sólo por lo civil. Si se ha producido un primer acercamiento puede ser signo de una fe incipiente que hay que fomentar. Un primer paso orientará a un mayor conocimiento y profundización en la vida cristiana, para hacerles descubrir la necesidad de la celebración del matrimonio sacramental. Para ello es de una gran eficacia su integración en la vida de las respectivas comunidades.
En el caso de que los unidos sólo con el matrimonio civil se separen y solicitaran casarse canónicamente con una tercera persona, es necesario proceder con cautela. Hay que hacer conciencia sobre ellos de la responsabilidad que tienen de atender a las obligaciones adquiridas con cuantos se hallan implicados en la situación (la anterior esposa, los hijos tenidos en el matrimonio, etc.); y constatar sus disposiciones y aptitudes ante la solicitud del matrimonio canónico. Se ha de de evitar cualquier apariencia de que la jerarquía “premia” la infidelidad, permitiéndoles una nueva unión.
· La secularización o secularismo que ha llevado al indiferentismo religioso a los mismos católicos bautizados.
· Falta de testimonio de algunos matrimonios.
· Mayores exigencias de tipo pastoral, jurídico y administrativo de la Iglesia.
· El matrimonio civil goza de un buen respaldo moral.
· Discrepancias de tipo religioso e ideológico.
· Razones de tipo práctico personal (“Por si las cosas no salen bien”).
· Falta de una buena evangelización y dentro de ella una buena catequesis acerca de la familia y de la razón de ser del sacramento del matrimonio.
1. La pastoral de estas situaciones tiene como finalidad
Ø “hacer comprender la necesidad de coherencia entre la elección de vida y la fe que se profesa”
Ø “e intentará hacer lo posible para hacer convencer a estas personas a regular su propia situación a la luz de los principios cristianos”.
2. Dada la pluralidad de situaciones, lo primero que se requiere es conocer bien cada una de las situaciones de quienes se han casado sólo por lo civil.
3. En los casos de parejas que viven en esa condición por una cultura tradicional un tanto marginada de la presencia de la Iglesia y su deficiente evangelización y catequización, lo primero que necesitaríamos no es precisamente forzar el sacramento sino evangelizarlos, ayudarlos a pasar de la simple religiosidad natural a una experiencia de fe.
4. Si se trata de bautizados que se han enfriado en la fe, o la han perdido, o al menos ya no la sienten, la tarea pastoral será de evangelización y catequización. Y esta evangelización ha de llevarse a cabo con mucha delicadeza, prudencia y respeto de los mismos esposos; se requerirá aquí la “pastoral del acercamiento”, de la “presencia”, sobre todo de la comunidad, a través de aquellos que por los vínculos de la amistad, están más cercanos a ellos. Además aquí es preciso aprovechar “ciertos momentos o situaciones familiares particulares”, por ejemplo, cuando piden el bautismo para los hijos.
5. Si el problema radica en la nueva mentalidad “anti-eclesial”, “anti-institucional”, las cosas suelen ser un tanto más complicadas. Aquí es conveniente aprovechar todas las oportunidades para encuentros de amistad, brindar ciertos servicios, que de alguna manera vayan derritiendo el hielo que los bloquea.
6. En todo caso, la misma prudencia exige una “pastoral de progresividad y sin prisas”. Lo más importante no es sacramentalizar su unión civil, sino despertar en ellos la fe y su sentido de Iglesia. El sacramento tiene que ser una consecuencia de evangelización que lleva al encuentro personal con Jesús.
7. A pesar de la situación irregular que a nivel sacramental presenta el matrimonio civil, no podemos dejar de aceptar su licitud jurídica.
8. En FC.82 y P. 595. 608 encontramos que:
· Le iglesia nos pide mantener un contacto respetuoso y caritativo.
· Tenemos que individualizar cada situación.
· Recalcar con objetividad y caridad la importancia de la coherencia entre la fe que se profesa y la elección de vida que se hace.
· Hay que interesarlos por los trabajos y la vida general de la vida parroquial.
· Pueden ser atendidos en dirección espiritual.
· Ayudarles a hacer la distinción entre comunión eclesial y comunión eucarística.
9. Litúrgicamente no pueden ser admitidos a los sacramentos de la eucaristía y la confesión, por tres razones básicas:
Ø Porque en ellos, como católicos, hay una ausencia del sentido católico cristiano del matrimonio como alianza fiel, indisoluble y exclusiva a semejanza de CRISTO con su iglesia. E F 5,21-22.
Ø Hay una privación voluntaria (a veces involuntaria) de la gracia del sacramento matrimonial que como creyentes deben vivir.
Ø Por cuestiones de tipo jurídico canónico, de carácter disciplinar hacia el interior mismo de la Iglesia.
10. ¿En qué casos pueden ser admitidos a los sacramentos de la eucaristía y la confesión?
ü Si formalizan su unión civil sacramentalmente
ü Si se separan o se divorcian.
ü Si enviudan.
ü Si en peligro de muerte, arrepentidos buscan esos sacramentos C.976.
ü Si por serios motivos: fama personal; educación y salud física, psíquica y académica de los hijos, no pueden cumplir con la separación o divorcio pero asumen la obligación de vivir en plena continencia.
11. La unción de los enfermos en situaciones especiales de edad y/o salud que los mantiene permanentemente en continencia, si ellos lo piden, se les debe de administrar.
12. Sus hijos pueden y deben ser bautizados y recibir los otros sacramentos.
13. Se les puede administrar la unción de los enfermos en situaciones especiales de edad y/o salud, si ellos lo piden.
14. Pueden participar de la dirección espiritual o consejería. Y pueden participar en ciertos
15. grupos de apostolado. En algunos casos no es prudente que sean los coordinados para evitar el escándalo. No deben ser padrinos de bautismo, confirma y matrimonio. C. 874 § 1.3., ni Ministros Extraordinarios de la Comunión.
3- Separados y Divorciados no casados de nuevo fieles al vínculo. (Familiaris Consortio 83)
La soledad y otras dificultades son a veces patrimonio del cónyuge separado, especialmente si es inocente. En este caso la comunidad eclesial debe particularmente sostenerlo, procurarle estima, solidaridad, comprensión y ayuda concreta, de manera que le sea posible conservar la fidelidad, incluso en la difícil situación en la que se encuentra; ayudarle a cultivar la exigencia del perdón, propio del amor cristiano y la disponibilidad a reanudar eventualmente la vida conyugal anterior.
Parecido es el caso del cónyuge que ha tenido que sufrir el divorcio, pero que —conociendo bien la indisolubilidad del vínculo matrimonial válido— no se deja implicar en una nueva unión, empeñándose en cambio en el cumplimiento prioritario de sus deberes familiares y de las responsabilidades de la vida cristiana. En tal caso su ejemplo de fidelidad y de coherencia cristiana asume un particular valor de testimonio frente al mundo y a la Iglesia, haciendo todavía más necesaria, por parte de ésta, una acción continua de amor y de ayuda, sin que exista obstáculo alguno para la admisión a los sacramentos.”
Se trata de aquellos fieles casados válidamente que habiéndose separado o divorciado se mantienen fieles al vínculo sacramental.
El matrimonio como comunión de personas exige por sí mismo, en justicia, la vida en común. “Existen sin embargo, situaciones en que la convivencia matrimonial se hace prácticamente imposible por razones muy diversas”. En tales casos la Iglesia admite la separación física de los esposos y el fin de la cohabitación. Los esposos no cesan de ser marido y mujer delante de Dios, ni pueden contraer otra unión. En esta situación difícil, la mejor solución será, si es posible, la reconciliación mediante la revitalización del amor compartido y ahora herido. La comunidad cristiana esta llamada a ayudar a estas personas a vivir cristianamente su situación en la fidelidad al vínculo de su matrimonio que permanece indisoluble.
En este caso, especialmente si se trata del cónyuge que no es el causante de la separación “la comunidad eclesial debe particularmente sostenerlo, procurarle estima, solidaridad, comprensión y ayuda concreta, de manera que le sea posible conservar la fidelidad a la indisolubilidad del vínculo matrimonial, incluso en la difícil situación en que se encuentra”, y así siga de testimonio empeñándose en el cumplimiento de sus deberes familiares. Hay que cuidar en especial de “ayudarle a cultivar la exigencia del perdón propio del amor cristiano y la disponibilidad a reanudar eventual mente la vida conyugal anterior”. Es extremadamente importante que no se sientan solos en su decisión. A la vez -es claro-nada hay que impida su participación en la vida de la Iglesia y en la admisión a los sacramentos; es mas, la Eucaristía será para ellos una fuente excelsa de fidelidad y fortaleza.
Si el divorcio civil representa la única manera posible de asegurar ciertos derechos legitimas, el cuidado de los hijos o la defensa del matrimonio, puede ser tolerado sin constituir falta moral. Con todo, tan solo se ha de acceder a él voluntariamente por motivos muy graves, evitando el escándalo y con la firme convicción de que equivale a una separación. No es, en modo alguno la ruptura del vinculo matrimonial
Con el que se ha visto obligado, sin culpa de su parte, a sufrir las consecuencias del divorcio civil, el cuidado pastoral seguirá un camino similar al que se ha de tener con los separados no casados de nuevo. La comunidad cristiana ha de sostenerlos y ayudarlos en el ejemplo de fidelidad y coherencia cristiana que, en su caso, tiene un valor particular de testimonio frente al mundo y a la Iglesia. No existe por este motivo, obstáculo alguno para que puedan ser recibidos a los sacramentos.
También al cónyuge causante del divorcio – lo mismo se ha de hacer con lo que es responsable de la separación – se le ha de tratar con mayor comprensión y misericordia. Pero para ser recibido a los sacramentos ha de dar muestras de verdadero arrepentimiento. Esto implica reparar, en lo posible, la situación irregular que se ha provocado. Debe ser consciente de que, a pesar de haber obtenido el divorcio civil, su matrimonio sacramental siendo valido y que, en consecuencia, la situación de separación en que se encuentra tan sólo es moralmente lícita si existen motivos que hacen inviable la reanudación de convivencia conyugal y hacia ese objetivo, siempre con la máxima prudencia y respeto, deberá orientarse preferentemente la acción pastoral.
· Incompatibilidad de caracteres, intelecto o religión.
· Adulterio.
· Desavenencias económicas.
· Terceras personas.
· Desarmonía sexo-genital (agresiones).
· Problemas de salud.
· Causas de tipo penal, etc.
EL ACOMPAÑAMIENTO PASTORAL A LAS PAREJAS EN SITUACIÓN IRREGULAR
La exigencia de fidelidad y de estabilidad que la razón humana descubre en el matrimonio aparece a la luz de la fe con mayor claridad. La iglesia, iluminada por el Espíritu Santo, descubre en las enseñanzas de Jesús que en el designio original de Dios el matrimonio es indisoluble: “Lo que Dios ha unido no lo separe el hombre” (Mc 10, 9).
“Llegada la plenitud de los tiempos” (Ga 4, 4), el matrimonio de los cristianos es por voluntad de Cristo, el Sacramento que actualiza y manifiesta la unión inefable, el amor fidelísimo y la entrega irrevocable de Jesucristo Esposo a su esposa la Iglesia (cf. Ef 5, 22 y ss)
El matrimonio cristiano simboliza esta entrega total y permanente de Cristo a los hombres, iniciada en la Encarnación del Hijo de Dios y consumada en su Cruz y Resurrección. La unión conyugal de los cristianos es, por tanto, indisoluble y exige la fidelidad mutua no sólo por razón del bien de ambos cónyuges, de los hijos y de toda la sociedad humana, sino principalmente por la condición sacramental del matrimonio cristiano.
En la celebración de este sacramento, Cristo se hace presente y actúa por su Espíritu en el varón y en la mujer, los une con el vínculo del amor conyugal y, a lo largo de su vida, los renueva interiormente cada día en su amor mutuo, si le son fieles. Esta renovación tiene su fuente principal cuando ambos cónyuges participan de manera consciente, activa y provechosa en la Eucaristía, donde Cristo actualiza sacramentalmente su entrega y amor por su esposa la Iglesia. Hay que recordar que es precisamente la Pascua de Cristo que, por la fuerza del Espíritu Santo y las palabras de la Institución, actualizada en la Eucaristía, la que fundamenta y fecunda el sacramento del matrimonio.
“El matrimonio tiene sus propios bienes y fines. Éstos no sólo afectan a los propios cónyuges, sino también a los hijos. De aquí que la estabilidad ya exigida por el singular amor conyugal, venga de nuevo urgida por la fundamental significación del matrimonio para la sociedad y por los valores y fines que le son propios. El matrimonio implica, por su misma naturaleza, deberes y derechos de los cónyuges entre sí y en relación con los hijos y con la sociedad, que no pueden quedar subordinados a la versatilidad del corazón humano” (nota doctrinal de la CEE, 1977).
II- La Situación Irregular: Razón del Término
“En su solicitud por tutelar la familia en toda su dimensión, no sólo la religiosa, el Sínodo no ha dejado de considerar atentamente algunas situaciones irregulares, desde el punto de vista religioso y con frecuencia también civil, que —con las actuales y rápidas transformaciones culturales— se van difundiendo por desgracia también entre los católicos con no leve daño de la misma institución familiar y de la sociedad, de la que ella es la célula fundamental”. FC 79.
Las situaciones de irregularidad se generan por la no adecuación del comportamiento a tres grandes criterios normativos entre cristianos:
Entonces conocemos como situaciones irregulares: los matrimonios a prueba; las uniones libres de hecho, los casados únicamente por el vínculo civil; los separados y divorciados no casados de nuevo; y los divorciados casados de nuevo. FC 80-84.
Cada uno de los tipos de situaciones irregulares está definido por elementos concretos y por ello, cada uno debe recibir un tratamiento específico según la atención pastoral que sugiere la Iglesia. La auténtica comunión eclesial exige una clara unidad en los criterios fundamentales para que nuestra pastoral sea creíble y afectiva. Específicamente comentamos cuatro de las situaciones irregulares nombradas en la Familiaris Consortio: uniones libres (FC 81), católicos unidos con matrimonio únicamente civil (FC 82), separados y divorciados no casados de nuevo (Familiaris Consortio 83), y los divorciados civilmente y vueltos a casar (FC 84). Seguiremos la reflexión teológica pastoral de estas situaciones iniciando con los divorciados civilmente y vueltos a casar.
1- Divorciados civilmente y casados de nuevo (Familiaris Consortio 84)
La Exhortación Apostólica Familiaris Consortio (1981) declara que la Iglesia en su ejercicio pastoral debe acercarse también y con especial cuidado a aquellas familias que se hallan en situaciones irregulares para acompañarles a fin de que se puedan acercar “al modelo de familia, que ha querido el Creador "desde el principio" y que Cristo ha renovado con su gracia redentora. (FC 65). El mismo documento define concretamente cuáles son esas situaciones irregulares y entre estas menciona a los divorciados vueltos a casar y señala que “la Iglesia instituida para conducir a la salvación a todos los hombres, sobre todo a los bautizados, no puede abandonar a sí mismos a quienes -unidos ya con el vínculo matrimonial sacramental- han intentado pasar a nuevas nupcias. Por lo tanto procurará infatigablemente poner a su disposición los medios de salvación. FC 84
Es la Familiaris Consortio el documento del Magisterio de la Iglesia que empieza a marcar líneas concretas y aclaras acerca de la atención que la Iglesia, comenzando por sus pastores, debe brindar a quienes se encuentran en esta dolorosa situación: “…exhorto vivamente a los pastores y a toda la comunidad de los fieles para que ayuden a los divorciados, procurando con solícita caridad que no se consideren separados de la Iglesia, pudiendo y aun debiendo, en cuanto bautizados, participar en su vida. Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la Misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar a los hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios. La Iglesia rece por ellos, los anime, se presente como madre misericordiosa y así los sostenga en la fe y en la esperanza.” La Iglesia está firmemente convencida de que también quienes se han alejado del mandato del Señor y viven en tal situación, pueden obtener de Dios la gracia de la conversión y de la salvación, si perseveran en la oración, en la penitencia y en la caridad. FC 84
Después de la Familiaris Consortio encontramos en los anales del Magisterio de la Iglesia Católica una serie de documentos que reafirman su vigente doctrina y normativa sobre los divorciados vueltos a casar en cuanto a su imposibilidad de acercarse al sacramento de la Reconciliación y a la Comunión Sacramental de la Eucaristía. Pero notamos a la vez una apertura a la toma de conciencia de una pastoral urgente que atienda efectivamente a los hijos de la Iglesia que sufren por no poder recibir el Cuerpo y la Sangre de Cristo. Así encontramos en el documento final de la IV Conferencia General del Episcopado Latinoamericano, realizada en Santo Domingo en el año 1992 la siguiente aportación: Se debe “buscar, siguiendo el ejemplo del Buen Pastor, caminos y formas para lograr una pastoral orientada a las parejas en situación irregular, especialmente las divorciadas y vueltos a casar civilmente. (SD 224). También en el Catecismo de la Iglesia Católica, publicado por Juan Pablo II en 1992, considera que “ respecto a los cristianos que viven en esta situación (divorciados vueltos a casar) y que con frecuencia conservan la fe y desean educar cristianamente a sus hijos, los sacerdotes y toda la comunidad deben dar prueba de una atenta solicitud, a fin de que aquellos no se consideren como separados de la Iglesia, de cuya vida pueden y deben participar en cuanto bautizados: Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar sus hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios (CIC 1651)
En el Año de la familia (1994) el mismo Papa Juan Pablo II escribió una carta dedicada a la familia donde también recuerda el cuidado que la Iglesia debe a los divorciados vueltos a casar: “Que esta oración (la de la Iglesia) llegue también a… las que se encuentran en situaciones que la Familiaris Consortio califica como «irregulares»9. ¡Que todas puedan sentirse abrazadas por el amor y la solicitud de los hermanos y hermanas!
Que la oración, en el Año de la familia, constituya ante todo un testimonio alentador por parte de las familias que, en la comunión doméstica, realizan su vocación de vida humana y cristiana. ¡Son tantas en cada nación, diócesis y parroquia! Se puede pensar razonablemente que esas familias constituyen «la norma», aun teniendo en cuenta las no pocas «situaciones irregulares». Y la experiencia demuestra cuán importante es el papel de una familia coherente con las normas morales, para que el hombre, que nace y se forma en ella, emprenda sin incertidumbres el camino del bien, inscrito siempre en su corazón.” (CF 5)
En el año 1997, se dirigió a los participantes de la XIII Asamblea Plenaria del Consejo Pontificio para la Familia, donde se discutió el tema de la pastoral para divorciados. El Papa señala que “«La pastoral de los divorciados vueltos a casar »— está hoy en el centro de la atención y de las preocupaciones de la Iglesia y de los pastores dedicados a la cura de almas, quienes no dejan de prodigar su solicitud pastoral a cuantos sufren por situaciones de dificultad en su familia.
La Iglesia no puede permanecer indiferente ante este doloroso problema, que afecta a tantos hijos suyos. Ya en la exhortación apostólica Familiaris Consortio (n. 84) reconocía que… «el problema debe afrontarse con atención improrrogable»… Estos hombres y mujeres deben saber que la Iglesia los ama, no está alejada de ellos y sufre por su situación. Los divorciados vueltos a casar son y siguen siendo miembros suyos, porque han recibido el bautismo y conservan la fe cristiana. Ciertamente, una nueva unión después del divorcio… no debe impedir el compromiso de la oración ni el testimonio activo de la caridad.
… Los divorciados vueltos a casar no pueden ser admitidos a la comunión eucarística, «dado que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía». Y esto, en virtud de la misma autoridad del Señor, Pastor de los pastores, que busca siempre a sus ovejas. Esto también vale para el sacramento de la penitencia, pues la condición de vida de los divorciados vueltos a casar, que siguen casados, está en contradicción con su significado doble y unitario de conversión y reconciliación.
Sin embargo, no faltan caminos pastorales oportunos para salir al encuentro de estas personas. La Iglesia ve sus sufrimientos y las graves dificultades que atraviesan, y en su caridad materna se preocupa tanto por ellos como por los hijos de su anterior matrimonio: privados del derecho original a la presencia de ambos padres, son las primeras víctimas de estas situaciones dolorosas.
Los pastores, especialmente los párrocos, deben acompañar y sostener de corazón a estos hombres y mujeres, ayudándoles a comprender que, aunque hayan roto el vínculo matrimonial, no deben perder la esperanza en la gracia de Dios, que vela sobre su camino. Los pastores están llamados a hacer sentir la caridad de Cristo y la materna cercanía de la Iglesia; los acogen con amor, exhortándolos a confiar en la misericordia de Dios y sugiriéndoles, con prudencia y respeto, caminos concretos de conversión y de participación en la vida de la comunidad eclesial… El Señor, movido por la misericordia, sale al encuentro de todos los necesitados, con la exigencia de la verdad y con el aceite de la caridad.
Cuando una pareja en situación irregular vuelve a la práctica cristiana es necesario acogerla con caridad y benevolencia, ayudándola a aclarar el estado concreto de su condición, a través de un trabajo pastoral iluminado e iluminador. Esta pastoral de acogida fraterna y evangélica es de gran importancia para los que habían perdido el contacto con la Iglesia, pues es el primer paso necesario para insertarlos en la práctica cristiana. Es preciso acercarlos a la escucha de la palabra de Dios y a la oración, implicarlos en las obras de caridad que la comunidad cristiana realiza en favor de los pobres y los necesitados, y estimular el espíritu de arrepentimiento con obras de penitencia, que preparen su corazón para acoger la gracia de Dios.
Un capítulo muy importante es el de la formación humana y cristiana de los hijos de la nueva unión. Hacerlos partícipes de todo el contenido de la sabiduría del Evangelio, según la enseñanza de la Iglesia, es una obra que prepara admirablemente el corazón de los padres para recibir la fuerza y la claridad necesarias a fin de superar las dificultades reales que encuentran en su camino y volver a tener la plena transparencia del misterio de Cristo, que el matrimonio cristiano significa y realiza. Una tarea especial, difícil pero necesaria, corresponde también a los otros miembros que, de modo más o menos cercano, forman parte de la familia. Ellos, con una cercanía que no puede confundirse con la condescendencia, han de ayudar a sus seres queridos, y de manera particular a los hijos, que por su joven edad sufren más los efectos de la situación de sus padres.
Queridos hermanos y hermanas, la recomendación que brota hoy de mi corazón es la de tener confianza en todos los que viven situaciones tan dramáticas y dolorosas. No hay que dejar de «esperar contra toda esperanza» (Rm 4, 18) que también los que se encuentran en una situación no conforme con la voluntad del Señor puedan obtener de Dios la salvación, si saben perseverar en la oración, en la penitencia y en el amor verdadero.” (Cf. Discurso del Papa Juan Pablo II a los participantes de la Asamblea Plenaria del Consejo Pontificio para la Familia, nn. 1- 4. 24 de Enero de 1997)
Con ocasión del veinteavo aniversario de la Familiaris Consortio, Juan Pablo II, en un mensaje recuerda que “no hay que dejar de ofrecer el apoyo necesario a las familias que atraviesan situaciones difíciles, las cuales requieren mayor asistencia pastoral, como, por ejemplo, los divorciados vueltos a casar. (22 de noviembre del 2001)
El Papa Benedicto XVI también ha asumido una actitud de acogida y acompañamiento hacia los divorciados vueltos a casar y expresa por ellos un profundo dolor y preocupación. En un diálogo con los sacerdotes de la diócesis de Aosta, el 25 de Julio del 2005, el Papa expresó: “Sabemos todos que éste es un problema particularmente doloroso para las personas que viven en situaciones en las que son excluidas de la comunión eucarística y naturalmente para los sacerdotes que quieren ayudar a estas personas a amar a la Iglesia, a querer a Cristo. Esto plantea un problema.
Ninguno de nosotros tiene una receta, en parte porque las situaciones son siempre diferentes… en cualquier caso me parecen muy importantes dos aspectos. El primero: aunque no puedan recibir la comunión sacramental no están excluidos del amor de la Iglesia y del amor de Cristo. Una Eucaristía sin la comunión sacramental inmediata ciertamente no es completa, falta algo esencial. Sin embargo también es verdad que participar en la Eucaristía sin comunión eucarística no es igual a nada, implica estar siempre implicados en el misterio de la Cruz y de la resurrección de Cristo. Siempre es participación en el gran sacramento en su dimensión espiritual y pneumática; también en su dimensión eclesial, aunque no estrictamente sacramental. Y puesto que es el Sacramento de la Pasión de Cristo, el Cristo doliente abraza de modo particular a estas personas y se comunica con ellas de otro modo, pueden sentirse así abrazadas por el Señor crucificado que cae a tierra y muere y sufre por ellos, con ellos.
Hace falta, pues, dar a entender que aunque desafortunadamente falta una dimensión fundamental, no están excluidos del gran misterio de la Eucaristía, del amor de Cristo aquí presente. Esto me parece importante, como es importante que el párroco y la comunidad parroquial hagan experimentar a estas personas que, por una parte, tenemos que respetar el carácter indivisible del sacramento y, por otra parte, que queremos a estas personas que también sufren por nosotros… Por una parte, pues, están el bien de la comunidad y el bien del sacramento que tenemos que respetar y por la otra el sufrimiento de las personas a las que tenemos que ayudar.
El segundo punto que tenemos que enseñar y también hacer creíble para nuestra misma vida es que el sufrimiento, forma parte necesariamente de nuestra vida en muchas formas. Y éste es un sufrimiento noble, diría yo. De nuevo hace falta hacer entender que el placer no lo es todo.
El cristianismo nos da alegría, como el amor da alegría. Pero el amor también es siempre renuncia a sí mismo. El mismo Dios nos ha dado la fórmula de qué es amor: quien se pierde a sí mismo se encuentra; quien asegura su vida se pierde.
Siempre es un éxodo y por lo tanto también un sufrimiento. El gozo verdadero es una cosa diferente del placer, la alegría crece, madura siempre con el sufrimiento en comunión con la Cruz de Cristo. Sólo aquí nace el gozo verdadero de la fe, de la que tampoco están excluidos si aprenden a aceptar su sufrimiento en comunión con el de Cristo.”
En su primera Exhortación Apostólica “Sacramentum Caritatis, promulgada el 22 de febrero del 2007, el Sumo Pontífice recuerda a los divorciados vueltos a casar diciendo que “está más que justificada la atención pastoral que el Sínodo ha dedicado a las situaciones dolorosas en que se encuentran no pocos fieles que, después de haber celebrado el sacramento del Matrimonio, se han divorciado y contraído nuevas nupcias. Se trata de un problema pastoral difícil y complejo… que afecta de manera creciente incluso a los ambientes católicos. Los Pastores, por amor a la verdad, están obligados a discernir bien las diversas situaciones, para ayudar espiritualmente de modo adecuado a los fieles implicados. El Sínodo de los Obispos ha confirmado la praxis de la Iglesia, fundada en la Sagrada Escritura (cf. Mc 10,2-12), de no admitir a los sacramentos a los divorciados casados de nuevo, porque su estado y su condición de vida contradicen objetivamente esa unión de amor entre Cristo y la Iglesia que se significa y se actualiza en la Eucaristía. Sin embargo, los divorciados vueltos a casar, a pesar de su situación, siguen perteneciendo a la Iglesia, que los sigue con especial atención, con el deseo de que, dentro de lo posible, cultiven un estilo de vida cristiano mediante la participación en la santa Misa, aunque sin comulgar, la escucha de la Palabra de Dios, la Adoración eucarística, la oración, la participación en la vida comunitaria, el diálogo con un sacerdote de confianza o un director espiritual, la entrega a obras de caridad, de penitencia, y la tarea de educar a los hijos.
Donde existan dudas legítimas sobre la validez del Matrimonio sacramental contraído, se debe hacer todo lo necesario para averiguar su fundamento. Es preciso también asegurar, con pleno respeto del derecho canónico, que haya tribunales eclesiásticos en el territorio, su carácter pastoral, así como su correcta y pronta actuación. En cada diócesis ha de haber un número suficiente de personas preparadas para el adecuado funcionamiento de los tribunales eclesiásticos. Recuerdo que « es una obligación grave hacer que la actividad institucional de la Iglesia en los tribunales sea cada vez más cercana a los fieles. (Cf. SC 29)
El 24 de Julio del 2007 el Papa Benedicto XVI se encontró con los párrocos y sacerdotes de las diócesis de Belluno- Feltre y Treviso. Allí un sacerdote preguntó al Santo Padre:
“Cada vez aumentan más los casos de personas divorciadas que se vuelven a casar, conviviendo, y nos piden a los sacerdotes una ayuda para su vida espiritual. Estas personas con frecuencia sufren por no poder acceder a los sacramentos. Es necesario afrontar esas situaciones, compartiendo los sufrimientos que implican. Santo Padre, ¿con qué actitudes humanas, espirituales y pastorales podemos conjugar la misericordia y la verdad?... “
Entre otras palabras, el Papa respondió: “sí, se trata de un problema doloroso, y ciertamente no existe una receta sencilla para resolverlo. Todos sufrimos por este problema, pues todos tenemos cerca a personas que se encuentran en esa situación (divorciados vueltos a casar) y sabemos que para ellos es un dolor y un sufrimiento, porque quieren estar en plena comunión con la Iglesia… La presencia permanente de la Iglesia ayuda a estas personas a soportar… el sufrimiento de encontrarse en un vínculo nuevo, que no es el sacramental y que por tanto no permite la comunión plena en los sacramentos de la Iglesia. Aquí se trata de enseñar y aprender que… el sufrimiento puede ser algo muy positivo, pues nos ayuda a madurar, a ser lo que debemos ser, a estar más cerca del Señor, que sufrió por nosotros y sufre con nosotros. Así pues, también en esta segunda situación es de suma importancia la presencia del sacerdote, de las familias, de los Movimientos, la comunión personal y comunitaria, la ayuda del amor al prójimo, un amor muy específico. Sólo este amor profundo de la Iglesia, que se realiza con un acompañamiento múltiple, puede ayudar a estas personas a sentirse amadas por Cristo, miembros de la Iglesia, incluso en una situación difícil, y a vivir la fe.”
Orientaciones Ético-Pastorales (a modo de conclusiones)
Estos criterios son los que sirven de marco y de guía a las posibles acciones pastorales:
a) La pastoral con los DVC forma parte de la misión misma de la Iglesia, como sacramento de salvación para todos.
b) Por tanto, frente a una realidad cada día más notable, se trata de una urgencia para la Iglesia misma.
c) Es una exigencia eclesial, a la que no puede renunciar ya que las parejas de divorciados vueltos casar siguen siendo miembros de la Iglesia. A pesar de su situación no han renunciado a su bautismo ni a su fe.
d) El amor pastoral de la Iglesia hacia estas parejas tiene que hacerse sentir, hacerse visible, no sólo en los anuncios y los discursos, sino en acciones concretas. Es decir, los divorciados vueltos a casar tienen que “sentir este amor de la Iglesia”. No es suficiente que “sepan” que la Iglesia los ama. Tienen que sentirlo. Un amor que no se experimenta no es verdadero amor.
De aquí surgen las siguientes orientaciones:
1. La Iglesia no puede permanecer indiferente a estas situaciones dolorosas. Por tanto pastores, por amor a la verdad, están obligados a distinguir bien entre las diferentes situaciones para poder brindar con prudencia el debido acompañamiento.
2. Los pastores y a toda la comunidad deben ayudar a los divorciados casados de nuevo para que no se consideren separados de la Iglesia, para esto hay que animarlos a que participen de su vida.
3. Mantener una actitud una de acogida de respecto a estos matrimonios, sin olvidarnos de los matrimonios sacramentales.
4. Litúrgicamente pueden:
· Participar en la santa Misa, aunque sin comulgar
· Hacer la comunión espiritual
· Escucha la Palabra de Dios
· Hacer Adoración eucarística
· Perseverar en la oración
5. Deben incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad a favor de la justicia.
6. Educar a los hijos en la fe cristiana y los sacramentos.
7. Cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar la gracia de Dios.
8. Deben abstenerse del sacramento de la confesión y de la Comunión Eucarística, no por castigo sino por razones teológico - jurídicas que surgen de la misma naturaleza del matrimonio.
9. Se puede administrar la Unción de los enfermos para casos especiales (peligro de muerte).
10. Deben abstenerse también de ser padrinos de bautismo, confirma y matrimonio C.874 § 1.3, C. 893 § 1.
11. Es importante ayudarles a comprender la distinción entre comunión eclesial, comunión sacramental y comunión espiritual.
12. Deben ser invitados y admitidos a las diferentes actividades litúrgicas que se realizan en la parroquia dentro del Templo y fuera de él.
13. Pueden participar en algunos movimientos apostólicos y de recibir consejería espiritual. No deben ejercer funciones directas respecto a los sacramentos que no pueden recibir.
14. Podrían ser admitidos a esos sacramentos cuando:
· Si se divorcian o se separan y permanecen así fieles al primer matrimonio.
· Si enviudan y arrepentidos buscan los sacramentos.
· Si en peligro de muerte, arrepentidos buscan el sacramento de la confesión.
· Si por serios motivos (Fama personal, crianza de los hijos, edad o enfermedad y otros) no pueden cumplir la obligación de la separación o divorcio civil, pero se comprometen ante el confesor de “abstenerse de los actos propios de los esposos”.
16. Recordarles la doctrina de la Iglesia, que sin dejar de ser fiel al Evangelio, no les niega a este tipo de matrimonios la gracia de la salvación y la conversión si se esfuerzan por llevar una vida digna y cristiana.
17. Para que puedan llevar esa vida digna y cristiana es importante pastoralmente la búsqueda de nuevos caminos, nuevas reflexiones, nuevas posibilidades, a través de un proceso de evangelización, desde su situación particular, que les mantenga cerca de la Iglesia
18. Ese proceso evangelizador inicia con la invitación a vivir la verdad de su bautismo, sobre todo como elemento de comunión eclesial.
IV- Las otras Situaciones Irregulares y Orientaciones Pastorales
1– “Uniones libres de hecho” (Familiaris Consortio 81)
“Se trata de uniones sin algún vínculo institucional públicamente reconocido, ni civil ni religioso. Este fenómeno, cada vez más frecuente, ha de llamar la atención de los pastores de almas, ya que en el mismo puede haber elementos varios, actuando sobre los cuales será quizá posible limitar sus consecuencias. En efecto, algunos se consideran como obligados por difíciles situaciones -económicas, culturales y religiosas- en cuanto que, contrayendo matrimonio regular, quedarían expuestos a daños, a la pérdida de ventajas económicas, a discriminaciones, etc. En otros, por el contrario, se encuentra una actitud de desprecio, contestación o rechazo de la sociedad, de la institución familiar, de la organización socio-política o de la mera búsqueda del placer. Otros, finalmente, son empujados por la extrema ignorancia y pobreza, a veces por condicionamientos debidos a situaciones de verdadera injusticia, o también por una cierta inmadurez psicológica que les hace sentir la incertidumbre o el temor de atarse con un vínculo estable y definitivo. En algunos países las costumbres tradicionales prevén el matrimonio verdadero y propio solamente después de un periodo de cohabitación y después del nacimiento del primer hijo.
Cada uno de estos elementos pone a la Iglesia serios problemas pastorales, por las graves consecuencias religiosas y morales que de ellos derivan (pérdida del sentido religioso del matrimonio visto a la luz de la Alianza de Dios con su pueblo, privación de la gracia del sacramento, grave escándalo), así como también por las consecuencias sociales (destrucción del concepto de familia, atenuación del sentido de fidelidad incluso hacia la sociedad, posibles traumas psicológicos en los hijos y afirmación del egoísmo). Los pastores y la comunidad eclesial se preocuparán por conocer tales situaciones y sus causas concretas, caso por caso; se acercarán a los que conviven, con discreción y respeto; se empeñarán en una acción de iluminación paciente, de corrección caritativa y de testimonio familiar cristiano que pueda allanarles el camino hacia la regularización de su situación. Pero, sobre todo, adelántense enseñándoles a cultivar el sentido de la fidelidad en la educación moral y religiosa de los jóvenes; instruyéndoles sobre las condiciones y estructuras que favorecen tal fidelidad, sin la cual no se da verdadera libertad; ayudándoles a madurar espiritualmente y haciéndoles comprender la rica realidad humana y sobrenatural del matrimonio-sacramento.
El pueblo de Dios se esfuerce también ante las autoridades públicas para que, -resistiendo a las tendencias disgregadoras de la misma sociedad y nocivas para la dignidad, seguridad y bienestar de los ciudadanos-, procuren que la opinión pública no sea llevada a menospreciar la importancia institucional del matrimonio y de la familia. Y dado que en muchas regiones, a causa de la extrema pobreza derivada de unas estructuras socio-económicas injustas o inadecuadas, los jóvenes no están en condiciones de casarse como conviene, la sociedad y las autoridades públicas favorezcan el matrimonio legítimo a través de una serie de intervenciones sociales y políticas, garantizando el salario familiar, emanando disposiciones para una vivienda apta a la vida familiar y creando posibilidades adecuadas de trabajo y de vida.”
El fenómeno de la privatización del matrimonio, es decir considerarlo como una convivencia que afecta solo a dos personas y en el que ni sociedad ni religión debe inmiscuirse, ha conducido a la proliferación de las denominadas “uniones de hecho” sin ningún vinculo ni civil, ni religioso.
Es un reto a nivel social, no sólo porque se le considera un modo lícito de convivir, sino porque además se reclama su equiparación en derechos al matrimonio.
También son muy diversos los motivos que ha llevado a tomar esa decisión de formar una “unión de hecho ” sin contraer matrimonio: falta de formación, falta de fe, ruptura con la familia, desconfianza en el futuro, limitaciones económicas, una mal entendida libertad que rechaza todo vinculo jurídico, etc. En todo caso se trata de una situación irregular que no permite su acceso a los sacramentos mientras no exista una voluntad de cambiar de vida, porque faltan las disposiciones necesarias para recibir la gracia del Señor.
Siendo también causa de la unión de hecho una ignorancia acerca de la dignidad matrimonial se hace necesario anunciar el evangelio del matrimonio que ayude a encontrar, que lleva a la santidad de la familia
Dado lo inestable de su situación, los mismos acontecimientos de la vida pueden hacerles considerar su postura, sobre todo cuando aparecen los hijos. Si existe un rescoldo de fe es un buen momento para proponerles la buena noticia del matrimonio cristiano y guiarles hacia su celebración. Es habitual encontrar parejas en que uno de los dos, con empecinada actitud no permite que el otro normalice tal situación, para ellos tenemos una palabra de consuelo y aliento a perseverar en la búsqueda de una adecuada solución.
· Vivimos en una sociedad muy caracterizada por el individualismo subjetivista, por la permisividad y la sobre tolerancia. La Iglesia piensa que esto aumenta este tipo de uniones, aún entre los católicos bautizados.
· Jurídicamente las Uniones libres en general no están reconocidas por el derecho eclesiástico. Sin embargo, en el derecho civil costarricense, a nivel de la promoción de la igualdad real de la mujer de 1992, se le ha dado a esas uniones algún reconocimiento que respalda alas mujeres en unión libre.
· Situaciones complejas a nivel económico o a nivel cultural.
· Razones religiosas, ideológicas.
· Razones de desprecio, o de rechazo, contestatarias de frente a lo constitucional.
· Por mero placer despersonalizante.
· Por ignorancia socio-cultural y religiosa, pobreza intelectual y material. Inmadurez psico-social.
1. Los pastores y la comunidad cristiana deben esforzarse por establecer un diálogo para discernir cuál es la situación jurídica civil que les impide casarse. Toda persona en unión libre está llamada a la conversión.
2. Se debe desarrollare una “pastoral de proximidad y acercamiento” para hacerles sentir la presencia de la Iglesia “a pesar de su situación”.
3. Una vez dada la acogida se hace necesaria una “pastoral de discreción y respeto” tanto a su realidad como a sus personas. Manteniendo con ellos un diálogo que lleva con paciencia un proceso de evangelización que los orienta hacia la vida sacramental del matrimonio.
4. Procurar como Iglesia que los Gobiernos no legislen en contra de la institución del matrimonio.
5. Luchar contra las condiciones de injusticia y pobreza que impiden a los jóvenes formalizar su unión como pareja.
6. Es claro que los padres de familia deben ser claros en manifestar su juicio y su malestar frente a tales decisiones. E incluso hacerles ver que “convivir como pareja” expresa una incoherencia con su fe, con su bautismo, con la Iglesia y con toda la formación que han recibido.
7. Pero deberán respetar tales decisiones, por más que no las compartan. Al fin, son ellos los que deciden tanto su futuro como su actitud de creyentes.
8. Ciertamente que estas situaciones crean desequilibrios familiares. Sin embargo, no debieran romper los lazos de familia. Los padres de familia tampoco pueden caer en el indiferentismo. Ni en el rechazo que los haga olvidar a su propia suerte. Son precisamente ellos quienes más necesitados están de nuestra comprensión, amistad y cariño.
9. La respuesta de Jesús pudiera ser un buen criterio de pastoral: “no son los sanos sino los enfermos quienes necesitan de médico”. (Cf. Mt 9, 12 - 13)
10. En la pastoral de estas situaciones es importante aprovechar ciertos momentos fuertes de la vida: el bautismo de los hijos, la Primera Comunión, etc. Todos sabemos que hay ciertos momentos en los que nuestra sensibilidad, incluso religiosa, aflora aún sin darnos cuenta. La atención delicada en esos momentos, el diálogo sincero y fraterno, la acogida que les hace sentir como miembros de la comunidad, pudiera ayudar para llevarles a una reflexión mucho más sincera sobre su situación y a facilitarles el retorno a la experiencia de su fe.
11. Para la Iglesia Católica las uniones libres entre bautizados católicos no se aceptan porque hay pérdida del sentido religioso del matrimonio como expresión de la alianza estable que Dios vive con su pueblo. Alianza que es fiel, exclusiva e indisoluble. Posibles trauma o preocupaciones tanto personales como sociales en papás o hijos.
12. El número de católicos bautizados es creciente en la Iglesia. De frente a ello el Magisterio pide recatequizar sobre el sacramento del matrimonio, compromiso cristiano coherencia entre fe y vida, que ayude a tomar conciencia sobre la importancia social y sacramental de la institución de la familia. FC. 76.
13. Litúrgicamente los que están en unión libre no se deben rechazar. Ellos deben participar de la vida litúrgica de la Iglesia aunque sea de modo imperfecto. Pastoralmente los puede ayudar el hacer una distinción entre comunión sacramental y comunión eclesial.
14. ¿Cuándo pueden confesarse y comulgar?
· Si se separan
· Si enviudan
· Si aspiran al sacramento del matrimonio
· Si tienen graves dificultades para separarse, absteniéndose, bajo promesa al confesar, de la vida íntima. Es recomendable cuando se hace esa promesa, aconsejar a la pareja que comulguen en otra parroquia o filial donde no les conozcan, esto para evitar disgustos públicos.
15. En casos donde hay unión libre pero todos les tiene por casados, y cuando civil y eclesiásticamente son solteros, puede celebrárseles el matrimonio privadamente mientras no haya impedimentos: c 1130-1133.
16. Sus hijos pueden y deben ser bautizados y recibir los otros sacramentos.
17. Pueden participar en ministerios musicales y de animación y ocupar cualquier lugar en el templo.
2- Católicos unidos con matrimonio únicamente civil (Familiaris Consortio 82)
“Es cada vez más frecuente el caso de católicos que, por motivos ideológicos y prácticos, prefieren contraer sólo matrimonio civil, rechazando o, por lo menos, difiriendo el religioso. Su situación no puede equipararse sin más a la de los que conviven sin vínculo alguno, ya que hay en ellos al menos un cierto compromiso a un estado de vida concreto y quizá estable, aunque a veces no es extraña a esta situación la perspectiva de un eventual divorcio. Buscando el reconocimiento público del vínculo por parte del Estado, tales parejas demuestran una disposición a asumir, junto con las ventajas, también las obligaciones. A pesar de todo, tampoco esta situación es aceptable para la Iglesia. La acción pastoral tratará de hacer comprender la necesidad de coherencia entre la elección de vida y la fe que se profesa, e intentará hacer lo posible para convencer a estas personas a regular su propia situación a la luz de los principios cristianos. Aun tratándoles con gran caridad e interesándoles en la vida de las respectivas comunidades, los pastores de la Iglesia no podrán admitirles al uso de los sacramentos.”
Se trata de aquellos bautizados que, no teniendo impedimento alguno, deciden casarse por lo civil y prescinden del sacramento.
La extensión de una mentalidad secularizada de la relación matrimonial entre el hombre y la mujer y el indiferentismo religioso lleva a no pocos bautizados a plantearse su unión solo a nivel civil, al margen de toda celebración religiosa. Es una situación que supone la aceptación de una estabilidad en su relación por lo que “no puede equiparse sin más a los que conviven sin vínculo alguno”. Aunque algunas veces procede de la voluntad de dejar abierta la posibilidad a un futuro divorcio.
No obstante el valor de la unión de orden natural del hombre y la mujer, el matrimonio civil no permite la presencia de Cristo en su unión y su vocación bautismal, por lo que mientras persistan en esta situación, no se les puede admitir a la recepción de los sacramentos. Si esta situación no es por un rechazo a la fe sino por otras consideraciones, pertenece a la prudente discreción de los pastores orientar, guiar e insertar la correspondiente actividad pastoral de quienes se encuentran en esta situación.
Muchas veces puede deberse a ignorancia o a un temor de contraer un compromiso definitivo La adecuada acción pastoral comenzara por identificar los motivos que les han llevado a casarse sólo por lo civil. Si se ha producido un primer acercamiento puede ser signo de una fe incipiente que hay que fomentar. Un primer paso orientará a un mayor conocimiento y profundización en la vida cristiana, para hacerles descubrir la necesidad de la celebración del matrimonio sacramental. Para ello es de una gran eficacia su integración en la vida de las respectivas comunidades.
En el caso de que los unidos sólo con el matrimonio civil se separen y solicitaran casarse canónicamente con una tercera persona, es necesario proceder con cautela. Hay que hacer conciencia sobre ellos de la responsabilidad que tienen de atender a las obligaciones adquiridas con cuantos se hallan implicados en la situación (la anterior esposa, los hijos tenidos en el matrimonio, etc.); y constatar sus disposiciones y aptitudes ante la solicitud del matrimonio canónico. Se ha de de evitar cualquier apariencia de que la jerarquía “premia” la infidelidad, permitiéndoles una nueva unión.
· La secularización o secularismo que ha llevado al indiferentismo religioso a los mismos católicos bautizados.
· Falta de testimonio de algunos matrimonios.
· Mayores exigencias de tipo pastoral, jurídico y administrativo de la Iglesia.
· El matrimonio civil goza de un buen respaldo moral.
· Discrepancias de tipo religioso e ideológico.
· Razones de tipo práctico personal (“Por si las cosas no salen bien”).
· Falta de una buena evangelización y dentro de ella una buena catequesis acerca de la familia y de la razón de ser del sacramento del matrimonio.
1. La pastoral de estas situaciones tiene como finalidad
Ø “hacer comprender la necesidad de coherencia entre la elección de vida y la fe que se profesa”
Ø “e intentará hacer lo posible para hacer convencer a estas personas a regular su propia situación a la luz de los principios cristianos”.
2. Dada la pluralidad de situaciones, lo primero que se requiere es conocer bien cada una de las situaciones de quienes se han casado sólo por lo civil.
3. En los casos de parejas que viven en esa condición por una cultura tradicional un tanto marginada de la presencia de la Iglesia y su deficiente evangelización y catequización, lo primero que necesitaríamos no es precisamente forzar el sacramento sino evangelizarlos, ayudarlos a pasar de la simple religiosidad natural a una experiencia de fe.
4. Si se trata de bautizados que se han enfriado en la fe, o la han perdido, o al menos ya no la sienten, la tarea pastoral será de evangelización y catequización. Y esta evangelización ha de llevarse a cabo con mucha delicadeza, prudencia y respeto de los mismos esposos; se requerirá aquí la “pastoral del acercamiento”, de la “presencia”, sobre todo de la comunidad, a través de aquellos que por los vínculos de la amistad, están más cercanos a ellos. Además aquí es preciso aprovechar “ciertos momentos o situaciones familiares particulares”, por ejemplo, cuando piden el bautismo para los hijos.
5. Si el problema radica en la nueva mentalidad “anti-eclesial”, “anti-institucional”, las cosas suelen ser un tanto más complicadas. Aquí es conveniente aprovechar todas las oportunidades para encuentros de amistad, brindar ciertos servicios, que de alguna manera vayan derritiendo el hielo que los bloquea.
6. En todo caso, la misma prudencia exige una “pastoral de progresividad y sin prisas”. Lo más importante no es sacramentalizar su unión civil, sino despertar en ellos la fe y su sentido de Iglesia. El sacramento tiene que ser una consecuencia de evangelización que lleva al encuentro personal con Jesús.
7. A pesar de la situación irregular que a nivel sacramental presenta el matrimonio civil, no podemos dejar de aceptar su licitud jurídica.
8. En FC.82 y P. 595. 608 encontramos que:
· Le iglesia nos pide mantener un contacto respetuoso y caritativo.
· Tenemos que individualizar cada situación.
· Recalcar con objetividad y caridad la importancia de la coherencia entre la fe que se profesa y la elección de vida que se hace.
· Hay que interesarlos por los trabajos y la vida general de la vida parroquial.
· Pueden ser atendidos en dirección espiritual.
· Ayudarles a hacer la distinción entre comunión eclesial y comunión eucarística.
9. Litúrgicamente no pueden ser admitidos a los sacramentos de la eucaristía y la confesión, por tres razones básicas:
Ø Porque en ellos, como católicos, hay una ausencia del sentido católico cristiano del matrimonio como alianza fiel, indisoluble y exclusiva a semejanza de CRISTO con su iglesia. E F 5,21-22.
Ø Hay una privación voluntaria (a veces involuntaria) de la gracia del sacramento matrimonial que como creyentes deben vivir.
Ø Por cuestiones de tipo jurídico canónico, de carácter disciplinar hacia el interior mismo de la Iglesia.
10. ¿En qué casos pueden ser admitidos a los sacramentos de la eucaristía y la confesión?
ü Si formalizan su unión civil sacramentalmente
ü Si se separan o se divorcian.
ü Si enviudan.
ü Si en peligro de muerte, arrepentidos buscan esos sacramentos C.976.
ü Si por serios motivos: fama personal; educación y salud física, psíquica y académica de los hijos, no pueden cumplir con la separación o divorcio pero asumen la obligación de vivir en plena continencia.
11. La unción de los enfermos en situaciones especiales de edad y/o salud que los mantiene permanentemente en continencia, si ellos lo piden, se les debe de administrar.
12. Sus hijos pueden y deben ser bautizados y recibir los otros sacramentos.
13. Se les puede administrar la unción de los enfermos en situaciones especiales de edad y/o salud, si ellos lo piden.
14. Pueden participar de la dirección espiritual o consejería. Y pueden participar en ciertos
15. grupos de apostolado. En algunos casos no es prudente que sean los coordinados para evitar el escándalo. No deben ser padrinos de bautismo, confirma y matrimonio. C. 874 § 1.3., ni Ministros Extraordinarios de la Comunión.
3- Separados y Divorciados no casados de nuevo fieles al vínculo. (Familiaris Consortio 83)
La soledad y otras dificultades son a veces patrimonio del cónyuge separado, especialmente si es inocente. En este caso la comunidad eclesial debe particularmente sostenerlo, procurarle estima, solidaridad, comprensión y ayuda concreta, de manera que le sea posible conservar la fidelidad, incluso en la difícil situación en la que se encuentra; ayudarle a cultivar la exigencia del perdón, propio del amor cristiano y la disponibilidad a reanudar eventualmente la vida conyugal anterior.
Parecido es el caso del cónyuge que ha tenido que sufrir el divorcio, pero que —conociendo bien la indisolubilidad del vínculo matrimonial válido— no se deja implicar en una nueva unión, empeñándose en cambio en el cumplimiento prioritario de sus deberes familiares y de las responsabilidades de la vida cristiana. En tal caso su ejemplo de fidelidad y de coherencia cristiana asume un particular valor de testimonio frente al mundo y a la Iglesia, haciendo todavía más necesaria, por parte de ésta, una acción continua de amor y de ayuda, sin que exista obstáculo alguno para la admisión a los sacramentos.”
Se trata de aquellos fieles casados válidamente que habiéndose separado o divorciado se mantienen fieles al vínculo sacramental.
El matrimonio como comunión de personas exige por sí mismo, en justicia, la vida en común. “Existen sin embargo, situaciones en que la convivencia matrimonial se hace prácticamente imposible por razones muy diversas”. En tales casos la Iglesia admite la separación física de los esposos y el fin de la cohabitación. Los esposos no cesan de ser marido y mujer delante de Dios, ni pueden contraer otra unión. En esta situación difícil, la mejor solución será, si es posible, la reconciliación mediante la revitalización del amor compartido y ahora herido. La comunidad cristiana esta llamada a ayudar a estas personas a vivir cristianamente su situación en la fidelidad al vínculo de su matrimonio que permanece indisoluble.
En este caso, especialmente si se trata del cónyuge que no es el causante de la separación “la comunidad eclesial debe particularmente sostenerlo, procurarle estima, solidaridad, comprensión y ayuda concreta, de manera que le sea posible conservar la fidelidad a la indisolubilidad del vínculo matrimonial, incluso en la difícil situación en que se encuentra”, y así siga de testimonio empeñándose en el cumplimiento de sus deberes familiares. Hay que cuidar en especial de “ayudarle a cultivar la exigencia del perdón propio del amor cristiano y la disponibilidad a reanudar eventual mente la vida conyugal anterior”. Es extremadamente importante que no se sientan solos en su decisión. A la vez -es claro-nada hay que impida su participación en la vida de la Iglesia y en la admisión a los sacramentos; es mas, la Eucaristía será para ellos una fuente excelsa de fidelidad y fortaleza.
Si el divorcio civil representa la única manera posible de asegurar ciertos derechos legitimas, el cuidado de los hijos o la defensa del matrimonio, puede ser tolerado sin constituir falta moral. Con todo, tan solo se ha de acceder a él voluntariamente por motivos muy graves, evitando el escándalo y con la firme convicción de que equivale a una separación. No es, en modo alguno la ruptura del vinculo matrimonial
Con el que se ha visto obligado, sin culpa de su parte, a sufrir las consecuencias del divorcio civil, el cuidado pastoral seguirá un camino similar al que se ha de tener con los separados no casados de nuevo. La comunidad cristiana ha de sostenerlos y ayudarlos en el ejemplo de fidelidad y coherencia cristiana que, en su caso, tiene un valor particular de testimonio frente al mundo y a la Iglesia. No existe por este motivo, obstáculo alguno para que puedan ser recibidos a los sacramentos.
También al cónyuge causante del divorcio – lo mismo se ha de hacer con lo que es responsable de la separación – se le ha de tratar con mayor comprensión y misericordia. Pero para ser recibido a los sacramentos ha de dar muestras de verdadero arrepentimiento. Esto implica reparar, en lo posible, la situación irregular que se ha provocado. Debe ser consciente de que, a pesar de haber obtenido el divorcio civil, su matrimonio sacramental siendo valido y que, en consecuencia, la situación de separación en que se encuentra tan sólo es moralmente lícita si existen motivos que hacen inviable la reanudación de convivencia conyugal y hacia ese objetivo, siempre con la máxima prudencia y respeto, deberá orientarse preferentemente la acción pastoral.
· Incompatibilidad de caracteres, intelecto o religión.
· Adulterio.
· Desavenencias económicas.
· Terceras personas.
· Desarmonía sexo-genital (agresiones).
· Problemas de salud.
· Causas de tipo penal, etc.
EL ACOMPAÑAMIENTO PASTORAL A LAS PAREJAS EN SITUACIÓN IRREGULAR
La exigencia de fidelidad y de estabilidad que la razón humana descubre en el matrimonio aparece a la luz de la fe con mayor claridad. La iglesia, iluminada por el Espíritu Santo, descubre en las enseñanzas de Jesús que en el designio original de Dios el matrimonio es indisoluble: “Lo que Dios ha unido no lo separe el hombre” (Mc 10, 9).
“Llegada la plenitud de los tiempos” (Ga 4, 4), el matrimonio de los cristianos es por voluntad de Cristo, el Sacramento que actualiza y manifiesta la unión inefable, el amor fidelísimo y la entrega irrevocable de Jesucristo Esposo a su esposa la Iglesia (cf. Ef 5, 22 y ss)
El matrimonio cristiano simboliza esta entrega total y permanente de Cristo a los hombres, iniciada en la Encarnación del Hijo de Dios y consumada en su Cruz y Resurrección. La unión conyugal de los cristianos es, por tanto, indisoluble y exige la fidelidad mutua no sólo por razón del bien de ambos cónyuges, de los hijos y de toda la sociedad humana, sino principalmente por la condición sacramental del matrimonio cristiano.
En la celebración de este sacramento, Cristo se hace presente y actúa por su Espíritu en el varón y en la mujer, los une con el vínculo del amor conyugal y, a lo largo de su vida, los renueva interiormente cada día en su amor mutuo, si le son fieles. Esta renovación tiene su fuente principal cuando ambos cónyuges participan de manera consciente, activa y provechosa en la Eucaristía, donde Cristo actualiza sacramentalmente su entrega y amor por su esposa la Iglesia. Hay que recordar que es precisamente la Pascua de Cristo que, por la fuerza del Espíritu Santo y las palabras de la Institución, actualizada en la Eucaristía, la que fundamenta y fecunda el sacramento del matrimonio.
“El matrimonio tiene sus propios bienes y fines. Éstos no sólo afectan a los propios cónyuges, sino también a los hijos. De aquí que la estabilidad ya exigida por el singular amor conyugal, venga de nuevo urgida por la fundamental significación del matrimonio para la sociedad y por los valores y fines que le son propios. El matrimonio implica, por su misma naturaleza, deberes y derechos de los cónyuges entre sí y en relación con los hijos y con la sociedad, que no pueden quedar subordinados a la versatilidad del corazón humano” (nota doctrinal de la CEE, 1977).
II- La Situación Irregular: Razón del Término
“En su solicitud por tutelar la familia en toda su dimensión, no sólo la religiosa, el Sínodo no ha dejado de considerar atentamente algunas situaciones irregulares, desde el punto de vista religioso y con frecuencia también civil, que —con las actuales y rápidas transformaciones culturales— se van difundiendo por desgracia también entre los católicos con no leve daño de la misma institución familiar y de la sociedad, de la que ella es la célula fundamental”. FC 79.
Las situaciones de irregularidad se generan por la no adecuación del comportamiento a tres grandes criterios normativos entre cristianos:
Entonces conocemos como situaciones irregulares: los matrimonios a prueba; las uniones libres de hecho, los casados únicamente por el vínculo civil; los separados y divorciados no casados de nuevo; y los divorciados casados de nuevo. FC 80-84.
Cada uno de los tipos de situaciones irregulares está definido por elementos concretos y por ello, cada uno debe recibir un tratamiento específico según la atención pastoral que sugiere la Iglesia. La auténtica comunión eclesial exige una clara unidad en los criterios fundamentales para que nuestra pastoral sea creíble y afectiva. Específicamente comentamos cuatro de las situaciones irregulares nombradas en la Familiaris Consortio: uniones libres (FC 81), católicos unidos con matrimonio únicamente civil (FC 82), separados y divorciados no casados de nuevo (Familiaris Consortio 83), y los divorciados civilmente y vueltos a casar (FC 84). Seguiremos la reflexión teológica pastoral de estas situaciones iniciando con los divorciados civilmente y vueltos a casar.
1- Divorciados civilmente y casados de nuevo (Familiaris Consortio 84)
La Exhortación Apostólica Familiaris Consortio (1981) declara que la Iglesia en su ejercicio pastoral debe acercarse también y con especial cuidado a aquellas familias que se hallan en situaciones irregulares para acompañarles a fin de que se puedan acercar “al modelo de familia, que ha querido el Creador "desde el principio" y que Cristo ha renovado con su gracia redentora. (FC 65). El mismo documento define concretamente cuáles son esas situaciones irregulares y entre estas menciona a los divorciados vueltos a casar y señala que “la Iglesia instituida para conducir a la salvación a todos los hombres, sobre todo a los bautizados, no puede abandonar a sí mismos a quienes -unidos ya con el vínculo matrimonial sacramental- han intentado pasar a nuevas nupcias. Por lo tanto procurará infatigablemente poner a su disposición los medios de salvación. FC 84
Es la Familiaris Consortio el documento del Magisterio de la Iglesia que empieza a marcar líneas concretas y aclaras acerca de la atención que la Iglesia, comenzando por sus pastores, debe brindar a quienes se encuentran en esta dolorosa situación: “…exhorto vivamente a los pastores y a toda la comunidad de los fieles para que ayuden a los divorciados, procurando con solícita caridad que no se consideren separados de la Iglesia, pudiendo y aun debiendo, en cuanto bautizados, participar en su vida. Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la Misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar a los hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios. La Iglesia rece por ellos, los anime, se presente como madre misericordiosa y así los sostenga en la fe y en la esperanza.” La Iglesia está firmemente convencida de que también quienes se han alejado del mandato del Señor y viven en tal situación, pueden obtener de Dios la gracia de la conversión y de la salvación, si perseveran en la oración, en la penitencia y en la caridad. FC 84
Después de la Familiaris Consortio encontramos en los anales del Magisterio de la Iglesia Católica una serie de documentos que reafirman su vigente doctrina y normativa sobre los divorciados vueltos a casar en cuanto a su imposibilidad de acercarse al sacramento de la Reconciliación y a la Comunión Sacramental de la Eucaristía. Pero notamos a la vez una apertura a la toma de conciencia de una pastoral urgente que atienda efectivamente a los hijos de la Iglesia que sufren por no poder recibir el Cuerpo y la Sangre de Cristo. Así encontramos en el documento final de la IV Conferencia General del Episcopado Latinoamericano, realizada en Santo Domingo en el año 1992 la siguiente aportación: Se debe “buscar, siguiendo el ejemplo del Buen Pastor, caminos y formas para lograr una pastoral orientada a las parejas en situación irregular, especialmente las divorciadas y vueltos a casar civilmente. (SD 224). También en el Catecismo de la Iglesia Católica, publicado por Juan Pablo II en 1992, considera que “ respecto a los cristianos que viven en esta situación (divorciados vueltos a casar) y que con frecuencia conservan la fe y desean educar cristianamente a sus hijos, los sacerdotes y toda la comunidad deben dar prueba de una atenta solicitud, a fin de que aquellos no se consideren como separados de la Iglesia, de cuya vida pueden y deben participar en cuanto bautizados: Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar sus hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios (CIC 1651)
En el Año de la familia (1994) el mismo Papa Juan Pablo II escribió una carta dedicada a la familia donde también recuerda el cuidado que la Iglesia debe a los divorciados vueltos a casar: “Que esta oración (la de la Iglesia) llegue también a… las que se encuentran en situaciones que la Familiaris Consortio califica como «irregulares»9. ¡Que todas puedan sentirse abrazadas por el amor y la solicitud de los hermanos y hermanas!
Que la oración, en el Año de la familia, constituya ante todo un testimonio alentador por parte de las familias que, en la comunión doméstica, realizan su vocación de vida humana y cristiana. ¡Son tantas en cada nación, diócesis y parroquia! Se puede pensar razonablemente que esas familias constituyen «la norma», aun teniendo en cuenta las no pocas «situaciones irregulares». Y la experiencia demuestra cuán importante es el papel de una familia coherente con las normas morales, para que el hombre, que nace y se forma en ella, emprenda sin incertidumbres el camino del bien, inscrito siempre en su corazón.” (CF 5)
En el año 1997, se dirigió a los participantes de la XIII Asamblea Plenaria del Consejo Pontificio para la Familia, donde se discutió el tema de la pastoral para divorciados. El Papa señala que “«La pastoral de los divorciados vueltos a casar »— está hoy en el centro de la atención y de las preocupaciones de la Iglesia y de los pastores dedicados a la cura de almas, quienes no dejan de prodigar su solicitud pastoral a cuantos sufren por situaciones de dificultad en su familia.
La Iglesia no puede permanecer indiferente ante este doloroso problema, que afecta a tantos hijos suyos. Ya en la exhortación apostólica Familiaris Consortio (n. 84) reconocía que… «el problema debe afrontarse con atención improrrogable»… Estos hombres y mujeres deben saber que la Iglesia los ama, no está alejada de ellos y sufre por su situación. Los divorciados vueltos a casar son y siguen siendo miembros suyos, porque han recibido el bautismo y conservan la fe cristiana. Ciertamente, una nueva unión después del divorcio… no debe impedir el compromiso de la oración ni el testimonio activo de la caridad.
… Los divorciados vueltos a casar no pueden ser admitidos a la comunión eucarística, «dado que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía». Y esto, en virtud de la misma autoridad del Señor, Pastor de los pastores, que busca siempre a sus ovejas. Esto también vale para el sacramento de la penitencia, pues la condición de vida de los divorciados vueltos a casar, que siguen casados, está en contradicción con su significado doble y unitario de conversión y reconciliación.
Sin embargo, no faltan caminos pastorales oportunos para salir al encuentro de estas personas. La Iglesia ve sus sufrimientos y las graves dificultades que atraviesan, y en su caridad materna se preocupa tanto por ellos como por los hijos de su anterior matrimonio: privados del derecho original a la presencia de ambos padres, son las primeras víctimas de estas situaciones dolorosas.
Los pastores, especialmente los párrocos, deben acompañar y sostener de corazón a estos hombres y mujeres, ayudándoles a comprender que, aunque hayan roto el vínculo matrimonial, no deben perder la esperanza en la gracia de Dios, que vela sobre su camino. Los pastores están llamados a hacer sentir la caridad de Cristo y la materna cercanía de la Iglesia; los acogen con amor, exhortándolos a confiar en la misericordia de Dios y sugiriéndoles, con prudencia y respeto, caminos concretos de conversión y de participación en la vida de la comunidad eclesial… El Señor, movido por la misericordia, sale al encuentro de todos los necesitados, con la exigencia de la verdad y con el aceite de la caridad.
Cuando una pareja en situación irregular vuelve a la práctica cristiana es necesario acogerla con caridad y benevolencia, ayudándola a aclarar el estado concreto de su condición, a través de un trabajo pastoral iluminado e iluminador. Esta pastoral de acogida fraterna y evangélica es de gran importancia para los que habían perdido el contacto con la Iglesia, pues es el primer paso necesario para insertarlos en la práctica cristiana. Es preciso acercarlos a la escucha de la palabra de Dios y a la oración, implicarlos en las obras de caridad que la comunidad cristiana realiza en favor de los pobres y los necesitados, y estimular el espíritu de arrepentimiento con obras de penitencia, que preparen su corazón para acoger la gracia de Dios.
Un capítulo muy importante es el de la formación humana y cristiana de los hijos de la nueva unión. Hacerlos partícipes de todo el contenido de la sabiduría del Evangelio, según la enseñanza de la Iglesia, es una obra que prepara admirablemente el corazón de los padres para recibir la fuerza y la claridad necesarias a fin de superar las dificultades reales que encuentran en su camino y volver a tener la plena transparencia del misterio de Cristo, que el matrimonio cristiano significa y realiza. Una tarea especial, difícil pero necesaria, corresponde también a los otros miembros que, de modo más o menos cercano, forman parte de la familia. Ellos, con una cercanía que no puede confundirse con la condescendencia, han de ayudar a sus seres queridos, y de manera particular a los hijos, que por su joven edad sufren más los efectos de la situación de sus padres.
Queridos hermanos y hermanas, la recomendación que brota hoy de mi corazón es la de tener confianza en todos los que viven situaciones tan dramáticas y dolorosas. No hay que dejar de «esperar contra toda esperanza» (Rm 4, 18) que también los que se encuentran en una situación no conforme con la voluntad del Señor puedan obtener de Dios la salvación, si saben perseverar en la oración, en la penitencia y en el amor verdadero.” (Cf. Discurso del Papa Juan Pablo II a los participantes de la Asamblea Plenaria del Consejo Pontificio para la Familia, nn. 1- 4. 24 de Enero de 1997)
Con ocasión del veinteavo aniversario de la Familiaris Consortio, Juan Pablo II, en un mensaje recuerda que “no hay que dejar de ofrecer el apoyo necesario a las familias que atraviesan situaciones difíciles, las cuales requieren mayor asistencia pastoral, como, por ejemplo, los divorciados vueltos a casar. (22 de noviembre del 2001)
El Papa Benedicto XVI también ha asumido una actitud de acogida y acompañamiento hacia los divorciados vueltos a casar y expresa por ellos un profundo dolor y preocupación. En un diálogo con los sacerdotes de la diócesis de Aosta, el 25 de Julio del 2005, el Papa expresó: “Sabemos todos que éste es un problema particularmente doloroso para las personas que viven en situaciones en las que son excluidas de la comunión eucarística y naturalmente para los sacerdotes que quieren ayudar a estas personas a amar a la Iglesia, a querer a Cristo. Esto plantea un problema.
Ninguno de nosotros tiene una receta, en parte porque las situaciones son siempre diferentes… en cualquier caso me parecen muy importantes dos aspectos. El primero: aunque no puedan recibir la comunión sacramental no están excluidos del amor de la Iglesia y del amor de Cristo. Una Eucaristía sin la comunión sacramental inmediata ciertamente no es completa, falta algo esencial. Sin embargo también es verdad que participar en la Eucaristía sin comunión eucarística no es igual a nada, implica estar siempre implicados en el misterio de la Cruz y de la resurrección de Cristo. Siempre es participación en el gran sacramento en su dimensión espiritual y pneumática; también en su dimensión eclesial, aunque no estrictamente sacramental. Y puesto que es el Sacramento de la Pasión de Cristo, el Cristo doliente abraza de modo particular a estas personas y se comunica con ellas de otro modo, pueden sentirse así abrazadas por el Señor crucificado que cae a tierra y muere y sufre por ellos, con ellos.
Hace falta, pues, dar a entender que aunque desafortunadamente falta una dimensión fundamental, no están excluidos del gran misterio de la Eucaristía, del amor de Cristo aquí presente. Esto me parece importante, como es importante que el párroco y la comunidad parroquial hagan experimentar a estas personas que, por una parte, tenemos que respetar el carácter indivisible del sacramento y, por otra parte, que queremos a estas personas que también sufren por nosotros… Por una parte, pues, están el bien de la comunidad y el bien del sacramento que tenemos que respetar y por la otra el sufrimiento de las personas a las que tenemos que ayudar.
El segundo punto que tenemos que enseñar y también hacer creíble para nuestra misma vida es que el sufrimiento, forma parte necesariamente de nuestra vida en muchas formas. Y éste es un sufrimiento noble, diría yo. De nuevo hace falta hacer entender que el placer no lo es todo.
El cristianismo nos da alegría, como el amor da alegría. Pero el amor también es siempre renuncia a sí mismo. El mismo Dios nos ha dado la fórmula de qué es amor: quien se pierde a sí mismo se encuentra; quien asegura su vida se pierde.
Siempre es un éxodo y por lo tanto también un sufrimiento. El gozo verdadero es una cosa diferente del placer, la alegría crece, madura siempre con el sufrimiento en comunión con la Cruz de Cristo. Sólo aquí nace el gozo verdadero de la fe, de la que tampoco están excluidos si aprenden a aceptar su sufrimiento en comunión con el de Cristo.”
En su primera Exhortación Apostólica “Sacramentum Caritatis, promulgada el 22 de febrero del 2007, el Sumo Pontífice recuerda a los divorciados vueltos a casar diciendo que “está más que justificada la atención pastoral que el Sínodo ha dedicado a las situaciones dolorosas en que se encuentran no pocos fieles que, después de haber celebrado el sacramento del Matrimonio, se han divorciado y contraído nuevas nupcias. Se trata de un problema pastoral difícil y complejo… que afecta de manera creciente incluso a los ambientes católicos. Los Pastores, por amor a la verdad, están obligados a discernir bien las diversas situaciones, para ayudar espiritualmente de modo adecuado a los fieles implicados. El Sínodo de los Obispos ha confirmado la praxis de la Iglesia, fundada en la Sagrada Escritura (cf. Mc 10,2-12), de no admitir a los sacramentos a los divorciados casados de nuevo, porque su estado y su condición de vida contradicen objetivamente esa unión de amor entre Cristo y la Iglesia que se significa y se actualiza en la Eucaristía. Sin embargo, los divorciados vueltos a casar, a pesar de su situación, siguen perteneciendo a la Iglesia, que los sigue con especial atención, con el deseo de que, dentro de lo posible, cultiven un estilo de vida cristiano mediante la participación en la santa Misa, aunque sin comulgar, la escucha de la Palabra de Dios, la Adoración eucarística, la oración, la participación en la vida comunitaria, el diálogo con un sacerdote de confianza o un director espiritual, la entrega a obras de caridad, de penitencia, y la tarea de educar a los hijos.
Donde existan dudas legítimas sobre la validez del Matrimonio sacramental contraído, se debe hacer todo lo necesario para averiguar su fundamento. Es preciso también asegurar, con pleno respeto del derecho canónico, que haya tribunales eclesiásticos en el territorio, su carácter pastoral, así como su correcta y pronta actuación. En cada diócesis ha de haber un número suficiente de personas preparadas para el adecuado funcionamiento de los tribunales eclesiásticos. Recuerdo que « es una obligación grave hacer que la actividad institucional de la Iglesia en los tribunales sea cada vez más cercana a los fieles. (Cf. SC 29)
El 24 de Julio del 2007 el Papa Benedicto XVI se encontró con los párrocos y sacerdotes de las diócesis de Belluno- Feltre y Treviso. Allí un sacerdote preguntó al Santo Padre:
“Cada vez aumentan más los casos de personas divorciadas que se vuelven a casar, conviviendo, y nos piden a los sacerdotes una ayuda para su vida espiritual. Estas personas con frecuencia sufren por no poder acceder a los sacramentos. Es necesario afrontar esas situaciones, compartiendo los sufrimientos que implican. Santo Padre, ¿con qué actitudes humanas, espirituales y pastorales podemos conjugar la misericordia y la verdad?... “
Entre otras palabras, el Papa respondió: “sí, se trata de un problema doloroso, y ciertamente no existe una receta sencilla para resolverlo. Todos sufrimos por este problema, pues todos tenemos cerca a personas que se encuentran en esa situación (divorciados vueltos a casar) y sabemos que para ellos es un dolor y un sufrimiento, porque quieren estar en plena comunión con la Iglesia… La presencia permanente de la Iglesia ayuda a estas personas a soportar… el sufrimiento de encontrarse en un vínculo nuevo, que no es el sacramental y que por tanto no permite la comunión plena en los sacramentos de la Iglesia. Aquí se trata de enseñar y aprender que… el sufrimiento puede ser algo muy positivo, pues nos ayuda a madurar, a ser lo que debemos ser, a estar más cerca del Señor, que sufrió por nosotros y sufre con nosotros. Así pues, también en esta segunda situación es de suma importancia la presencia del sacerdote, de las familias, de los Movimientos, la comunión personal y comunitaria, la ayuda del amor al prójimo, un amor muy específico. Sólo este amor profundo de la Iglesia, que se realiza con un acompañamiento múltiple, puede ayudar a estas personas a sentirse amadas por Cristo, miembros de la Iglesia, incluso en una situación difícil, y a vivir la fe.”
Orientaciones Ético-Pastorales (a modo de conclusiones)
Estos criterios son los que sirven de marco y de guía a las posibles acciones pastorales:
a) La pastoral con los DVC forma parte de la misión misma de la Iglesia, como sacramento de salvación para todos.
b) Por tanto, frente a una realidad cada día más notable, se trata de una urgencia para la Iglesia misma.
c) Es una exigencia eclesial, a la que no puede renunciar ya que las parejas de divorciados vueltos casar siguen siendo miembros de la Iglesia. A pesar de su situación no han renunciado a su bautismo ni a su fe.
d) El amor pastoral de la Iglesia hacia estas parejas tiene que hacerse sentir, hacerse visible, no sólo en los anuncios y los discursos, sino en acciones concretas. Es decir, los divorciados vueltos a casar tienen que “sentir este amor de la Iglesia”. No es suficiente que “sepan” que la Iglesia los ama. Tienen que sentirlo. Un amor que no se experimenta no es verdadero amor.
De aquí surgen las siguientes orientaciones:
1. La Iglesia no puede permanecer indiferente a estas situaciones dolorosas. Por tanto pastores, por amor a la verdad, están obligados a distinguir bien entre las diferentes situaciones para poder brindar con prudencia el debido acompañamiento.
2. Los pastores y a toda la comunidad deben ayudar a los divorciados casados de nuevo para que no se consideren separados de la Iglesia, para esto hay que animarlos a que participen de su vida.
3. Mantener una actitud una de acogida de respecto a estos matrimonios, sin olvidarnos de los matrimonios sacramentales.
4. Litúrgicamente pueden:
· Participar en la santa Misa, aunque sin comulgar
· Hacer la comunión espiritual
· Escucha la Palabra de Dios
· Hacer Adoración eucarística
· Perseverar en la oración
5. Deben incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad a favor de la justicia.
6. Educar a los hijos en la fe cristiana y los sacramentos.
7. Cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar la gracia de Dios.
8. Deben abstenerse del sacramento de la confesión y de la Comunión Eucarística, no por castigo sino por razones teológico - jurídicas que surgen de la misma naturaleza del matrimonio.
9. Se puede administrar la Unción de los enfermos para casos especiales (peligro de muerte).
10. Deben abstenerse también de ser padrinos de bautismo, confirma y matrimonio C.874 § 1.3, C. 893 § 1.
11. Es importante ayudarles a comprender la distinción entre comunión eclesial, comunión sacramental y comunión espiritual.
12. Deben ser invitados y admitidos a las diferentes actividades litúrgicas que se realizan en la parroquia dentro del Templo y fuera de él.
13. Pueden participar en algunos movimientos apostólicos y de recibir consejería espiritual. No deben ejercer funciones directas respecto a los sacramentos que no pueden recibir.
14. Podrían ser admitidos a esos sacramentos cuando:
· Si se divorcian o se separan y permanecen así fieles al primer matrimonio.
· Si enviudan y arrepentidos buscan los sacramentos.
· Si en peligro de muerte, arrepentidos buscan el sacramento de la confesión.
· Si por serios motivos (Fama personal, crianza de los hijos, edad o enfermedad y otros) no pueden cumplir la obligación de la separación o divorcio civil, pero se comprometen ante el confesor de “abstenerse de los actos propios de los esposos”.
16. Recordarles la doctrina de la Iglesia, que sin dejar de ser fiel al Evangelio, no les niega a este tipo de matrimonios la gracia de la salvación y la conversión si se esfuerzan por llevar una vida digna y cristiana.
17. Para que puedan llevar esa vida digna y cristiana es importante pastoralmente la búsqueda de nuevos caminos, nuevas reflexiones, nuevas posibilidades, a través de un proceso de evangelización, desde su situación particular, que les mantenga cerca de la Iglesia
18. Ese proceso evangelizador inicia con la invitación a vivir la verdad de su bautismo, sobre todo como elemento de comunión eclesial.
IV- Las otras Situaciones Irregulares y Orientaciones Pastorales
1– “Uniones libres de hecho” (Familiaris Consortio 81)
“Se trata de uniones sin algún vínculo institucional públicamente reconocido, ni civil ni religioso. Este fenómeno, cada vez más frecuente, ha de llamar la atención de los pastores de almas, ya que en el mismo puede haber elementos varios, actuando sobre los cuales será quizá posible limitar sus consecuencias. En efecto, algunos se consideran como obligados por difíciles situaciones -económicas, culturales y religiosas- en cuanto que, contrayendo matrimonio regular, quedarían expuestos a daños, a la pérdida de ventajas económicas, a discriminaciones, etc. En otros, por el contrario, se encuentra una actitud de desprecio, contestación o rechazo de la sociedad, de la institución familiar, de la organización socio-política o de la mera búsqueda del placer. Otros, finalmente, son empujados por la extrema ignorancia y pobreza, a veces por condicionamientos debidos a situaciones de verdadera injusticia, o también por una cierta inmadurez psicológica que les hace sentir la incertidumbre o el temor de atarse con un vínculo estable y definitivo. En algunos países las costumbres tradicionales prevén el matrimonio verdadero y propio solamente después de un periodo de cohabitación y después del nacimiento del primer hijo.
Cada uno de estos elementos pone a la Iglesia serios problemas pastorales, por las graves consecuencias religiosas y morales que de ellos derivan (pérdida del sentido religioso del matrimonio visto a la luz de la Alianza de Dios con su pueblo, privación de la gracia del sacramento, grave escándalo), así como también por las consecuencias sociales (destrucción del concepto de familia, atenuación del sentido de fidelidad incluso hacia la sociedad, posibles traumas psicológicos en los hijos y afirmación del egoísmo). Los pastores y la comunidad eclesial se preocuparán por conocer tales situaciones y sus causas concretas, caso por caso; se acercarán a los que conviven, con discreción y respeto; se empeñarán en una acción de iluminación paciente, de corrección caritativa y de testimonio familiar cristiano que pueda allanarles el camino hacia la regularización de su situación. Pero, sobre todo, adelántense enseñándoles a cultivar el sentido de la fidelidad en la educación moral y religiosa de los jóvenes; instruyéndoles sobre las condiciones y estructuras que favorecen tal fidelidad, sin la cual no se da verdadera libertad; ayudándoles a madurar espiritualmente y haciéndoles comprender la rica realidad humana y sobrenatural del matrimonio-sacramento.
El pueblo de Dios se esfuerce también ante las autoridades públicas para que, -resistiendo a las tendencias disgregadoras de la misma sociedad y nocivas para la dignidad, seguridad y bienestar de los ciudadanos-, procuren que la opinión pública no sea llevada a menospreciar la importancia institucional del matrimonio y de la familia. Y dado que en muchas regiones, a causa de la extrema pobreza derivada de unas estructuras socio-económicas injustas o inadecuadas, los jóvenes no están en condiciones de casarse como conviene, la sociedad y las autoridades públicas favorezcan el matrimonio legítimo a través de una serie de intervenciones sociales y políticas, garantizando el salario familiar, emanando disposiciones para una vivienda apta a la vida familiar y creando posibilidades adecuadas de trabajo y de vida.”
El fenómeno de la privatización del matrimonio, es decir considerarlo como una convivencia que afecta solo a dos personas y en el que ni sociedad ni religión debe inmiscuirse, ha conducido a la proliferación de las denominadas “uniones de hecho” sin ningún vinculo ni civil, ni religioso.
Es un reto a nivel social, no sólo porque se le considera un modo lícito de convivir, sino porque además se reclama su equiparación en derechos al matrimonio.
También son muy diversos los motivos que ha llevado a tomar esa decisión de formar una “unión de hecho ” sin contraer matrimonio: falta de formación, falta de fe, ruptura con la familia, desconfianza en el futuro, limitaciones económicas, una mal entendida libertad que rechaza todo vinculo jurídico, etc. En todo caso se trata de una situación irregular que no permite su acceso a los sacramentos mientras no exista una voluntad de cambiar de vida, porque faltan las disposiciones necesarias para recibir la gracia del Señor.
Siendo también causa de la unión de hecho una ignorancia acerca de la dignidad matrimonial se hace necesario anunciar el evangelio del matrimonio que ayude a encontrar, que lleva a la santidad de la familia
Dado lo inestable de su situación, los mismos acontecimientos de la vida pueden hacerles considerar su postura, sobre todo cuando aparecen los hijos. Si existe un rescoldo de fe es un buen momento para proponerles la buena noticia del matrimonio cristiano y guiarles hacia su celebración. Es habitual encontrar parejas en que uno de los dos, con empecinada actitud no permite que el otro normalice tal situación, para ellos tenemos una palabra de consuelo y aliento a perseverar en la búsqueda de una adecuada solución.
· Vivimos en una sociedad muy caracterizada por el individualismo subjetivista, por la permisividad y la sobre tolerancia. La Iglesia piensa que esto aumenta este tipo de uniones, aún entre los católicos bautizados.
· Jurídicamente las Uniones libres en general no están reconocidas por el derecho eclesiástico. Sin embargo, en el derecho civil costarricense, a nivel de la promoción de la igualdad real de la mujer de 1992, se le ha dado a esas uniones algún reconocimiento que respalda alas mujeres en unión libre.
· Situaciones complejas a nivel económico o a nivel cultural.
· Razones religiosas, ideológicas.
· Razones de desprecio, o de rechazo, contestatarias de frente a lo constitucional.
· Por mero placer despersonalizante.
· Por ignorancia socio-cultural y religiosa, pobreza intelectual y material. Inmadurez psico-social.
1. Los pastores y la comunidad cristiana deben esforzarse por establecer un diálogo para discernir cuál es la situación jurídica civil que les impide casarse. Toda persona en unión libre está llamada a la conversión.
2. Se debe desarrollare una “pastoral de proximidad y acercamiento” para hacerles sentir la presencia de la Iglesia “a pesar de su situación”.
3. Una vez dada la acogida se hace necesaria una “pastoral de discreción y respeto” tanto a su realidad como a sus personas. Manteniendo con ellos un diálogo que lleva con paciencia un proceso de evangelización que los orienta hacia la vida sacramental del matrimonio.
4. Procurar como Iglesia que los Gobiernos no legislen en contra de la institución del matrimonio.
5. Luchar contra las condiciones de injusticia y pobreza que impiden a los jóvenes formalizar su unión como pareja.
6. Es claro que los padres de familia deben ser claros en manifestar su juicio y su malestar frente a tales decisiones. E incluso hacerles ver que “convivir como pareja” expresa una incoherencia con su fe, con su bautismo, con la Iglesia y con toda la formación que han recibido.
7. Pero deberán respetar tales decisiones, por más que no las compartan. Al fin, son ellos los que deciden tanto su futuro como su actitud de creyentes.
8. Ciertamente que estas situaciones crean desequilibrios familiares. Sin embargo, no debieran romper los lazos de familia. Los padres de familia tampoco pueden caer en el indiferentismo. Ni en el rechazo que los haga olvidar a su propia suerte. Son precisamente ellos quienes más necesitados están de nuestra comprensión, amistad y cariño.
9. La respuesta de Jesús pudiera ser un buen criterio de pastoral: “no son los sanos sino los enfermos quienes necesitan de médico”. (Cf. Mt 9, 12 - 13)
10. En la pastoral de estas situaciones es importante aprovechar ciertos momentos fuertes de la vida: el bautismo de los hijos, la Primera Comunión, etc. Todos sabemos que hay ciertos momentos en los que nuestra sensibilidad, incluso religiosa, aflora aún sin darnos cuenta. La atención delicada en esos momentos, el diálogo sincero y fraterno, la acogida que les hace sentir como miembros de la comunidad, pudiera ayudar para llevarles a una reflexión mucho más sincera sobre su situación y a facilitarles el retorno a la experiencia de su fe.
11. Para la Iglesia Católica las uniones libres entre bautizados católicos no se aceptan porque hay pérdida del sentido religioso del matrimonio como expresión de la alianza estable que Dios vive con su pueblo. Alianza que es fiel, exclusiva e indisoluble. Posibles trauma o preocupaciones tanto personales como sociales en papás o hijos.
12. El número de católicos bautizados es creciente en la Iglesia. De frente a ello el Magisterio pide recatequizar sobre el sacramento del matrimonio, compromiso cristiano coherencia entre fe y vida, que ayude a tomar conciencia sobre la importancia social y sacramental de la institución de la familia. FC. 76.
13. Litúrgicamente los que están en unión libre no se deben rechazar. Ellos deben participar de la vida litúrgica de la Iglesia aunque sea de modo imperfecto. Pastoralmente los puede ayudar el hacer una distinción entre comunión sacramental y comunión eclesial.
14. ¿Cuándo pueden confesarse y comulgar?
· Si se separan
· Si enviudan
· Si aspiran al sacramento del matrimonio
· Si tienen graves dificultades para separarse, absteniéndose, bajo promesa al confesar, de la vida íntima. Es recomendable cuando se hace esa promesa, aconsejar a la pareja que comulguen en otra parroquia o filial donde no les conozcan, esto para evitar disgustos públicos.
15. En casos donde hay unión libre pero todos les tiene por casados, y cuando civil y eclesiásticamente son solteros, puede celebrárseles el matrimonio privadamente mientras no haya impedimentos: c 1130-1133.
16. Sus hijos pueden y deben ser bautizados y recibir los otros sacramentos.
17. Pueden participar en ministerios musicales y de animación y ocupar cualquier lugar en el templo.
2- Católicos unidos con matrimonio únicamente civil (Familiaris Consortio 82)
“Es cada vez más frecuente el caso de católicos que, por motivos ideológicos y prácticos, prefieren contraer sólo matrimonio civil, rechazando o, por lo menos, difiriendo el religioso. Su situación no puede equipararse sin más a la de los que conviven sin vínculo alguno, ya que hay en ellos al menos un cierto compromiso a un estado de vida concreto y quizá estable, aunque a veces no es extraña a esta situación la perspectiva de un eventual divorcio. Buscando el reconocimiento público del vínculo por parte del Estado, tales parejas demuestran una disposición a asumir, junto con las ventajas, también las obligaciones. A pesar de todo, tampoco esta situación es aceptable para la Iglesia. La acción pastoral tratará de hacer comprender la necesidad de coherencia entre la elección de vida y la fe que se profesa, e intentará hacer lo posible para convencer a estas personas a regular su propia situación a la luz de los principios cristianos. Aun tratándoles con gran caridad e interesándoles en la vida de las respectivas comunidades, los pastores de la Iglesia no podrán admitirles al uso de los sacramentos.”
Se trata de aquellos bautizados que, no teniendo impedimento alguno, deciden casarse por lo civil y prescinden del sacramento.
La extensión de una mentalidad secularizada de la relación matrimonial entre el hombre y la mujer y el indiferentismo religioso lleva a no pocos bautizados a plantearse su unión solo a nivel civil, al margen de toda celebración religiosa. Es una situación que supone la aceptación de una estabilidad en su relación por lo que “no puede equiparse sin más a los que conviven sin vínculo alguno”. Aunque algunas veces procede de la voluntad de dejar abierta la posibilidad a un futuro divorcio.
No obstante el valor de la unión de orden natural del hombre y la mujer, el matrimonio civil no permite la presencia de Cristo en su unión y su vocación bautismal, por lo que mientras persistan en esta situación, no se les puede admitir a la recepción de los sacramentos. Si esta situación no es por un rechazo a la fe sino por otras consideraciones, pertenece a la prudente discreción de los pastores orientar, guiar e insertar la correspondiente actividad pastoral de quienes se encuentran en esta situación.
Muchas veces puede deberse a ignorancia o a un temor de contraer un compromiso definitivo La adecuada acción pastoral comenzara por identificar los motivos que les han llevado a casarse sólo por lo civil. Si se ha producido un primer acercamiento puede ser signo de una fe incipiente que hay que fomentar. Un primer paso orientará a un mayor conocimiento y profundización en la vida cristiana, para hacerles descubrir la necesidad de la celebración del matrimonio sacramental. Para ello es de una gran eficacia su integración en la vida de las respectivas comunidades.
En el caso de que los unidos sólo con el matrimonio civil se separen y solicitaran casarse canónicamente con una tercera persona, es necesario proceder con cautela. Hay que hacer conciencia sobre ellos de la responsabilidad que tienen de atender a las obligaciones adquiridas con cuantos se hallan implicados en la situación (la anterior esposa, los hijos tenidos en el matrimonio, etc.); y constatar sus disposiciones y aptitudes ante la solicitud del matrimonio canónico. Se ha de de evitar cualquier apariencia de que la jerarquía “premia” la infidelidad, permitiéndoles una nueva unión.
· La secularización o secularismo que ha llevado al indiferentismo religioso a los mismos católicos bautizados.
· Falta de testimonio de algunos matrimonios.
· Mayores exigencias de tipo pastoral, jurídico y administrativo de la Iglesia.
· El matrimonio civil goza de un buen respaldo moral.
· Discrepancias de tipo religioso e ideológico.
· Razones de tipo práctico personal (“Por si las cosas no salen bien”).
· Falta de una buena evangelización y dentro de ella una buena catequesis acerca de la familia y de la razón de ser del sacramento del matrimonio.
1. La pastoral de estas situaciones tiene como finalidad
Ø “hacer comprender la necesidad de coherencia entre la elección de vida y la fe que se profesa”
Ø “e intentará hacer lo posible para hacer convencer a estas personas a regular su propia situación a la luz de los principios cristianos”.
2. Dada la pluralidad de situaciones, lo primero que se requiere es conocer bien cada una de las situaciones de quienes se han casado sólo por lo civil.
3. En los casos de parejas que viven en esa condición por una cultura tradicional un tanto marginada de la presencia de la Iglesia y su deficiente evangelización y catequización, lo primero que necesitaríamos no es precisamente forzar el sacramento sino evangelizarlos, ayudarlos a pasar de la simple religiosidad natural a una experiencia de fe.
4. Si se trata de bautizados que se han enfriado en la fe, o la han perdido, o al menos ya no la sienten, la tarea pastoral será de evangelización y catequización. Y esta evangelización ha de llevarse a cabo con mucha delicadeza, prudencia y respeto de los mismos esposos; se requerirá aquí la “pastoral del acercamiento”, de la “presencia”, sobre todo de la comunidad, a través de aquellos que por los vínculos de la amistad, están más cercanos a ellos. Además aquí es preciso aprovechar “ciertos momentos o situaciones familiares particulares”, por ejemplo, cuando piden el bautismo para los hijos.
5. Si el problema radica en la nueva mentalidad “anti-eclesial”, “anti-institucional”, las cosas suelen ser un tanto más complicadas. Aquí es conveniente aprovechar todas las oportunidades para encuentros de amistad, brindar ciertos servicios, que de alguna manera vayan derritiendo el hielo que los bloquea.
6. En todo caso, la misma prudencia exige una “pastoral de progresividad y sin prisas”. Lo más importante no es sacramentalizar su unión civil, sino despertar en ellos la fe y su sentido de Iglesia. El sacramento tiene que ser una consecuencia de evangelización que lleva al encuentro personal con Jesús.
7. A pesar de la situación irregular que a nivel sacramental presenta el matrimonio civil, no podemos dejar de aceptar su licitud jurídica.
8. En FC.82 y P. 595. 608 encontramos que:
· Le iglesia nos pide mantener un contacto respetuoso y caritativo.
· Tenemos que individualizar cada situación.
· Recalcar con objetividad y caridad la importancia de la coherencia entre la fe que se profesa y la elección de vida que se hace.
· Hay que interesarlos por los trabajos y la vida general de la vida parroquial.
· Pueden ser atendidos en dirección espiritual.
· Ayudarles a hacer la distinción entre comunión eclesial y comunión eucarística.
9. Litúrgicamente no pueden ser admitidos a los sacramentos de la eucaristía y la confesión, por tres razones básicas:
Ø Porque en ellos, como católicos, hay una ausencia del sentido católico cristiano del matrimonio como alianza fiel, indisoluble y exclusiva a semejanza de CRISTO con su iglesia. E F 5,21-22.
Ø Hay una privación voluntaria (a veces involuntaria) de la gracia del sacramento matrimonial que como creyentes deben vivir.
Ø Por cuestiones de tipo jurídico canónico, de carácter disciplinar hacia el interior mismo de la Iglesia.
10. ¿En qué casos pueden ser admitidos a los sacramentos de la eucaristía y la confesión?
ü Si formalizan su unión civil sacramentalmente
ü Si se separan o se divorcian.
ü Si enviudan.
ü Si en peligro de muerte, arrepentidos buscan esos sacramentos C.976.
ü Si por serios motivos: fama personal; educación y salud física, psíquica y académica de los hijos, no pueden cumplir con la separación o divorcio pero asumen la obligación de vivir en plena continencia.
11. La unción de los enfermos en situaciones especiales de edad y/o salud que los mantiene permanentemente en continencia, si ellos lo piden, se les debe de administrar.
12. Sus hijos pueden y deben ser bautizados y recibir los otros sacramentos.
13. Se les puede administrar la unción de los enfermos en situaciones especiales de edad y/o salud, si ellos lo piden.
14. Pueden participar de la dirección espiritual o consejería. Y pueden participar en ciertos
15. grupos de apostolado. En algunos casos no es prudente que sean los coordinados para evitar el escándalo. No deben ser padrinos de bautismo, confirma y matrimonio. C. 874 § 1.3., ni Ministros Extraordinarios de la Comunión.
3- Separados y Divorciados no casados de nuevo fieles al vínculo. (Familiaris Consortio 83)
La soledad y otras dificultades son a veces patrimonio del cónyuge separado, especialmente si es inocente. En este caso la comunidad eclesial debe particularmente sostenerlo, procurarle estima, solidaridad, comprensión y ayuda concreta, de manera que le sea posible conservar la fidelidad, incluso en la difícil situación en la que se encuentra; ayudarle a cultivar la exigencia del perdón, propio del amor cristiano y la disponibilidad a reanudar eventualmente la vida conyugal anterior.
Parecido es el caso del cónyuge que ha tenido que sufrir el divorcio, pero que —conociendo bien la indisolubilidad del vínculo matrimonial válido— no se deja implicar en una nueva unión, empeñándose en cambio en el cumplimiento prioritario de sus deberes familiares y de las responsabilidades de la vida cristiana. En tal caso su ejemplo de fidelidad y de coherencia cristiana asume un particular valor de testimonio frente al mundo y a la Iglesia, haciendo todavía más necesaria, por parte de ésta, una acción continua de amor y de ayuda, sin que exista obstáculo alguno para la admisión a los sacramentos.”
Se trata de aquellos fieles casados válidamente que habiéndose separado o divorciado se mantienen fieles al vínculo sacramental.
El matrimonio como comunión de personas exige por sí mismo, en justicia, la vida en común. “Existen sin embargo, situaciones en que la convivencia matrimonial se hace prácticamente imposible por razones muy diversas”. En tales casos la Iglesia admite la separación física de los esposos y el fin de la cohabitación. Los esposos no cesan de ser marido y mujer delante de Dios, ni pueden contraer otra unión. En esta situación difícil, la mejor solución será, si es posible, la reconciliación mediante la revitalización del amor compartido y ahora herido. La comunidad cristiana esta llamada a ayudar a estas personas a vivir cristianamente su situación en la fidelidad al vínculo de su matrimonio que permanece indisoluble.
En este caso, especialmente si se trata del cónyuge que no es el causante de la separación “la comunidad eclesial debe particularmente sostenerlo, procurarle estima, solidaridad, comprensión y ayuda concreta, de manera que le sea posible conservar la fidelidad a la indisolubilidad del vínculo matrimonial, incluso en la difícil situación en que se encuentra”, y así siga de testimonio empeñándose en el cumplimiento de sus deberes familiares. Hay que cuidar en especial de “ayudarle a cultivar la exigencia del perdón propio del amor cristiano y la disponibilidad a reanudar eventual mente la vida conyugal anterior”. Es extremadamente importante que no se sientan solos en su decisión. A la vez -es claro-nada hay que impida su participación en la vida de la Iglesia y en la admisión a los sacramentos; es mas, la Eucaristía será para ellos una fuente excelsa de fidelidad y fortaleza.
Si el divorcio civil representa la única manera posible de asegurar ciertos derechos legitimas, el cuidado de los hijos o la defensa del matrimonio, puede ser tolerado sin constituir falta moral. Con todo, tan solo se ha de acceder a él voluntariamente por motivos muy graves, evitando el escándalo y con la firme convicción de que equivale a una separación. No es, en modo alguno la ruptura del vinculo matrimonial
Con el que se ha visto obligado, sin culpa de su parte, a sufrir las consecuencias del divorcio civil, el cuidado pastoral seguirá un camino similar al que se ha de tener con los separados no casados de nuevo. La comunidad cristiana ha de sostenerlos y ayudarlos en el ejemplo de fidelidad y coherencia cristiana que, en su caso, tiene un valor particular de testimonio frente al mundo y a la Iglesia. No existe por este motivo, obstáculo alguno para que puedan ser recibidos a los sacramentos.
También al cónyuge causante del divorcio – lo mismo se ha de hacer con lo que es responsable de la separación – se le ha de tratar con mayor comprensión y misericordia. Pero para ser recibido a los sacramentos ha de dar muestras de verdadero arrepentimiento. Esto implica reparar, en lo posible, la situación irregular que se ha provocado. Debe ser consciente de que, a pesar de haber obtenido el divorcio civil, su matrimonio sacramental siendo valido y que, en consecuencia, la situación de separación en que se encuentra tan sólo es moralmente lícita si existen motivos que hacen inviable la reanudación de convivencia conyugal y hacia ese objetivo, siempre con la máxima prudencia y respeto, deberá orientarse preferentemente la acción pastoral.
· Incompatibilidad de caracteres, intelecto o religión.
· Adulterio.
· Desavenencias económicas.
· Terceras personas.
· Desarmonía sexo-genital (agresiones).
· Problemas de salud.
· Causas de tipo penal, etc.
EL ACOMPAÑAMIENTO PASTORAL A LAS PAREJAS EN SITUACIÓN IRREGULAR
La exigencia de fidelidad y de estabilidad que la razón humana descubre en el matrimonio aparece a la luz de la fe con mayor claridad. La iglesia, iluminada por el Espíritu Santo, descubre en las enseñanzas de Jesús que en el designio original de Dios el matrimonio es indisoluble: “Lo que Dios ha unido no lo separe el hombre” (Mc 10, 9).
“Llegada la plenitud de los tiempos” (Ga 4, 4), el matrimonio de los cristianos es por voluntad de Cristo, el Sacramento que actualiza y manifiesta la unión inefable, el amor fidelísimo y la entrega irrevocable de Jesucristo Esposo a su esposa la Iglesia (cf. Ef 5, 22 y ss)
El matrimonio cristiano simboliza esta entrega total y permanente de Cristo a los hombres, iniciada en la Encarnación del Hijo de Dios y consumada en su Cruz y Resurrección. La unión conyugal de los cristianos es, por tanto, indisoluble y exige la fidelidad mutua no sólo por razón del bien de ambos cónyuges, de los hijos y de toda la sociedad humana, sino principalmente por la condición sacramental del matrimonio cristiano.
En la celebración de este sacramento, Cristo se hace presente y actúa por su Espíritu en el varón y en la mujer, los une con el vínculo del amor conyugal y, a lo largo de su vida, los renueva interiormente cada día en su amor mutuo, si le son fieles. Esta renovación tiene su fuente principal cuando ambos cónyuges participan de manera consciente, activa y provechosa en la Eucaristía, donde Cristo actualiza sacramentalmente su entrega y amor por su esposa la Iglesia. Hay que recordar que es precisamente la Pascua de Cristo que, por la fuerza del Espíritu Santo y las palabras de la Institución, actualizada en la Eucaristía, la que fundamenta y fecunda el sacramento del matrimonio.
“El matrimonio tiene sus propios bienes y fines. Éstos no sólo afectan a los propios cónyuges, sino también a los hijos. De aquí que la estabilidad ya exigida por el singular amor conyugal, venga de nuevo urgida por la fundamental significación del matrimonio para la sociedad y por los valores y fines que le son propios. El matrimonio implica, por su misma naturaleza, deberes y derechos de los cónyuges entre sí y en relación con los hijos y con la sociedad, que no pueden quedar subordinados a la versatilidad del corazón humano” (nota doctrinal de la CEE, 1977).
II- La Situación Irregular: Razón del Término
“En su solicitud por tutelar la familia en toda su dimensión, no sólo la religiosa, el Sínodo no ha dejado de considerar atentamente algunas situaciones irregulares, desde el punto de vista religioso y con frecuencia también civil, que —con las actuales y rápidas transformaciones culturales— se van difundiendo por desgracia también entre los católicos con no leve daño de la misma institución familiar y de la sociedad, de la que ella es la célula fundamental”. FC 79.
Las situaciones de irregularidad se generan por la no adecuación del comportamiento a tres grandes criterios normativos entre cristianos:
Entonces conocemos como situaciones irregulares: los matrimonios a prueba; las uniones libres de hecho, los casados únicamente por el vínculo civil; los separados y divorciados no casados de nuevo; y los divorciados casados de nuevo. FC 80-84.
Cada uno de los tipos de situaciones irregulares está definido por elementos concretos y por ello, cada uno debe recibir un tratamiento específico según la atención pastoral que sugiere la Iglesia. La auténtica comunión eclesial exige una clara unidad en los criterios fundamentales para que nuestra pastoral sea creíble y afectiva. Específicamente comentamos cuatro de las situaciones irregulares nombradas en la Familiaris Consortio: uniones libres (FC 81), católicos unidos con matrimonio únicamente civil (FC 82), separados y divorciados no casados de nuevo (Familiaris Consortio 83), y los divorciados civilmente y vueltos a casar (FC 84). Seguiremos la reflexión teológica pastoral de estas situaciones iniciando con los divorciados civilmente y vueltos a casar.
1- Divorciados civilmente y casados de nuevo (Familiaris Consortio 84)
La Exhortación Apostólica Familiaris Consortio (1981) declara que la Iglesia en su ejercicio pastoral debe acercarse también y con especial cuidado a aquellas familias que se hallan en situaciones irregulares para acompañarles a fin de que se puedan acercar “al modelo de familia, que ha querido el Creador "desde el principio" y que Cristo ha renovado con su gracia redentora. (FC 65). El mismo documento define concretamente cuáles son esas situaciones irregulares y entre estas menciona a los divorciados vueltos a casar y señala que “la Iglesia instituida para conducir a la salvación a todos los hombres, sobre todo a los bautizados, no puede abandonar a sí mismos a quienes -unidos ya con el vínculo matrimonial sacramental- han intentado pasar a nuevas nupcias. Por lo tanto procurará infatigablemente poner a su disposición los medios de salvación. FC 84
Es la Familiaris Consortio el documento del Magisterio de la Iglesia que empieza a marcar líneas concretas y aclaras acerca de la atención que la Iglesia, comenzando por sus pastores, debe brindar a quienes se encuentran en esta dolorosa situación: “…exhorto vivamente a los pastores y a toda la comunidad de los fieles para que ayuden a los divorciados, procurando con solícita caridad que no se consideren separados de la Iglesia, pudiendo y aun debiendo, en cuanto bautizados, participar en su vida. Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la Misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar a los hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios. La Iglesia rece por ellos, los anime, se presente como madre misericordiosa y así los sostenga en la fe y en la esperanza.” La Iglesia está firmemente convencida de que también quienes se han alejado del mandato del Señor y viven en tal situación, pueden obtener de Dios la gracia de la conversión y de la salvación, si perseveran en la oración, en la penitencia y en la caridad. FC 84
Después de la Familiaris Consortio encontramos en los anales del Magisterio de la Iglesia Católica una serie de documentos que reafirman su vigente doctrina y normativa sobre los divorciados vueltos a casar en cuanto a su imposibilidad de acercarse al sacramento de la Reconciliación y a la Comunión Sacramental de la Eucaristía. Pero notamos a la vez una apertura a la toma de conciencia de una pastoral urgente que atienda efectivamente a los hijos de la Iglesia que sufren por no poder recibir el Cuerpo y la Sangre de Cristo. Así encontramos en el documento final de la IV Conferencia General del Episcopado Latinoamericano, realizada en Santo Domingo en el año 1992 la siguiente aportación: Se debe “buscar, siguiendo el ejemplo del Buen Pastor, caminos y formas para lograr una pastoral orientada a las parejas en situación irregular, especialmente las divorciadas y vueltos a casar civilmente. (SD 224). También en el Catecismo de la Iglesia Católica, publicado por Juan Pablo II en 1992, considera que “ respecto a los cristianos que viven en esta situación (divorciados vueltos a casar) y que con frecuencia conservan la fe y desean educar cristianamente a sus hijos, los sacerdotes y toda la comunidad deben dar prueba de una atenta solicitud, a fin de que aquellos no se consideren como separados de la Iglesia, de cuya vida pueden y deben participar en cuanto bautizados: Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar sus hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios (CIC 1651)
En el Año de la familia (1994) el mismo Papa Juan Pablo II escribió una carta dedicada a la familia donde también recuerda el cuidado que la Iglesia debe a los divorciados vueltos a casar: “Que esta oración (la de la Iglesia) llegue también a… las que se encuentran en situaciones que la Familiaris Consortio califica como «irregulares»9. ¡Que todas puedan sentirse abrazadas por el amor y la solicitud de los hermanos y hermanas!
Que la oración, en el Año de la familia, constituya ante todo un testimonio alentador por parte de las familias que, en la comunión doméstica, realizan su vocación de vida humana y cristiana. ¡Son tantas en cada nación, diócesis y parroquia! Se puede pensar razonablemente que esas familias constituyen «la norma», aun teniendo en cuenta las no pocas «situaciones irregulares». Y la experiencia demuestra cuán importante es el papel de una familia coherente con las normas morales, para que el hombre, que nace y se forma en ella, emprenda sin incertidumbres el camino del bien, inscrito siempre en su corazón.” (CF 5)
En el año 1997, se dirigió a los participantes de la XIII Asamblea Plenaria del Consejo Pontificio para la Familia, donde se discutió el tema de la pastoral para divorciados. El Papa señala que “«La pastoral de los divorciados vueltos a casar »— está hoy en el centro de la atención y de las preocupaciones de la Iglesia y de los pastores dedicados a la cura de almas, quienes no dejan de prodigar su solicitud pastoral a cuantos sufren por situaciones de dificultad en su familia.
La Iglesia no puede permanecer indiferente ante este doloroso problema, que afecta a tantos hijos suyos. Ya en la exhortación apostólica Familiaris Consortio (n. 84) reconocía que… «el problema debe afrontarse con atención improrrogable»… Estos hombres y mujeres deben saber que la Iglesia los ama, no está alejada de ellos y sufre por su situación. Los divorciados vueltos a casar son y siguen siendo miembros suyos, porque han recibido el bautismo y conservan la fe cristiana. Ciertamente, una nueva unión después del divorcio… no debe impedir el compromiso de la oración ni el testimonio activo de la caridad.
… Los divorciados vueltos a casar no pueden ser admitidos a la comunión eucarística, «dado que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía». Y esto, en virtud de la misma autoridad del Señor, Pastor de los pastores, que busca siempre a sus ovejas. Esto también vale para el sacramento de la penitencia, pues la condición de vida de los divorciados vueltos a casar, que siguen casados, está en contradicción con su significado doble y unitario de conversión y reconciliación.
Sin embargo, no faltan caminos pastorales oportunos para salir al encuentro de estas personas. La Iglesia ve sus sufrimientos y las graves dificultades que atraviesan, y en su caridad materna se preocupa tanto por ellos como por los hijos de su anterior matrimonio: privados del derecho original a la presencia de ambos padres, son las primeras víctimas de estas situaciones dolorosas.
Los pastores, especialmente los párrocos, deben acompañar y sostener de corazón a estos hombres y mujeres, ayudándoles a comprender que, aunque hayan roto el vínculo matrimonial, no deben perder la esperanza en la gracia de Dios, que vela sobre su camino. Los pastores están llamados a hacer sentir la caridad de Cristo y la materna cercanía de la Iglesia; los acogen con amor, exhortándolos a confiar en la misericordia de Dios y sugiriéndoles, con prudencia y respeto, caminos concretos de conversión y de participación en la vida de la comunidad eclesial… El Señor, movido por la misericordia, sale al encuentro de todos los necesitados, con la exigencia de la verdad y con el aceite de la caridad.
Cuando una pareja en situación irregular vuelve a la práctica cristiana es necesario acogerla con caridad y benevolencia, ayudándola a aclarar el estado concreto de su condición, a través de un trabajo pastoral iluminado e iluminador. Esta pastoral de acogida fraterna y evangélica es de gran importancia para los que habían perdido el contacto con la Iglesia, pues es el primer paso necesario para insertarlos en la práctica cristiana. Es preciso acercarlos a la escucha de la palabra de Dios y a la oración, implicarlos en las obras de caridad que la comunidad cristiana realiza en favor de los pobres y los necesitados, y estimular el espíritu de arrepentimiento con obras de penitencia, que preparen su corazón para acoger la gracia de Dios.
Un capítulo muy importante es el de la formación humana y cristiana de los hijos de la nueva unión. Hacerlos partícipes de todo el contenido de la sabiduría del Evangelio, según la enseñanza de la Iglesia, es una obra que prepara admirablemente el corazón de los padres para recibir la fuerza y la claridad necesarias a fin de superar las dificultades reales que encuentran en su camino y volver a tener la plena transparencia del misterio de Cristo, que el matrimonio cristiano significa y realiza. Una tarea especial, difícil pero necesaria, corresponde también a los otros miembros que, de modo más o menos cercano, forman parte de la familia. Ellos, con una cercanía que no puede confundirse con la condescendencia, han de ayudar a sus seres queridos, y de manera particular a los hijos, que por su joven edad sufren más los efectos de la situación de sus padres.
Queridos hermanos y hermanas, la recomendación que brota hoy de mi corazón es la de tener confianza en todos los que viven situaciones tan dramáticas y dolorosas. No hay que dejar de «esperar contra toda esperanza» (Rm 4, 18) que también los que se encuentran en una situación no conforme con la voluntad del Señor puedan obtener de Dios la salvación, si saben perseverar en la oración, en la penitencia y en el amor verdadero.” (Cf. Discurso del Papa Juan Pablo II a los participantes de la Asamblea Plenaria del Consejo Pontificio para la Familia, nn. 1- 4. 24 de Enero de 1997)
Con ocasión del veinteavo aniversario de la Familiaris Consortio, Juan Pablo II, en un mensaje recuerda que “no hay que dejar de ofrecer el apoyo necesario a las familias que atraviesan situaciones difíciles, las cuales requieren mayor asistencia pastoral, como, por ejemplo, los divorciados vueltos a casar. (22 de noviembre del 2001)
El Papa Benedicto XVI también ha asumido una actitud de acogida y acompañamiento hacia los divorciados vueltos a casar y expresa por ellos un profundo dolor y preocupación. En un diálogo con los sacerdotes de la diócesis de Aosta, el 25 de Julio del 2005, el Papa expresó: “Sabemos todos que éste es un problema particularmente doloroso para las personas que viven en situaciones en las que son excluidas de la comunión eucarística y naturalmente para los sacerdotes que quieren ayudar a estas personas a amar a la Iglesia, a querer a Cristo. Esto plantea un problema.
Ninguno de nosotros tiene una receta, en parte porque las situaciones son siempre diferentes… en cualquier caso me parecen muy importantes dos aspectos. El primero: aunque no puedan recibir la comunión sacramental no están excluidos del amor de la Iglesia y del amor de Cristo. Una Eucaristía sin la comunión sacramental inmediata ciertamente no es completa, falta algo esencial. Sin embargo también es verdad que participar en la Eucaristía sin comunión eucarística no es igual a nada, implica estar siempre implicados en el misterio de la Cruz y de la resurrección de Cristo. Siempre es participación en el gran sacramento en su dimensión espiritual y pneumática; también en su dimensión eclesial, aunque no estrictamente sacramental. Y puesto que es el Sacramento de la Pasión de Cristo, el Cristo doliente abraza de modo particular a estas personas y se comunica con ellas de otro modo, pueden sentirse así abrazadas por el Señor crucificado que cae a tierra y muere y sufre por ellos, con ellos.
Hace falta, pues, dar a entender que aunque desafortunadamente falta una dimensión fundamental, no están excluidos del gran misterio de la Eucaristía, del amor de Cristo aquí presente. Esto me parece importante, como es importante que el párroco y la comunidad parroquial hagan experimentar a estas personas que, por una parte, tenemos que respetar el carácter indivisible del sacramento y, por otra parte, que queremos a estas personas que también sufren por nosotros… Por una parte, pues, están el bien de la comunidad y el bien del sacramento que tenemos que respetar y por la otra el sufrimiento de las personas a las que tenemos que ayudar.
El segundo punto que tenemos que enseñar y también hacer creíble para nuestra misma vida es que el sufrimiento, forma parte necesariamente de nuestra vida en muchas formas. Y éste es un sufrimiento noble, diría yo. De nuevo hace falta hacer entender que el placer no lo es todo.
El cristianismo nos da alegría, como el amor da alegría. Pero el amor también es siempre renuncia a sí mismo. El mismo Dios nos ha dado la fórmula de qué es amor: quien se pierde a sí mismo se encuentra; quien asegura su vida se pierde.
Siempre es un éxodo y por lo tanto también un sufrimiento. El gozo verdadero es una cosa diferente del placer, la alegría crece, madura siempre con el sufrimiento en comunión con la Cruz de Cristo. Sólo aquí nace el gozo verdadero de la fe, de la que tampoco están excluidos si aprenden a aceptar su sufrimiento en comunión con el de Cristo.”
En su primera Exhortación Apostólica “Sacramentum Caritatis, promulgada el 22 de febrero del 2007, el Sumo Pontífice recuerda a los divorciados vueltos a casar diciendo que “está más que justificada la atención pastoral que el Sínodo ha dedicado a las situaciones dolorosas en que se encuentran no pocos fieles que, después de haber celebrado el sacramento del Matrimonio, se han divorciado y contraído nuevas nupcias. Se trata de un problema pastoral difícil y complejo… que afecta de manera creciente incluso a los ambientes católicos. Los Pastores, por amor a la verdad, están obligados a discernir bien las diversas situaciones, para ayudar espiritualmente de modo adecuado a los fieles implicados. El Sínodo de los Obispos ha confirmado la praxis de la Iglesia, fundada en la Sagrada Escritura (cf. Mc 10,2-12), de no admitir a los sacramentos a los divorciados casados de nuevo, porque su estado y su condición de vida contradicen objetivamente esa unión de amor entre Cristo y la Iglesia que se significa y se actualiza en la Eucaristía. Sin embargo, los divorciados vueltos a casar, a pesar de su situación, siguen perteneciendo a la Iglesia, que los sigue con especial atención, con el deseo de que, dentro de lo posible, cultiven un estilo de vida cristiano mediante la participación en la santa Misa, aunque sin comulgar, la escucha de la Palabra de Dios, la Adoración eucarística, la oración, la participación en la vida comunitaria, el diálogo con un sacerdote de confianza o un director espiritual, la entrega a obras de caridad, de penitencia, y la tarea de educar a los hijos.
Donde existan dudas legítimas sobre la validez del Matrimonio sacramental contraído, se debe hacer todo lo necesario para averiguar su fundamento. Es preciso también asegurar, con pleno respeto del derecho canónico, que haya tribunales eclesiásticos en el territorio, su carácter pastoral, así como su correcta y pronta actuación. En cada diócesis ha de haber un número suficiente de personas preparadas para el adecuado funcionamiento de los tribunales eclesiásticos. Recuerdo que « es una obligación grave hacer que la actividad institucional de la Iglesia en los tribunales sea cada vez más cercana a los fieles. (Cf. SC 29)
El 24 de Julio del 2007 el Papa Benedicto XVI se encontró con los párrocos y sacerdotes de las diócesis de Belluno- Feltre y Treviso. Allí un sacerdote preguntó al Santo Padre:
“Cada vez aumentan más los casos de personas divorciadas que se vuelven a casar, conviviendo, y nos piden a los sacerdotes una ayuda para su vida espiritual. Estas personas con frecuencia sufren por no poder acceder a los sacramentos. Es necesario afrontar esas situaciones, compartiendo los sufrimientos que implican. Santo Padre, ¿con qué actitudes humanas, espirituales y pastorales podemos conjugar la misericordia y la verdad?... “
Entre otras palabras, el Papa respondió: “sí, se trata de un problema doloroso, y ciertamente no existe una receta sencilla para resolverlo. Todos sufrimos por este problema, pues todos tenemos cerca a personas que se encuentran en esa situación (divorciados vueltos a casar) y sabemos que para ellos es un dolor y un sufrimiento, porque quieren estar en plena comunión con la Iglesia… La presencia permanente de la Iglesia ayuda a estas personas a soportar… el sufrimiento de encontrarse en un vínculo nuevo, que no es el sacramental y que por tanto no permite la comunión plena en los sacramentos de la Iglesia. Aquí se trata de enseñar y aprender que… el sufrimiento puede ser algo muy positivo, pues nos ayuda a madurar, a ser lo que debemos ser, a estar más cerca del Señor, que sufrió por nosotros y sufre con nosotros. Así pues, también en esta segunda situación es de suma importancia la presencia del sacerdote, de las familias, de los Movimientos, la comunión personal y comunitaria, la ayuda del amor al prójimo, un amor muy específico. Sólo este amor profundo de la Iglesia, que se realiza con un acompañamiento múltiple, puede ayudar a estas personas a sentirse amadas por Cristo, miembros de la Iglesia, incluso en una situación difícil, y a vivir la fe.”
Orientaciones Ético-Pastorales (a modo de conclusiones)
Estos criterios son los que sirven de marco y de guía a las posibles acciones pastorales:
a) La pastoral con los DVC forma parte de la misión misma de la Iglesia, como sacramento de salvación para todos.
b) Por tanto, frente a una realidad cada día más notable, se trata de una urgencia para la Iglesia misma.
c) Es una exigencia eclesial, a la que no puede renunciar ya que las parejas de divorciados vueltos casar siguen siendo miembros de la Iglesia. A pesar de su situación no han renunciado a su bautismo ni a su fe.
d) El amor pastoral de la Iglesia hacia estas parejas tiene que hacerse sentir, hacerse visible, no sólo en los anuncios y los discursos, sino en acciones concretas. Es decir, los divorciados vueltos a casar tienen que “sentir este amor de la Iglesia”. No es suficiente que “sepan” que la Iglesia los ama. Tienen que sentirlo. Un amor que no se experimenta no es verdadero amor.
De aquí surgen las siguientes orientaciones:
1. La Iglesia no puede permanecer indiferente a estas situaciones dolorosas. Por tanto pastores, por amor a la verdad, están obligados a distinguir bien entre las diferentes situaciones para poder brindar con prudencia el debido acompañamiento.
2. Los pastores y a toda la comunidad deben ayudar a los divorciados casados de nuevo para que no se consideren separados de la Iglesia, para esto hay que animarlos a que participen de su vida.
3. Mantener una actitud una de acogida de respecto a estos matrimonios, sin olvidarnos de los matrimonios sacramentales.
4. Litúrgicamente pueden:
· Participar en la santa Misa, aunque sin comulgar
· Hacer la comunión espiritual
· Escucha la Palabra de Dios
· Hacer Adoración eucarística
· Perseverar en la oración
5. Deben incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad a favor de la justicia.
6. Educar a los hijos en la fe cristiana y los sacramentos.
7. Cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar la gracia de Dios.
8. Deben abstenerse del sacramento de la confesión y de la Comunión Eucarística, no por castigo sino por razones teológico - jurídicas que surgen de la misma naturaleza del matrimonio.
9. Se puede administrar la Unción de los enfermos para casos especiales (peligro de muerte).
10. Deben abstenerse también de ser padrinos de bautismo, confirma y matrimonio C.874 § 1.3, C. 893 § 1.
11. Es importante ayudarles a comprender la distinción entre comunión eclesial, comunión sacramental y comunión espiritual.
12. Deben ser invitados y admitidos a las diferentes actividades litúrgicas que se realizan en la parroquia dentro del Templo y fuera de él.
13. Pueden participar en algunos movimientos apostólicos y de recibir consejería espiritual. No deben ejercer funciones directas respecto a los sacramentos que no pueden recibir.
14. Podrían ser admitidos a esos sacramentos cuando:
· Si se divorcian o se separan y permanecen así fieles al primer matrimonio.
· Si enviudan y arrepentidos buscan los sacramentos.
· Si en peligro de muerte, arrepentidos buscan el sacramento de la confesión.
· Si por serios motivos (Fama personal, crianza de los hijos, edad o enfermedad y otros) no pueden cumplir la obligación de la separación o divorcio civil, pero se comprometen ante el confesor de “abstenerse de los actos propios de los esposos”.
16. Recordarles la doctrina de la Iglesia, que sin dejar de ser fiel al Evangelio, no les niega a este tipo de matrimonios la gracia de la salvación y la conversión si se esfuerzan por llevar una vida digna y cristiana.
17. Para que puedan llevar esa vida digna y cristiana es importante pastoralmente la búsqueda de nuevos caminos, nuevas reflexiones, nuevas posibilidades, a través de un proceso de evangelización, desde su situación particular, que les mantenga cerca de la Iglesia
18. Ese proceso evangelizador inicia con la invitación a vivir la verdad de su bautismo, sobre todo como elemento de comunión eclesial.
IV- Las otras Situaciones Irregulares y Orientaciones Pastorales
1– “Uniones libres de hecho” (Familiaris Consortio 81)
“Se trata de uniones sin algún vínculo institucional públicamente reconocido, ni civil ni religioso. Este fenómeno, cada vez más frecuente, ha de llamar la atención de los pastores de almas, ya que en el mismo puede haber elementos varios, actuando sobre los cuales será quizá posible limitar sus consecuencias. En efecto, algunos se consideran como obligados por difíciles situaciones -económicas, culturales y religiosas- en cuanto que, contrayendo matrimonio regular, quedarían expuestos a daños, a la pérdida de ventajas económicas, a discriminaciones, etc. En otros, por el contrario, se encuentra una actitud de desprecio, contestación o rechazo de la sociedad, de la institución familiar, de la organización socio-política o de la mera búsqueda del placer. Otros, finalmente, son empujados por la extrema ignorancia y pobreza, a veces por condicionamientos debidos a situaciones de verdadera injusticia, o también por una cierta inmadurez psicológica que les hace sentir la incertidumbre o el temor de atarse con un vínculo estable y definitivo. En algunos países las costumbres tradicionales prevén el matrimonio verdadero y propio solamente después de un periodo de cohabitación y después del nacimiento del primer hijo.
Cada uno de estos elementos pone a la Iglesia serios problemas pastorales, por las graves consecuencias religiosas y morales que de ellos derivan (pérdida del sentido religioso del matrimonio visto a la luz de la Alianza de Dios con su pueblo, privación de la gracia del sacramento, grave escándalo), así como también por las consecuencias sociales (destrucción del concepto de familia, atenuación del sentido de fidelidad incluso hacia la sociedad, posibles traumas psicológicos en los hijos y afirmación del egoísmo). Los pastores y la comunidad eclesial se preocuparán por conocer tales situaciones y sus causas concretas, caso por caso; se acercarán a los que conviven, con discreción y respeto; se empeñarán en una acción de iluminación paciente, de corrección caritativa y de testimonio familiar cristiano que pueda allanarles el camino hacia la regularización de su situación. Pero, sobre todo, adelántense enseñándoles a cultivar el sentido de la fidelidad en la educación moral y religiosa de los jóvenes; instruyéndoles sobre las condiciones y estructuras que favorecen tal fidelidad, sin la cual no se da verdadera libertad; ayudándoles a madurar espiritualmente y haciéndoles comprender la rica realidad humana y sobrenatural del matrimonio-sacramento.
El pueblo de Dios se esfuerce también ante las autoridades públicas para que, -resistiendo a las tendencias disgregadoras de la misma sociedad y nocivas para la dignidad, seguridad y bienestar de los ciudadanos-, procuren que la opinión pública no sea llevada a menospreciar la importancia institucional del matrimonio y de la familia. Y dado que en muchas regiones, a causa de la extrema pobreza derivada de unas estructuras socio-económicas injustas o inadecuadas, los jóvenes no están en condiciones de casarse como conviene, la sociedad y las autoridades públicas favorezcan el matrimonio legítimo a través de una serie de intervenciones sociales y políticas, garantizando el salario familiar, emanando disposiciones para una vivienda apta a la vida familiar y creando posibilidades adecuadas de trabajo y de vida.”
El fenómeno de la privatización del matrimonio, es decir considerarlo como una convivencia que afecta solo a dos personas y en el que ni sociedad ni religión debe inmiscuirse, ha conducido a la proliferación de las denominadas “uniones de hecho” sin ningún vinculo ni civil, ni religioso.
Es un reto a nivel social, no sólo porque se le considera un modo lícito de convivir, sino porque además se reclama su equiparación en derechos al matrimonio.
También son muy diversos los motivos que ha llevado a tomar esa decisión de formar una “unión de hecho ” sin contraer matrimonio: falta de formación, falta de fe, ruptura con la familia, desconfianza en el futuro, limitaciones económicas, una mal entendida libertad que rechaza todo vinculo jurídico, etc. En todo caso se trata de una situación irregular que no permite su acceso a los sacramentos mientras no exista una voluntad de cambiar de vida, porque faltan las disposiciones necesarias para recibir la gracia del Señor.
Siendo también causa de la unión de hecho una ignorancia acerca de la dignidad matrimonial se hace necesario anunciar el evangelio del matrimonio que ayude a encontrar, que lleva a la santidad de la familia
Dado lo inestable de su situación, los mismos acontecimientos de la vida pueden hacerles considerar su postura, sobre todo cuando aparecen los hijos. Si existe un rescoldo de fe es un buen momento para proponerles la buena noticia del matrimonio cristiano y guiarles hacia su celebración. Es habitual encontrar parejas en que uno de los dos, con empecinada actitud no permite que el otro normalice tal situación, para ellos tenemos una palabra de consuelo y aliento a perseverar en la búsqueda de una adecuada solución.
· Vivimos en una sociedad muy caracterizada por el individualismo subjetivista, por la permisividad y la sobre tolerancia. La Iglesia piensa que esto aumenta este tipo de uniones, aún entre los católicos bautizados.
· Jurídicamente las Uniones libres en general no están reconocidas por el derecho eclesiástico. Sin embargo, en el derecho civil costarricense, a nivel de la promoción de la igualdad real de la mujer de 1992, se le ha dado a esas uniones algún reconocimiento que respalda alas mujeres en unión libre.
· Situaciones complejas a nivel económico o a nivel cultural.
· Razones religiosas, ideológicas.
· Razones de desprecio, o de rechazo, contestatarias de frente a lo constitucional.
· Por mero placer despersonalizante.
· Por ignorancia socio-cultural y religiosa, pobreza intelectual y material. Inmadurez psico-social.
1. Los pastores y la comunidad cristiana deben esforzarse por establecer un diálogo para discernir cuál es la situación jurídica civil que les impide casarse. Toda persona en unión libre está llamada a la conversión.
2. Se debe desarrollare una “pastoral de proximidad y acercamiento” para hacerles sentir la presencia de la Iglesia “a pesar de su situación”.
3. Una vez dada la acogida se hace necesaria una “pastoral de discreción y respeto” tanto a su realidad como a sus personas. Manteniendo con ellos un diálogo que lleva con paciencia un proceso de evangelización que los orienta hacia la vida sacramental del matrimonio.
4. Procurar como Iglesia que los Gobiernos no legislen en contra de la institución del matrimonio.
5. Luchar contra las condiciones de injusticia y pobreza que impiden a los jóvenes formalizar su unión como pareja.
6. Es claro que los padres de familia deben ser claros en manifestar su juicio y su malestar frente a tales decisiones. E incluso hacerles ver que “convivir como pareja” expresa una incoherencia con su fe, con su bautismo, con la Iglesia y con toda la formación que han recibido.
7. Pero deberán respetar tales decisiones, por más que no las compartan. Al fin, son ellos los que deciden tanto su futuro como su actitud de creyentes.
8. Ciertamente que estas situaciones crean desequilibrios familiares. Sin embargo, no debieran romper los lazos de familia. Los padres de familia tampoco pueden caer en el indiferentismo. Ni en el rechazo que los haga olvidar a su propia suerte. Son precisamente ellos quienes más necesitados están de nuestra comprensión, amistad y cariño.
9. La respuesta de Jesús pudiera ser un buen criterio de pastoral: “no son los sanos sino los enfermos quienes necesitan de médico”. (Cf. Mt 9, 12 - 13)
10. En la pastoral de estas situaciones es importante aprovechar ciertos momentos fuertes de la vida: el bautismo de los hijos, la Primera Comunión, etc. Todos sabemos que hay ciertos momentos en los que nuestra sensibilidad, incluso religiosa, aflora aún sin darnos cuenta. La atención delicada en esos momentos, el diálogo sincero y fraterno, la acogida que les hace sentir como miembros de la comunidad, pudiera ayudar para llevarles a una reflexión mucho más sincera sobre su situación y a facilitarles el retorno a la experiencia de su fe.
11. Para la Iglesia Católica las uniones libres entre bautizados católicos no se aceptan porque hay pérdida del sentido religioso del matrimonio como expresión de la alianza estable que Dios vive con su pueblo. Alianza que es fiel, exclusiva e indisoluble. Posibles trauma o preocupaciones tanto personales como sociales en papás o hijos.
12. El número de católicos bautizados es creciente en la Iglesia. De frente a ello el Magisterio pide recatequizar sobre el sacramento del matrimonio, compromiso cristiano coherencia entre fe y vida, que ayude a tomar conciencia sobre la importancia social y sacramental de la institución de la familia. FC. 76.
13. Litúrgicamente los que están en unión libre no se deben rechazar. Ellos deben participar de la vida litúrgica de la Iglesia aunque sea de modo imperfecto. Pastoralmente los puede ayudar el hacer una distinción entre comunión sacramental y comunión eclesial.
14. ¿Cuándo pueden confesarse y comulgar?
· Si se separan
· Si enviudan
· Si aspiran al sacramento del matrimonio
· Si tienen graves dificultades para separarse, absteniéndose, bajo promesa al confesar, de la vida íntima. Es recomendable cuando se hace esa promesa, aconsejar a la pareja que comulguen en otra parroquia o filial donde no les conozcan, esto para evitar disgustos públicos.
15. En casos donde hay unión libre pero todos les tiene por casados, y cuando civil y eclesiásticamente son solteros, puede celebrárseles el matrimonio privadamente mientras no haya impedimentos: c 1130-1133.
16. Sus hijos pueden y deben ser bautizados y recibir los otros sacramentos.
17. Pueden participar en ministerios musicales y de animación y ocupar cualquier lugar en el templo.
2- Católicos unidos con matrimonio únicamente civil (Familiaris Consortio 82)
“Es cada vez más frecuente el caso de católicos que, por motivos ideológicos y prácticos, prefieren contraer sólo matrimonio civil, rechazando o, por lo menos, difiriendo el religioso. Su situación no puede equipararse sin más a la de los que conviven sin vínculo alguno, ya que hay en ellos al menos un cierto compromiso a un estado de vida concreto y quizá estable, aunque a veces no es extraña a esta situación la perspectiva de un eventual divorcio. Buscando el reconocimiento público del vínculo por parte del Estado, tales parejas demuestran una disposición a asumir, junto con las ventajas, también las obligaciones. A pesar de todo, tampoco esta situación es aceptable para la Iglesia. La acción pastoral tratará de hacer comprender la necesidad de coherencia entre la elección de vida y la fe que se profesa, e intentará hacer lo posible para convencer a estas personas a regular su propia situación a la luz de los principios cristianos. Aun tratándoles con gran caridad e interesándoles en la vida de las respectivas comunidades, los pastores de la Iglesia no podrán admitirles al uso de los sacramentos.”
Se trata de aquellos bautizados que, no teniendo impedimento alguno, deciden casarse por lo civil y prescinden del sacramento.
La extensión de una mentalidad secularizada de la relación matrimonial entre el hombre y la mujer y el indiferentismo religioso lleva a no pocos bautizados a plantearse su unión solo a nivel civil, al margen de toda celebración religiosa. Es una situación que supone la aceptación de una estabilidad en su relación por lo que “no puede equiparse sin más a los que conviven sin vínculo alguno”. Aunque algunas veces procede de la voluntad de dejar abierta la posibilidad a un futuro divorcio.
No obstante el valor de la unión de orden natural del hombre y la mujer, el matrimonio civil no permite la presencia de Cristo en su unión y su vocación bautismal, por lo que mientras persistan en esta situación, no se les puede admitir a la recepción de los sacramentos. Si esta situación no es por un rechazo a la fe sino por otras consideraciones, pertenece a la prudente discreción de los pastores orientar, guiar e insertar la correspondiente actividad pastoral de quienes se encuentran en esta situación.
Muchas veces puede deberse a ignorancia o a un temor de contraer un compromiso definitivo La adecuada acción pastoral comenzara por identificar los motivos que les han llevado a casarse sólo por lo civil. Si se ha producido un primer acercamiento puede ser signo de una fe incipiente que hay que fomentar. Un primer paso orientará a un mayor conocimiento y profundización en la vida cristiana, para hacerles descubrir la necesidad de la celebración del matrimonio sacramental. Para ello es de una gran eficacia su integración en la vida de las respectivas comunidades.
En el caso de que los unidos sólo con el matrimonio civil se separen y solicitaran casarse canónicamente con una tercera persona, es necesario proceder con cautela. Hay que hacer conciencia sobre ellos de la responsabilidad que tienen de atender a las obligaciones adquiridas con cuantos se hallan implicados en la situación (la anterior esposa, los hijos tenidos en el matrimonio, etc.); y constatar sus disposiciones y aptitudes ante la solicitud del matrimonio canónico. Se ha de de evitar cualquier apariencia de que la jerarquía “premia” la infidelidad, permitiéndoles una nueva unión.
· La secularización o secularismo que ha llevado al indiferentismo religioso a los mismos católicos bautizados.
· Falta de testimonio de algunos matrimonios.
· Mayores exigencias de tipo pastoral, jurídico y administrativo de la Iglesia.
· El matrimonio civil goza de un buen respaldo moral.
· Discrepancias de tipo religioso e ideológico.
· Razones de tipo práctico personal (“Por si las cosas no salen bien”).
· Falta de una buena evangelización y dentro de ella una buena catequesis acerca de la familia y de la razón de ser del sacramento del matrimonio.
1. La pastoral de estas situaciones tiene como finalidad
Ø “hacer comprender la necesidad de coherencia entre la elección de vida y la fe que se profesa”
Ø “e intentará hacer lo posible para hacer convencer a estas personas a regular su propia situación a la luz de los principios cristianos”.
2. Dada la pluralidad de situaciones, lo primero que se requiere es conocer bien cada una de las situaciones de quienes se han casado sólo por lo civil.
3. En los casos de parejas que viven en esa condición por una cultura tradicional un tanto marginada de la presencia de la Iglesia y su deficiente evangelización y catequización, lo primero que necesitaríamos no es precisamente forzar el sacramento sino evangelizarlos, ayudarlos a pasar de la simple religiosidad natural a una experiencia de fe.
4. Si se trata de bautizados que se han enfriado en la fe, o la han perdido, o al menos ya no la sienten, la tarea pastoral será de evangelización y catequización. Y esta evangelización ha de llevarse a cabo con mucha delicadeza, prudencia y respeto de los mismos esposos; se requerirá aquí la “pastoral del acercamiento”, de la “presencia”, sobre todo de la comunidad, a través de aquellos que por los vínculos de la amistad, están más cercanos a ellos. Además aquí es preciso aprovechar “ciertos momentos o situaciones familiares particulares”, por ejemplo, cuando piden el bautismo para los hijos.
5. Si el problema radica en la nueva mentalidad “anti-eclesial”, “anti-institucional”, las cosas suelen ser un tanto más complicadas. Aquí es conveniente aprovechar todas las oportunidades para encuentros de amistad, brindar ciertos servicios, que de alguna manera vayan derritiendo el hielo que los bloquea.
6. En todo caso, la misma prudencia exige una “pastoral de progresividad y sin prisas”. Lo más importante no es sacramentalizar su unión civil, sino despertar en ellos la fe y su sentido de Iglesia. El sacramento tiene que ser una consecuencia de evangelización que lleva al encuentro personal con Jesús.
7. A pesar de la situación irregular que a nivel sacramental presenta el matrimonio civil, no podemos dejar de aceptar su licitud jurídica.
8. En FC.82 y P. 595. 608 encontramos que:
· Le iglesia nos pide mantener un contacto respetuoso y caritativo.
· Tenemos que individualizar cada situación.
· Recalcar con objetividad y caridad la importancia de la coherencia entre la fe que se profesa y la elección de vida que se hace.
· Hay que interesarlos por los trabajos y la vida general de la vida parroquial.
· Pueden ser atendidos en dirección espiritual.
· Ayudarles a hacer la distinción entre comunión eclesial y comunión eucarística.
9. Litúrgicamente no pueden ser admitidos a los sacramentos de la eucaristía y la confesión, por tres razones básicas:
Ø Porque en ellos, como católicos, hay una ausencia del sentido católico cristiano del matrimonio como alianza fiel, indisoluble y exclusiva a semejanza de CRISTO con su iglesia. E F 5,21-22.
Ø Hay una privación voluntaria (a veces involuntaria) de la gracia del sacramento matrimonial que como creyentes deben vivir.
Ø Por cuestiones de tipo jurídico canónico, de carácter disciplinar hacia el interior mismo de la Iglesia.
10. ¿En qué casos pueden ser admitidos a los sacramentos de la eucaristía y la confesión?
ü Si formalizan su unión civil sacramentalmente
ü Si se separan o se divorcian.
ü Si enviudan.
ü Si en peligro de muerte, arrepentidos buscan esos sacramentos C.976.
ü Si por serios motivos: fama personal; educación y salud física, psíquica y académica de los hijos, no pueden cumplir con la separación o divorcio pero asumen la obligación de vivir en plena continencia.
11. La unción de los enfermos en situaciones especiales de edad y/o salud que los mantiene permanentemente en continencia, si ellos lo piden, se les debe de administrar.
12. Sus hijos pueden y deben ser bautizados y recibir los otros sacramentos.
13. Se les puede administrar la unción de los enfermos en situaciones especiales de edad y/o salud, si ellos lo piden.
14. Pueden participar de la dirección espiritual o consejería. Y pueden participar en ciertos
15. grupos de apostolado. En algunos casos no es prudente que sean los coordinados para evitar el escándalo. No deben ser padrinos de bautismo, confirma y matrimonio. C. 874 § 1.3., ni Ministros Extraordinarios de la Comunión.
3- Separados y Divorciados no casados de nuevo fieles al vínculo. (Familiaris Consortio 83)
La soledad y otras dificultades son a veces patrimonio del cónyuge separado, especialmente si es inocente. En este caso la comunidad eclesial debe particularmente sostenerlo, procurarle estima, solidaridad, comprensión y ayuda concreta, de manera que le sea posible conservar la fidelidad, incluso en la difícil situación en la que se encuentra; ayudarle a cultivar la exigencia del perdón, propio del amor cristiano y la disponibilidad a reanudar eventualmente la vida conyugal anterior.
Parecido es el caso del cónyuge que ha tenido que sufrir el divorcio, pero que —conociendo bien la indisolubilidad del vínculo matrimonial válido— no se deja implicar en una nueva unión, empeñándose en cambio en el cumplimiento prioritario de sus deberes familiares y de las responsabilidades de la vida cristiana. En tal caso su ejemplo de fidelidad y de coherencia cristiana asume un particular valor de testimonio frente al mundo y a la Iglesia, haciendo todavía más necesaria, por parte de ésta, una acción continua de amor y de ayuda, sin que exista obstáculo alguno para la admisión a los sacramentos.”
Se trata de aquellos fieles casados válidamente que habiéndose separado o divorciado se mantienen fieles al vínculo sacramental.
El matrimonio como comunión de personas exige por sí mismo, en justicia, la vida en común. “Existen sin embargo, situaciones en que la convivencia matrimonial se hace prácticamente imposible por razones muy diversas”. En tales casos la Iglesia admite la separación física de los esposos y el fin de la cohabitación. Los esposos no cesan de ser marido y mujer delante de Dios, ni pueden contraer otra unión. En esta situación difícil, la mejor solución será, si es posible, la reconciliación mediante la revitalización del amor compartido y ahora herido. La comunidad cristiana esta llamada a ayudar a estas personas a vivir cristianamente su situación en la fidelidad al vínculo de su matrimonio que permanece indisoluble.
En este caso, especialmente si se trata del cónyuge que no es el causante de la separación “la comunidad eclesial debe particularmente sostenerlo, procurarle estima, solidaridad, comprensión y ayuda concreta, de manera que le sea posible conservar la fidelidad a la indisolubilidad del vínculo matrimonial, incluso en la difícil situación en que se encuentra”, y así siga de testimonio empeñándose en el cumplimiento de sus deberes familiares. Hay que cuidar en especial de “ayudarle a cultivar la exigencia del perdón propio del amor cristiano y la disponibilidad a reanudar eventual mente la vida conyugal anterior”. Es extremadamente importante que no se sientan solos en su decisión. A la vez -es claro-nada hay que impida su participación en la vida de la Iglesia y en la admisión a los sacramentos; es mas, la Eucaristía será para ellos una fuente excelsa de fidelidad y fortaleza.
Si el divorcio civil representa la única manera posible de asegurar ciertos derechos legitimas, el cuidado de los hijos o la defensa del matrimonio, puede ser tolerado sin constituir falta moral. Con todo, tan solo se ha de acceder a él voluntariamente por motivos muy graves, evitando el escándalo y con la firme convicción de que equivale a una separación. No es, en modo alguno la ruptura del vinculo matrimonial
Con el que se ha visto obligado, sin culpa de su parte, a sufrir las consecuencias del divorcio civil, el cuidado pastoral seguirá un camino similar al que se ha de tener con los separados no casados de nuevo. La comunidad cristiana ha de sostenerlos y ayudarlos en el ejemplo de fidelidad y coherencia cristiana que, en su caso, tiene un valor particular de testimonio frente al mundo y a la Iglesia. No existe por este motivo, obstáculo alguno para que puedan ser recibidos a los sacramentos.
También al cónyuge causante del divorcio – lo mismo se ha de hacer con lo que es responsable de la separación – se le ha de tratar con mayor comprensión y misericordia. Pero para ser recibido a los sacramentos ha de dar muestras de verdadero arrepentimiento. Esto implica reparar, en lo posible, la situación irregular que se ha provocado. Debe ser consciente de que, a pesar de haber obtenido el divorcio civil, su matrimonio sacramental siendo valido y que, en consecuencia, la situación de separación en que se encuentra tan sólo es moralmente lícita si existen motivos que hacen inviable la reanudación de convivencia conyugal y hacia ese objetivo, siempre con la máxima prudencia y respeto, deberá orientarse preferentemente la acción pastoral.
· Incompatibilidad de caracteres, intelecto o religión.
· Adulterio.
· Desavenencias económicas.
· Terceras personas.
· Desarmonía sexo-genital (agresiones).
· Problemas de salud.
· Causas de tipo penal, etc.
EL ACOMPAÑAMIENTO PASTORAL A LAS PAREJAS EN SITUACIÓN IRREGULAR
La exigencia de fidelidad y de estabilidad que la razón humana descubre en el matrimonio aparece a la luz de la fe con mayor claridad. La iglesia, iluminada por el Espíritu Santo, descubre en las enseñanzas de Jesús que en el designio original de Dios el matrimonio es indisoluble: “Lo que Dios ha unido no lo separe el hombre” (Mc 10, 9).
“Llegada la plenitud de los tiempos” (Ga 4, 4), el matrimonio de los cristianos es por voluntad de Cristo, el Sacramento que actualiza y manifiesta la unión inefable, el amor fidelísimo y la entrega irrevocable de Jesucristo Esposo a su esposa la Iglesia (cf. Ef 5, 22 y ss)
El matrimonio cristiano simboliza esta entrega total y permanente de Cristo a los hombres, iniciada en la Encarnación del Hijo de Dios y consumada en su Cruz y Resurrección. La unión conyugal de los cristianos es, por tanto, indisoluble y exige la fidelidad mutua no sólo por razón del bien de ambos cónyuges, de los hijos y de toda la sociedad humana, sino principalmente por la condición sacramental del matrimonio cristiano.
En la celebración de este sacramento, Cristo se hace presente y actúa por su Espíritu en el varón y en la mujer, los une con el vínculo del amor conyugal y, a lo largo de su vida, los renueva interiormente cada día en su amor mutuo, si le son fieles. Esta renovación tiene su fuente principal cuando ambos cónyuges participan de manera consciente, activa y provechosa en la Eucaristía, donde Cristo actualiza sacramentalmente su entrega y amor por su esposa la Iglesia. Hay que recordar que es precisamente la Pascua de Cristo que, por la fuerza del Espíritu Santo y las palabras de la Institución, actualizada en la Eucaristía, la que fundamenta y fecunda el sacramento del matrimonio.
“El matrimonio tiene sus propios bienes y fines. Éstos no sólo afectan a los propios cónyuges, sino también a los hijos. De aquí que la estabilidad ya exigida por el singular amor conyugal, venga de nuevo urgida por la fundamental significación del matrimonio para la sociedad y por los valores y fines que le son propios. El matrimonio implica, por su misma naturaleza, deberes y derechos de los cónyuges entre sí y en relación con los hijos y con la sociedad, que no pueden quedar subordinados a la versatilidad del corazón humano” (nota doctrinal de la CEE, 1977).
II- La Situación Irregular: Razón del Término
“En su solicitud por tutelar la familia en toda su dimensión, no sólo la religiosa, el Sínodo no ha dejado de considerar atentamente algunas situaciones irregulares, desde el punto de vista religioso y con frecuencia también civil, que —con las actuales y rápidas transformaciones culturales— se van difundiendo por desgracia también entre los católicos con no leve daño de la misma institución familiar y de la sociedad, de la que ella es la célula fundamental”. FC 79.
Las situaciones de irregularidad se generan por la no adecuación del comportamiento a tres grandes criterios normativos entre cristianos:
Entonces conocemos como situaciones irregulares: los matrimonios a prueba; las uniones libres de hecho, los casados únicamente por el vínculo civil; los separados y divorciados no casados de nuevo; y los divorciados casados de nuevo. FC 80-84.
Cada uno de los tipos de situaciones irregulares está definido por elementos concretos y por ello, cada uno debe recibir un tratamiento específico según la atención pastoral que sugiere la Iglesia. La auténtica comunión eclesial exige una clara unidad en los criterios fundamentales para que nuestra pastoral sea creíble y afectiva. Específicamente comentamos cuatro de las situaciones irregulares nombradas en la Familiaris Consortio: uniones libres (FC 81), católicos unidos con matrimonio únicamente civil (FC 82), separados y divorciados no casados de nuevo (Familiaris Consortio 83), y los divorciados civilmente y vueltos a casar (FC 84). Seguiremos la reflexión teológica pastoral de estas situaciones iniciando con los divorciados civilmente y vueltos a casar.
1- Divorciados civilmente y casados de nuevo (Familiaris Consortio 84)
La Exhortación Apostólica Familiaris Consortio (1981) declara que la Iglesia en su ejercicio pastoral debe acercarse también y con especial cuidado a aquellas familias que se hallan en situaciones irregulares para acompañarles a fin de que se puedan acercar “al modelo de familia, que ha querido el Creador "desde el principio" y que Cristo ha renovado con su gracia redentora. (FC 65). El mismo documento define concretamente cuáles son esas situaciones irregulares y entre estas menciona a los divorciados vueltos a casar y señala que “la Iglesia instituida para conducir a la salvación a todos los hombres, sobre todo a los bautizados, no puede abandonar a sí mismos a quienes -unidos ya con el vínculo matrimonial sacramental- han intentado pasar a nuevas nupcias. Por lo tanto procurará infatigablemente poner a su disposición los medios de salvación. FC 84
Es la Familiaris Consortio el documento del Magisterio de la Iglesia que empieza a marcar líneas concretas y aclaras acerca de la atención que la Iglesia, comenzando por sus pastores, debe brindar a quienes se encuentran en esta dolorosa situación: “…exhorto vivamente a los pastores y a toda la comunidad de los fieles para que ayuden a los divorciados, procurando con solícita caridad que no se consideren separados de la Iglesia, pudiendo y aun debiendo, en cuanto bautizados, participar en su vida. Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la Misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar a los hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios. La Iglesia rece por ellos, los anime, se presente como madre misericordiosa y así los sostenga en la fe y en la esperanza.” La Iglesia está firmemente convencida de que también quienes se han alejado del mandato del Señor y viven en tal situación, pueden obtener de Dios la gracia de la conversión y de la salvación, si perseveran en la oración, en la penitencia y en la caridad. FC 84
Después de la Familiaris Consortio encontramos en los anales del Magisterio de la Iglesia Católica una serie de documentos que reafirman su vigente doctrina y normativa sobre los divorciados vueltos a casar en cuanto a su imposibilidad de acercarse al sacramento de la Reconciliación y a la Comunión Sacramental de la Eucaristía. Pero notamos a la vez una apertura a la toma de conciencia de una pastoral urgente que atienda efectivamente a los hijos de la Iglesia que sufren por no poder recibir el Cuerpo y la Sangre de Cristo. Así encontramos en el documento final de la IV Conferencia General del Episcopado Latinoamericano, realizada en Santo Domingo en el año 1992 la siguiente aportación: Se debe “buscar, siguiendo el ejemplo del Buen Pastor, caminos y formas para lograr una pastoral orientada a las parejas en situación irregular, especialmente las divorciadas y vueltos a casar civilmente. (SD 224). También en el Catecismo de la Iglesia Católica, publicado por Juan Pablo II en 1992, considera que “ respecto a los cristianos que viven en esta situación (divorciados vueltos a casar) y que con frecuencia conservan la fe y desean educar cristianamente a sus hijos, los sacerdotes y toda la comunidad deben dar prueba de una atenta solicitud, a fin de que aquellos no se consideren como separados de la Iglesia, de cuya vida pueden y deben participar en cuanto bautizados: Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar sus hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios (CIC 1651)
En el Año de la familia (1994) el mismo Papa Juan Pablo II escribió una carta dedicada a la familia donde también recuerda el cuidado que la Iglesia debe a los divorciados vueltos a casar: “Que esta oración (la de la Iglesia) llegue también a… las que se encuentran en situaciones que la Familiaris Consortio califica como «irregulares»9. ¡Que todas puedan sentirse abrazadas por el amor y la solicitud de los hermanos y hermanas!
Que la oración, en el Año de la familia, constituya ante todo un testimonio alentador por parte de las familias que, en la comunión doméstica, realizan su vocación de vida humana y cristiana. ¡Son tantas en cada nación, diócesis y parroquia! Se puede pensar razonablemente que esas familias constituyen «la norma», aun teniendo en cuenta las no pocas «situaciones irregulares». Y la experiencia demuestra cuán importante es el papel de una familia coherente con las normas morales, para que el hombre, que nace y se forma en ella, emprenda sin incertidumbres el camino del bien, inscrito siempre en su corazón.” (CF 5)
En el año 1997, se dirigió a los participantes de la XIII Asamblea Plenaria del Consejo Pontificio para la Familia, donde se discutió el tema de la pastoral para divorciados. El Papa señala que “«La pastoral de los divorciados vueltos a casar »— está hoy en el centro de la atención y de las preocupaciones de la Iglesia y de los pastores dedicados a la cura de almas, quienes no dejan de prodigar su solicitud pastoral a cuantos sufren por situaciones de dificultad en su familia.
La Iglesia no puede permanecer indiferente ante este doloroso problema, que afecta a tantos hijos suyos. Ya en la exhortación apostólica Familiaris Consortio (n. 84) reconocía que… «el problema debe afrontarse con atención improrrogable»… Estos hombres y mujeres deben saber que la Iglesia los ama, no está alejada de ellos y sufre por su situación. Los divorciados vueltos a casar son y siguen siendo miembros suyos, porque han recibido el bautismo y conservan la fe cristiana. Ciertamente, una nueva unión después del divorcio… no debe impedir el compromiso de la oración ni el testimonio activo de la caridad.
… Los divorciados vueltos a casar no pueden ser admitidos a la comunión eucarística, «dado que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía». Y esto, en virtud de la misma autoridad del Señor, Pastor de los pastores, que busca siempre a sus ovejas. Esto también vale para el sacramento de la penitencia, pues la condición de vida de los divorciados vueltos a casar, que siguen casados, está en contradicción con su significado doble y unitario de conversión y reconciliación.
Sin embargo, no faltan caminos pastorales oportunos para salir al encuentro de estas personas. La Iglesia ve sus sufrimientos y las graves dificultades que atraviesan, y en su caridad materna se preocupa tanto por ellos como por los hijos de su anterior matrimonio: privados del derecho original a la presencia de ambos padres, son las primeras víctimas de estas situaciones dolorosas.
Los pastores, especialmente los párrocos, deben acompañar y sostener de corazón a estos hombres y mujeres, ayudándoles a comprender que, aunque hayan roto el vínculo matrimonial, no deben perder la esperanza en la gracia de Dios, que vela sobre su camino. Los pastores están llamados a hacer sentir la caridad de Cristo y la materna cercanía de la Iglesia; los acogen con amor, exhortándolos a confiar en la misericordia de Dios y sugiriéndoles, con prudencia y respeto, caminos concretos de conversión y de participación en la vida de la comunidad eclesial… El Señor, movido por la misericordia, sale al encuentro de todos los necesitados, con la exigencia de la verdad y con el aceite de la caridad.
Cuando una pareja en situación irregular vuelve a la práctica cristiana es necesario acogerla con caridad y benevolencia, ayudándola a aclarar el estado concreto de su condición, a través de un trabajo pastoral iluminado e iluminador. Esta pastoral de acogida fraterna y evangélica es de gran importancia para los que habían perdido el contacto con la Iglesia, pues es el primer paso necesario para insertarlos en la práctica cristiana. Es preciso acercarlos a la escucha de la palabra de Dios y a la oración, implicarlos en las obras de caridad que la comunidad cristiana realiza en favor de los pobres y los necesitados, y estimular el espíritu de arrepentimiento con obras de penitencia, que preparen su corazón para acoger la gracia de Dios.
Un capítulo muy importante es el de la formación humana y cristiana de los hijos de la nueva unión. Hacerlos partícipes de todo el contenido de la sabiduría del Evangelio, según la enseñanza de la Iglesia, es una obra que prepara admirablemente el corazón de los padres para recibir la fuerza y la claridad necesarias a fin de superar las dificultades reales que encuentran en su camino y volver a tener la plena transparencia del misterio de Cristo, que el matrimonio cristiano significa y realiza. Una tarea especial, difícil pero necesaria, corresponde también a los otros miembros que, de modo más o menos cercano, forman parte de la familia. Ellos, con una cercanía que no puede confundirse con la condescendencia, han de ayudar a sus seres queridos, y de manera particular a los hijos, que por su joven edad sufren más los efectos de la situación de sus padres.
Queridos hermanos y hermanas, la recomendación que brota hoy de mi corazón es la de tener confianza en todos los que viven situaciones tan dramáticas y dolorosas. No hay que dejar de «esperar contra toda esperanza» (Rm 4, 18) que también los que se encuentran en una situación no conforme con la voluntad del Señor puedan obtener de Dios la salvación, si saben perseverar en la oración, en la penitencia y en el amor verdadero.” (Cf. Discurso del Papa Juan Pablo II a los participantes de la Asamblea Plenaria del Consejo Pontificio para la Familia, nn. 1- 4. 24 de Enero de 1997)
Con ocasión del veinteavo aniversario de la Familiaris Consortio, Juan Pablo II, en un mensaje recuerda que “no hay que dejar de ofrecer el apoyo necesario a las familias que atraviesan situaciones difíciles, las cuales requieren mayor asistencia pastoral, como, por ejemplo, los divorciados vueltos a casar. (22 de noviembre del 2001)
El Papa Benedicto XVI también ha asumido una actitud de acogida y acompañamiento hacia los divorciados vueltos a casar y expresa por ellos un profundo dolor y preocupación. En un diálogo con los sacerdotes de la diócesis de Aosta, el 25 de Julio del 2005, el Papa expresó: “Sabemos todos que éste es un problema particularmente doloroso para las personas que viven en situaciones en las que son excluidas de la comunión eucarística y naturalmente para los sacerdotes que quieren ayudar a estas personas a amar a la Iglesia, a querer a Cristo. Esto plantea un problema.
Ninguno de nosotros tiene una receta, en parte porque las situaciones son siempre diferentes… en cualquier caso me parecen muy importantes dos aspectos. El primero: aunque no puedan recibir la comunión sacramental no están excluidos del amor de la Iglesia y del amor de Cristo. Una Eucaristía sin la comunión sacramental inmediata ciertamente no es completa, falta algo esencial. Sin embargo también es verdad que participar en la Eucaristía sin comunión eucarística no es igual a nada, implica estar siempre implicados en el misterio de la Cruz y de la resurrección de Cristo. Siempre es participación en el gran sacramento en su dimensión espiritual y pneumática; también en su dimensión eclesial, aunque no estrictamente sacramental. Y puesto que es el Sacramento de la Pasión de Cristo, el Cristo doliente abraza de modo particular a estas personas y se comunica con ellas de otro modo, pueden sentirse así abrazadas por el Señor crucificado que cae a tierra y muere y sufre por ellos, con ellos.
Hace falta, pues, dar a entender que aunque desafortunadamente falta una dimensión fundamental, no están excluidos del gran misterio de la Eucaristía, del amor de Cristo aquí presente. Esto me parece importante, como es importante que el párroco y la comunidad parroquial hagan experimentar a estas personas que, por una parte, tenemos que respetar el carácter indivisible del sacramento y, por otra parte, que queremos a estas personas que también sufren por nosotros… Por una parte, pues, están el bien de la comunidad y el bien del sacramento que tenemos que respetar y por la otra el sufrimiento de las personas a las que tenemos que ayudar.
El segundo punto que tenemos que enseñar y también hacer creíble para nuestra misma vida es que el sufrimiento, forma parte necesariamente de nuestra vida en muchas formas. Y éste es un sufrimiento noble, diría yo. De nuevo hace falta hacer entender que el placer no lo es todo.
El cristianismo nos da alegría, como el amor da alegría. Pero el amor también es siempre renuncia a sí mismo. El mismo Dios nos ha dado la fórmula de qué es amor: quien se pierde a sí mismo se encuentra; quien asegura su vida se pierde.
Siempre es un éxodo y por lo tanto también un sufrimiento. El gozo verdadero es una cosa diferente del placer, la alegría crece, madura siempre con el sufrimiento en comunión con la Cruz de Cristo. Sólo aquí nace el gozo verdadero de la fe, de la que tampoco están excluidos si aprenden a aceptar su sufrimiento en comunión con el de Cristo.”
En su primera Exhortación Apostólica “Sacramentum Caritatis, promulgada el 22 de febrero del 2007, el Sumo Pontífice recuerda a los divorciados vueltos a casar diciendo que “está más que justificada la atención pastoral que el Sínodo ha dedicado a las situaciones dolorosas en que se encuentran no pocos fieles que, después de haber celebrado el sacramento del Matrimonio, se han divorciado y contraído nuevas nupcias. Se trata de un problema pastoral difícil y complejo… que afecta de manera creciente incluso a los ambientes católicos. Los Pastores, por amor a la verdad, están obligados a discernir bien las diversas situaciones, para ayudar espiritualmente de modo adecuado a los fieles implicados. El Sínodo de los Obispos ha confirmado la praxis de la Iglesia, fundada en la Sagrada Escritura (cf. Mc 10,2-12), de no admitir a los sacramentos a los divorciados casados de nuevo, porque su estado y su condición de vida contradicen objetivamente esa unión de amor entre Cristo y la Iglesia que se significa y se actualiza en la Eucaristía. Sin embargo, los divorciados vueltos a casar, a pesar de su situación, siguen perteneciendo a la Iglesia, que los sigue con especial atención, con el deseo de que, dentro de lo posible, cultiven un estilo de vida cristiano mediante la participación en la santa Misa, aunque sin comulgar, la escucha de la Palabra de Dios, la Adoración eucarística, la oración, la participación en la vida comunitaria, el diálogo con un sacerdote de confianza o un director espiritual, la entrega a obras de caridad, de penitencia, y la tarea de educar a los hijos.
Donde existan dudas legítimas sobre la validez del Matrimonio sacramental contraído, se debe hacer todo lo necesario para averiguar su fundamento. Es preciso también asegurar, con pleno respeto del derecho canónico, que haya tribunales eclesiásticos en el territorio, su carácter pastoral, así como su correcta y pronta actuación. En cada diócesis ha de haber un número suficiente de personas preparadas para el adecuado funcionamiento de los tribunales eclesiásticos. Recuerdo que « es una obligación grave hacer que la actividad institucional de la Iglesia en los tribunales sea cada vez más cercana a los fieles. (Cf. SC 29)
El 24 de Julio del 2007 el Papa Benedicto XVI se encontró con los párrocos y sacerdotes de las diócesis de Belluno- Feltre y Treviso. Allí un sacerdote preguntó al Santo Padre:
“Cada vez aumentan más los casos de personas divorciadas que se vuelven a casar, conviviendo, y nos piden a los sacerdotes una ayuda para su vida espiritual. Estas personas con frecuencia sufren por no poder acceder a los sacramentos. Es necesario afrontar esas situaciones, compartiendo los sufrimientos que implican. Santo Padre, ¿con qué actitudes humanas, espirituales y pastorales podemos conjugar la misericordia y la verdad?... “
Entre otras palabras, el Papa respondió: “sí, se trata de un problema doloroso, y ciertamente no existe una receta sencilla para resolverlo. Todos sufrimos por este problema, pues todos tenemos cerca a personas que se encuentran en esa situación (divorciados vueltos a casar) y sabemos que para ellos es un dolor y un sufrimiento, porque quieren estar en plena comunión con la Iglesia… La presencia permanente de la Iglesia ayuda a estas personas a soportar… el sufrimiento de encontrarse en un vínculo nuevo, que no es el sacramental y que por tanto no permite la comunión plena en los sacramentos de la Iglesia. Aquí se trata de enseñar y aprender que… el sufrimiento puede ser algo muy positivo, pues nos ayuda a madurar, a ser lo que debemos ser, a estar más cerca del Señor, que sufrió por nosotros y sufre con nosotros. Así pues, también en esta segunda situación es de suma importancia la presencia del sacerdote, de las familias, de los Movimientos, la comunión personal y comunitaria, la ayuda del amor al prójimo, un amor muy específico. Sólo este amor profundo de la Iglesia, que se realiza con un acompañamiento múltiple, puede ayudar a estas personas a sentirse amadas por Cristo, miembros de la Iglesia, incluso en una situación difícil, y a vivir la fe.”
Orientaciones Ético-Pastorales (a modo de conclusiones)
Estos criterios son los que sirven de marco y de guía a las posibles acciones pastorales:
a) La pastoral con los DVC forma parte de la misión misma de la Iglesia, como sacramento de salvación para todos.
b) Por tanto, frente a una realidad cada día más notable, se trata de una urgencia para la Iglesia misma.
c) Es una exigencia eclesial, a la que no puede renunciar ya que las parejas de divorciados vueltos casar siguen siendo miembros de la Iglesia. A pesar de su situación no han renunciado a su bautismo ni a su fe.
d) El amor pastoral de la Iglesia hacia estas parejas tiene que hacerse sentir, hacerse visible, no sólo en los anuncios y los discursos, sino en acciones concretas. Es decir, los divorciados vueltos a casar tienen que “sentir este amor de la Iglesia”. No es suficiente que “sepan” que la Iglesia los ama. Tienen que sentirlo. Un amor que no se experimenta no es verdadero amor.
De aquí surgen las siguientes orientaciones:
1. La Iglesia no puede permanecer indiferente a estas situaciones dolorosas. Por tanto pastores, por amor a la verdad, están obligados a distinguir bien entre las diferentes situaciones para poder brindar con prudencia el debido acompañamiento.
2. Los pastores y a toda la comunidad deben ayudar a los divorciados casados de nuevo para que no se consideren separados de la Iglesia, para esto hay que animarlos a que participen de su vida.
3. Mantener una actitud una de acogida de respecto a estos matrimonios, sin olvidarnos de los matrimonios sacramentales.
4. Litúrgicamente pueden:
· Participar en la santa Misa, aunque sin comulgar
· Hacer la comunión espiritual
· Escucha la Palabra de Dios
· Hacer Adoración eucarística
· Perseverar en la oración
5. Deben incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad a favor de la justicia.
6. Educar a los hijos en la fe cristiana y los sacramentos.
7. Cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar la gracia de Dios.
8. Deben abstenerse del sacramento de la confesión y de la Comunión Eucarística, no por castigo sino por razones teológico - jurídicas que surgen de la misma naturaleza del matrimonio.
9. Se puede administrar la Unción de los enfermos para casos especiales (peligro de muerte).
10. Deben abstenerse también de ser padrinos de bautismo, confirma y matrimonio C.874 § 1.3, C. 893 § 1.
11. Es importante ayudarles a comprender la distinción entre comunión eclesial, comunión sacramental y comunión espiritual.
12. Deben ser invitados y admitidos a las diferentes actividades litúrgicas que se realizan en la parroquia dentro del Templo y fuera de él.
13. Pueden participar en algunos movimientos apostólicos y de recibir consejería espiritual. No deben ejercer funciones directas respecto a los sacramentos que no pueden recibir.
14. Podrían ser admitidos a esos sacramentos cuando:
· Si se divorcian o se separan y permanecen así fieles al primer matrimonio.
· Si enviudan y arrepentidos buscan los sacramentos.
· Si en peligro de muerte, arrepentidos buscan el sacramento de la confesión.
· Si por serios motivos (Fama personal, crianza de los hijos, edad o enfermedad y otros) no pueden cumplir la obligación de la separación o divorcio civil, pero se comprometen ante el confesor de “abstenerse de los actos propios de los esposos”.
16. Recordarles la doctrina de la Iglesia, que sin dejar de ser fiel al Evangelio, no les niega a este tipo de matrimonios la gracia de la salvación y la conversión si se esfuerzan por llevar una vida digna y cristiana.
17. Para que puedan llevar esa vida digna y cristiana es importante pastoralmente la búsqueda de nuevos caminos, nuevas reflexiones, nuevas posibilidades, a través de un proceso de evangelización, desde su situación particular, que les mantenga cerca de la Iglesia
18. Ese proceso evangelizador inicia con la invitación a vivir la verdad de su bautismo, sobre todo como elemento de comunión eclesial.
IV- Las otras Situaciones Irregulares y Orientaciones Pastorales
1– “Uniones libres de hecho” (Familiaris Consortio 81)
“Se trata de uniones sin algún vínculo institucional públicamente reconocido, ni civil ni religioso. Este fenómeno, cada vez más frecuente, ha de llamar la atención de los pastores de almas, ya que en el mismo puede haber elementos varios, actuando sobre los cuales será quizá posible limitar sus consecuencias. En efecto, algunos se consideran como obligados por difíciles situaciones -económicas, culturales y religiosas- en cuanto que, contrayendo matrimonio regular, quedarían expuestos a daños, a la pérdida de ventajas económicas, a discriminaciones, etc. En otros, por el contrario, se encuentra una actitud de desprecio, contestación o rechazo de la sociedad, de la institución familiar, de la organización socio-política o de la mera búsqueda del placer. Otros, finalmente, son empujados por la extrema ignorancia y pobreza, a veces por condicionamientos debidos a situaciones de verdadera injusticia, o también por una cierta inmadurez psicológica que les hace sentir la incertidumbre o el temor de atarse con un vínculo estable y definitivo. En algunos países las costumbres tradicionales prevén el matrimonio verdadero y propio solamente después de un periodo de cohabitación y después del nacimiento del primer hijo.
Cada uno de estos elementos pone a la Iglesia serios problemas pastorales, por las graves consecuencias religiosas y morales que de ellos derivan (pérdida del sentido religioso del matrimonio visto a la luz de la Alianza de Dios con su pueblo, privación de la gracia del sacramento, grave escándalo), así como también por las consecuencias sociales (destrucción del concepto de familia, atenuación del sentido de fidelidad incluso hacia la sociedad, posibles traumas psicológicos en los hijos y afirmación del egoísmo). Los pastores y la comunidad eclesial se preocuparán por conocer tales situaciones y sus causas concretas, caso por caso; se acercarán a los que conviven, con discreción y respeto; se empeñarán en una acción de iluminación paciente, de corrección caritativa y de testimonio familiar cristiano que pueda allanarles el camino hacia la regularización de su situación. Pero, sobre todo, adelántense enseñándoles a cultivar el sentido de la fidelidad en la educación moral y religiosa de los jóvenes; instruyéndoles sobre las condiciones y estructuras que favorecen tal fidelidad, sin la cual no se da verdadera libertad; ayudándoles a madurar espiritualmente y haciéndoles comprender la rica realidad humana y sobrenatural del matrimonio-sacramento.
El pueblo de Dios se esfuerce también ante las autoridades públicas para que, -resistiendo a las tendencias disgregadoras de la misma sociedad y nocivas para la dignidad, seguridad y bienestar de los ciudadanos-, procuren que la opinión pública no sea llevada a menospreciar la importancia institucional del matrimonio y de la familia. Y dado que en muchas regiones, a causa de la extrema pobreza derivada de unas estructuras socio-económicas injustas o inadecuadas, los jóvenes no están en condiciones de casarse como conviene, la sociedad y las autoridades públicas favorezcan el matrimonio legítimo a través de una serie de intervenciones sociales y políticas, garantizando el salario familiar, emanando disposiciones para una vivienda apta a la vida familiar y creando posibilidades adecuadas de trabajo y de vida.”
El fenómeno de la privatización del matrimonio, es decir considerarlo como una convivencia que afecta solo a dos personas y en el que ni sociedad ni religión debe inmiscuirse, ha conducido a la proliferación de las denominadas “uniones de hecho” sin ningún vinculo ni civil, ni religioso.
Es un reto a nivel social, no sólo porque se le considera un modo lícito de convivir, sino porque además se reclama su equiparación en derechos al matrimonio.
También son muy diversos los motivos que ha llevado a tomar esa decisión de formar una “unión de hecho ” sin contraer matrimonio: falta de formación, falta de fe, ruptura con la familia, desconfianza en el futuro, limitaciones económicas, una mal entendida libertad que rechaza todo vinculo jurídico, etc. En todo caso se trata de una situación irregular que no permite su acceso a los sacramentos mientras no exista una voluntad de cambiar de vida, porque faltan las disposiciones necesarias para recibir la gracia del Señor.
Siendo también causa de la unión de hecho una ignorancia acerca de la dignidad matrimonial se hace necesario anunciar el evangelio del matrimonio que ayude a encontrar, que lleva a la santidad de la familia
Dado lo inestable de su situación, los mismos acontecimientos de la vida pueden hacerles considerar su postura, sobre todo cuando aparecen los hijos. Si existe un rescoldo de fe es un buen momento para proponerles la buena noticia del matrimonio cristiano y guiarles hacia su celebración. Es habitual encontrar parejas en que uno de los dos, con empecinada actitud no permite que el otro normalice tal situación, para ellos tenemos una palabra de consuelo y aliento a perseverar en la búsqueda de una adecuada solución.
· Vivimos en una sociedad muy caracterizada por el individualismo subjetivista, por la permisividad y la sobre tolerancia. La Iglesia piensa que esto aumenta este tipo de uniones, aún entre los católicos bautizados.
· Jurídicamente las Uniones libres en general no están reconocidas por el derecho eclesiástico. Sin embargo, en el derecho civil costarricense, a nivel de la promoción de la igualdad real de la mujer de 1992, se le ha dado a esas uniones algún reconocimiento que respalda alas mujeres en unión libre.
· Situaciones complejas a nivel económico o a nivel cultural.
· Razones religiosas, ideológicas.
· Razones de desprecio, o de rechazo, contestatarias de frente a lo constitucional.
· Por mero placer despersonalizante.
· Por ignorancia socio-cultural y religiosa, pobreza intelectual y material. Inmadurez psico-social.
1. Los pastores y la comunidad cristiana deben esforzarse por establecer un diálogo para discernir cuál es la situación jurídica civil que les impide casarse. Toda persona en unión libre está llamada a la conversión.
2. Se debe desarrollare una “pastoral de proximidad y acercamiento” para hacerles sentir la presencia de la Iglesia “a pesar de su situación”.
3. Una vez dada la acogida se hace necesaria una “pastoral de discreción y respeto” tanto a su realidad como a sus personas. Manteniendo con ellos un diálogo que lleva con paciencia un proceso de evangelización que los orienta hacia la vida sacramental del matrimonio.
4. Procurar como Iglesia que los Gobiernos no legislen en contra de la institución del matrimonio.
5. Luchar contra las condiciones de injusticia y pobreza que impiden a los jóvenes formalizar su unión como pareja.
6. Es claro que los padres de familia deben ser claros en manifestar su juicio y su malestar frente a tales decisiones. E incluso hacerles ver que “convivir como pareja” expresa una incoherencia con su fe, con su bautismo, con la Iglesia y con toda la formación que han recibido.
7. Pero deberán respetar tales decisiones, por más que no las compartan. Al fin, son ellos los que deciden tanto su futuro como su actitud de creyentes.
8. Ciertamente que estas situaciones crean desequilibrios familiares. Sin embargo, no debieran romper los lazos de familia. Los padres de familia tampoco pueden caer en el indiferentismo. Ni en el rechazo que los haga olvidar a su propia suerte. Son precisamente ellos quienes más necesitados están de nuestra comprensión, amistad y cariño.
9. La respuesta de Jesús pudiera ser un buen criterio de pastoral: “no son los sanos sino los enfermos quienes necesitan de médico”. (Cf. Mt 9, 12 - 13)
10. En la pastoral de estas situaciones es importante aprovechar ciertos momentos fuertes de la vida: el bautismo de los hijos, la Primera Comunión, etc. Todos sabemos que hay ciertos momentos en los que nuestra sensibilidad, incluso religiosa, aflora aún sin darnos cuenta. La atención delicada en esos momentos, el diálogo sincero y fraterno, la acogida que les hace sentir como miembros de la comunidad, pudiera ayudar para llevarles a una reflexión mucho más sincera sobre su situación y a facilitarles el retorno a la experiencia de su fe.
11. Para la Iglesia Católica las uniones libres entre bautizados católicos no se aceptan porque hay pérdida del sentido religioso del matrimonio como expresión de la alianza estable que Dios vive con su pueblo. Alianza que es fiel, exclusiva e indisoluble. Posibles trauma o preocupaciones tanto personales como sociales en papás o hijos.
12. El número de católicos bautizados es creciente en la Iglesia. De frente a ello el Magisterio pide recatequizar sobre el sacramento del matrimonio, compromiso cristiano coherencia entre fe y vida, que ayude a tomar conciencia sobre la importancia social y sacramental de la institución de la familia. FC. 76.
13. Litúrgicamente los que están en unión libre no se deben rechazar. Ellos deben participar de la vida litúrgica de la Iglesia aunque sea de modo imperfecto. Pastoralmente los puede ayudar el hacer una distinción entre comunión sacramental y comunión eclesial.
14. ¿Cuándo pueden confesarse y comulgar?
· Si se separan
· Si enviudan
· Si aspiran al sacramento del matrimonio
· Si tienen graves dificultades para separarse, absteniéndose, bajo promesa al confesar, de la vida íntima. Es recomendable cuando se hace esa promesa, aconsejar a la pareja que comulguen en otra parroquia o filial donde no les conozcan, esto para evitar disgustos públicos.
15. En casos donde hay unión libre pero todos les tiene por casados, y cuando civil y eclesiásticamente son solteros, puede celebrárseles el matrimonio privadamente mientras no haya impedimentos: c 1130-1133.
16. Sus hijos pueden y deben ser bautizados y recibir los otros sacramentos.
17. Pueden participar en ministerios musicales y de animación y ocupar cualquier lugar en el templo.
2- Católicos unidos con matrimonio únicamente civil (Familiaris Consortio 82)
“Es cada vez más frecuente el caso de católicos que, por motivos ideológicos y prácticos, prefieren contraer sólo matrimonio civil, rechazando o, por lo menos, difiriendo el religioso. Su situación no puede equipararse sin más a la de los que conviven sin vínculo alguno, ya que hay en ellos al menos un cierto compromiso a un estado de vida concreto y quizá estable, aunque a veces no es extraña a esta situación la perspectiva de un eventual divorcio. Buscando el reconocimiento público del vínculo por parte del Estado, tales parejas demuestran una disposición a asumir, junto con las ventajas, también las obligaciones. A pesar de todo, tampoco esta situación es aceptable para la Iglesia. La acción pastoral tratará de hacer comprender la necesidad de coherencia entre la elección de vida y la fe que se profesa, e intentará hacer lo posible para convencer a estas personas a regular su propia situación a la luz de los principios cristianos. Aun tratándoles con gran caridad e interesándoles en la vida de las respectivas comunidades, los pastores de la Iglesia no podrán admitirles al uso de los sacramentos.”
Se trata de aquellos bautizados que, no teniendo impedimento alguno, deciden casarse por lo civil y prescinden del sacramento.
La extensión de una mentalidad secularizada de la relación matrimonial entre el hombre y la mujer y el indiferentismo religioso lleva a no pocos bautizados a plantearse su unión solo a nivel civil, al margen de toda celebración religiosa. Es una situación que supone la aceptación de una estabilidad en su relación por lo que “no puede equiparse sin más a los que conviven sin vínculo alguno”. Aunque algunas veces procede de la voluntad de dejar abierta la posibilidad a un futuro divorcio.
No obstante el valor de la unión de orden natural del hombre y la mujer, el matrimonio civil no permite la presencia de Cristo en su unión y su vocación bautismal, por lo que mientras persistan en esta situación, no se les puede admitir a la recepción de los sacramentos. Si esta situación no es por un rechazo a la fe sino por otras consideraciones, pertenece a la prudente discreción de los pastores orientar, guiar e insertar la correspondiente actividad pastoral de quienes se encuentran en esta situación.
Muchas veces puede deberse a ignorancia o a un temor de contraer un compromiso definitivo La adecuada acción pastoral comenzara por identificar los motivos que les han llevado a casarse sólo por lo civil. Si se ha producido un primer acercamiento puede ser signo de una fe incipiente que hay que fomentar. Un primer paso orientará a un mayor conocimiento y profundización en la vida cristiana, para hacerles descubrir la necesidad de la celebración del matrimonio sacramental. Para ello es de una gran eficacia su integración en la vida de las respectivas comunidades.
En el caso de que los unidos sólo con el matrimonio civil se separen y solicitaran casarse canónicamente con una tercera persona, es necesario proceder con cautela. Hay que hacer conciencia sobre ellos de la responsabilidad que tienen de atender a las obligaciones adquiridas con cuantos se hallan implicados en la situación (la anterior esposa, los hijos tenidos en el matrimonio, etc.); y constatar sus disposiciones y aptitudes ante la solicitud del matrimonio canónico. Se ha de de evitar cualquier apariencia de que la jerarquía “premia” la infidelidad, permitiéndoles una nueva unión.
· La secularización o secularismo que ha llevado al indiferentismo religioso a los mismos católicos bautizados.
· Falta de testimonio de algunos matrimonios.
· Mayores exigencias de tipo pastoral, jurídico y administrativo de la Iglesia.
· El matrimonio civil goza de un buen respaldo moral.
· Discrepancias de tipo religioso e ideológico.
· Razones de tipo práctico personal (“Por si las cosas no salen bien”).
· Falta de una buena evangelización y dentro de ella una buena catequesis acerca de la familia y de la razón de ser del sacramento del matrimonio.
1. La pastoral de estas situaciones tiene como finalidad
Ø “hacer comprender la necesidad de coherencia entre la elección de vida y la fe que se profesa”
Ø “e intentará hacer lo posible para hacer convencer a estas personas a regular su propia situación a la luz de los principios cristianos”.
2. Dada la pluralidad de situaciones, lo primero que se requiere es conocer bien cada una de las situaciones de quienes se han casado sólo por lo civil.
3. En los casos de parejas que viven en esa condición por una cultura tradicional un tanto marginada de la presencia de la Iglesia y su deficiente evangelización y catequización, lo primero que necesitaríamos no es precisamente forzar el sacramento sino evangelizarlos, ayudarlos a pasar de la simple religiosidad natural a una experiencia de fe.
4. Si se trata de bautizados que se han enfriado en la fe, o la han perdido, o al menos ya no la sienten, la tarea pastoral será de evangelización y catequización. Y esta evangelización ha de llevarse a cabo con mucha delicadeza, prudencia y respeto de los mismos esposos; se requerirá aquí la “pastoral del acercamiento”, de la “presencia”, sobre todo de la comunidad, a través de aquellos que por los vínculos de la amistad, están más cercanos a ellos. Además aquí es preciso aprovechar “ciertos momentos o situaciones familiares particulares”, por ejemplo, cuando piden el bautismo para los hijos.
5. Si el problema radica en la nueva mentalidad “anti-eclesial”, “anti-institucional”, las cosas suelen ser un tanto más complicadas. Aquí es conveniente aprovechar todas las oportunidades para encuentros de amistad, brindar ciertos servicios, que de alguna manera vayan derritiendo el hielo que los bloquea.
6. En todo caso, la misma prudencia exige una “pastoral de progresividad y sin prisas”. Lo más importante no es sacramentalizar su unión civil, sino despertar en ellos la fe y su sentido de Iglesia. El sacramento tiene que ser una consecuencia de evangelización que lleva al encuentro personal con Jesús.
7. A pesar de la situación irregular que a nivel sacramental presenta el matrimonio civil, no podemos dejar de aceptar su licitud jurídica.
8. En FC.82 y P. 595. 608 encontramos que:
· Le iglesia nos pide mantener un contacto respetuoso y caritativo.
· Tenemos que individualizar cada situación.
· Recalcar con objetividad y caridad la importancia de la coherencia entre la fe que se profesa y la elección de vida que se hace.
· Hay que interesarlos por los trabajos y la vida general de la vida parroquial.
· Pueden ser atendidos en dirección espiritual.
· Ayudarles a hacer la distinción entre comunión eclesial y comunión eucarística.
9. Litúrgicamente no pueden ser admitidos a los sacramentos de la eucaristía y la confesión, por tres razones básicas:
Ø Porque en ellos, como católicos, hay una ausencia del sentido católico cristiano del matrimonio como alianza fiel, indisoluble y exclusiva a semejanza de CRISTO con su iglesia. E F 5,21-22.
Ø Hay una privación voluntaria (a veces involuntaria) de la gracia del sacramento matrimonial que como creyentes deben vivir.
Ø Por cuestiones de tipo jurídico canónico, de carácter disciplinar hacia el interior mismo de la Iglesia.
10. ¿En qué casos pueden ser admitidos a los sacramentos de la eucaristía y la confesión?
ü Si formalizan su unión civil sacramentalmente
ü Si se separan o se divorcian.
ü Si enviudan.
ü Si en peligro de muerte, arrepentidos buscan esos sacramentos C.976.
ü Si por serios motivos: fama personal; educación y salud física, psíquica y académica de los hijos, no pueden cumplir con la separación o divorcio pero asumen la obligación de vivir en plena continencia.
11. La unción de los enfermos en situaciones especiales de edad y/o salud que los mantiene permanentemente en continencia, si ellos lo piden, se les debe de administrar.
12. Sus hijos pueden y deben ser bautizados y recibir los otros sacramentos.
13. Se les puede administrar la unción de los enfermos en situaciones especiales de edad y/o salud, si ellos lo piden.
14. Pueden participar de la dirección espiritual o consejería. Y pueden participar en ciertos
15. grupos de apostolado. En algunos casos no es prudente que sean los coordinados para evitar el escándalo. No deben ser padrinos de bautismo, confirma y matrimonio. C. 874 § 1.3., ni Ministros Extraordinarios de la Comunión.
3- Separados y Divorciados no casados de nuevo fieles al vínculo. (Familiaris Consortio 83)
La soledad y otras dificultades son a veces patrimonio del cónyuge separado, especialmente si es inocente. En este caso la comunidad eclesial debe particularmente sostenerlo, procurarle estima, solidaridad, comprensión y ayuda concreta, de manera que le sea posible conservar la fidelidad, incluso en la difícil situación en la que se encuentra; ayudarle a cultivar la exigencia del perdón, propio del amor cristiano y la disponibilidad a reanudar eventualmente la vida conyugal anterior.
Parecido es el caso del cónyuge que ha tenido que sufrir el divorcio, pero que —conociendo bien la indisolubilidad del vínculo matrimonial válido— no se deja implicar en una nueva unión, empeñándose en cambio en el cumplimiento prioritario de sus deberes familiares y de las responsabilidades de la vida cristiana. En tal caso su ejemplo de fidelidad y de coherencia cristiana asume un particular valor de testimonio frente al mundo y a la Iglesia, haciendo todavía más necesaria, por parte de ésta, una acción continua de amor y de ayuda, sin que exista obstáculo alguno para la admisión a los sacramentos.”
Se trata de aquellos fieles casados válidamente que habiéndose separado o divorciado se mantienen fieles al vínculo sacramental.
El matrimonio como comunión de personas exige por sí mismo, en justicia, la vida en común. “Existen sin embargo, situaciones en que la convivencia matrimonial se hace prácticamente imposible por razones muy diversas”. En tales casos la Iglesia admite la separación física de los esposos y el fin de la cohabitación. Los esposos no cesan de ser marido y mujer delante de Dios, ni pueden contraer otra unión. En esta situación difícil, la mejor solución será, si es posible, la reconciliación mediante la revitalización del amor compartido y ahora herido. La comunidad cristiana esta llamada a ayudar a estas personas a vivir cristianamente su situación en la fidelidad al vínculo de su matrimonio que permanece indisoluble.
En este caso, especialmente si se trata del cónyuge que no es el causante de la separación “la comunidad eclesial debe particularmente sostenerlo, procurarle estima, solidaridad, comprensión y ayuda concreta, de manera que le sea posible conservar la fidelidad a la indisolubilidad del vínculo matrimonial, incluso en la difícil situación en que se encuentra”, y así siga de testimonio empeñándose en el cumplimiento de sus deberes familiares. Hay que cuidar en especial de “ayudarle a cultivar la exigencia del perdón propio del amor cristiano y la disponibilidad a reanudar eventual mente la vida conyugal anterior”. Es extremadamente importante que no se sientan solos en su decisión. A la vez -es claro-nada hay que impida su participación en la vida de la Iglesia y en la admisión a los sacramentos; es mas, la Eucaristía será para ellos una fuente excelsa de fidelidad y fortaleza.
Si el divorcio civil representa la única manera posible de asegurar ciertos derechos legitimas, el cuidado de los hijos o la defensa del matrimonio, puede ser tolerado sin constituir falta moral. Con todo, tan solo se ha de acceder a él voluntariamente por motivos muy graves, evitando el escándalo y con la firme convicción de que equivale a una separación. No es, en modo alguno la ruptura del vinculo matrimonial
Con el que se ha visto obligado, sin culpa de su parte, a sufrir las consecuencias del divorcio civil, el cuidado pastoral seguirá un camino similar al que se ha de tener con los separados no casados de nuevo. La comunidad cristiana ha de sostenerlos y ayudarlos en el ejemplo de fidelidad y coherencia cristiana que, en su caso, tiene un valor particular de testimonio frente al mundo y a la Iglesia. No existe por este motivo, obstáculo alguno para que puedan ser recibidos a los sacramentos.
También al cónyuge causante del divorcio – lo mismo se ha de hacer con lo que es responsable de la separación – se le ha de tratar con mayor comprensión y misericordia. Pero para ser recibido a los sacramentos ha de dar muestras de verdadero arrepentimiento. Esto implica reparar, en lo posible, la situación irregular que se ha provocado. Debe ser consciente de que, a pesar de haber obtenido el divorcio civil, su matrimonio sacramental siendo valido y que, en consecuencia, la situación de separación en que se encuentra tan sólo es moralmente lícita si existen motivos que hacen inviable la reanudación de convivencia conyugal y hacia ese objetivo, siempre con la máxima prudencia y respeto, deberá orientarse preferentemente la acción pastoral.
· Incompatibilidad de caracteres, intelecto o religión.
· Adulterio.
· Desavenencias económicas.
· Terceras personas.
· Desarmonía sexo-genital (agresiones).
· Problemas de salud.
· Causas de tipo penal, etc.